Argelia refrenda hoy su nueva Constituci¨®n
Por segunda, vez en el presente a?o, los argelinos participan hoy en un refer¨¦ndum en el que se somete a ratificaci¨®n la nueva Constituci¨®n del Estado. Este texto fundamental, que sustituye a la Constituci¨®n de 1963, es la pieza clave del proceso de institucionalizaci¨®n puesto en marcha por el r¨¦gimen argelino el 27 de junio pasado con el refer¨¦ndum sobre la Carta Nacional en la que se resume la filosof¨ªa de un socialismo que intenta ser un modelo para el Tercer Mundo.
Los pasos siguientes de esta fase van a ser la elecci¨®n del presidente de la Rep¨²blica, el pr¨®ximo mes la de los diputados de la Asamblea Nacional Popular, en enero de 1977; la preparaci¨®n del segundo congreso del Frente de Liberaci¨®n Nacional (FLN), y su convocatoria para antes de junio de 1978. El. presidente Bumed¨ªan, que refuerza sus poderes con la nueva Constituci¨®n, ha definido este proceso como la transformaci¨®n de la legitimidad revolucionaria en la legalidad constitucional. Una legalidad que reposa sobre la preeminencia del partido ¨²nico.En el largo camino recorrido por la revoluci¨®n argelina, marcado en su punto de partida por una sangrienta guerra de liberaci¨®n nacional, las instituciones definidas por su primera Constituci¨®n, de 1963, no se adecuaban a las realidades de un pa¨ªs en v¨ªas de desarrollo con vocaci¨®n de tercermundismo, ya que estaban influenciadas por la herencia colonial y se ajustaban mejor a un tipo de pa¨ªs occidental y desarrollado.
A ra¨ªz del golpe de Estado de Huari Bumedian en junio de 1965, esas instituciones fueron puestas en cuarentena. A la cabeza del Estado fue colocado el Consejo de la Revoluci¨®n desde el que se lanz¨® una triple revoluci¨®n en los campos de la pol¨ªtica, la econom¨ªa (tomando como base la gesti¨®n socialista en las empresas) y la cultura, tarea ¨¦sta que deb¨ªa haber correspondido al partido ¨²nico, el FLN. Pero ¨¦ste no se encontraba en disposici¨®n de cumplirla porque a¨²n arrastraba las secuelas de la lucha de personalidades y tendencias de los primeros tiempos de la revoluci¨®n, lo cual, junto con los problemas econ¨®micos inherentes a un pa¨ªs recientemente accedido a la independencia y la falta de cuadros pol¨ªticos, habla impedido la puesta en marcha de las opciones socialistas concretadas en la Carta de Argel, aprobada en el primer Congreso del FNL en 1964.
La nueva Constituci¨®n que hoy votan los argelinos ha sido elaborada en sus l¨ªneas fundamentales por el embajador argelino en Francia, Mohamed Bedjaui, y redactada por un comit¨¦ formado por los ministros de Justicia, Informaci¨®n y Cultura, Interior, Ense?anza Superior, Ense?anza Primaria y Secundaria, Asuntos Exteriores y el comandante de la Gendarmer¨ªa.
Con ella se pretende reequilibrar la distribuci¨®n de poderes procurando superar los conflictos que subyac¨ªan en el texto de 1963. En este sentido, el poder ejecutivo vuelve a recaer en el presidente de la Rep¨²blica, que acumula adem¨¢s las funciones de jefe del partido FLN y retiene la cartera de Defensa. El Gobierno estar¨¢ compuesto de ministros cuya principal labor ser¨¢ la gesti¨®n de los asuntos del Estado, mientras el poder pol¨ªtico revierte al FLN que actuar¨¢ en adelante como dinamizador de la revoluci¨®n argelina. El poder legislativo quedar¨¢ en manos de la Asamblea Nacional Popular y el judicial se atribuye a los jueces.
El aspecto m¨¢s relevante de la Constituci¨®n es la uni¨®n de socialismo e islamismo. En su pre¨¢mbulo define al Estado como socialista, considerando esta opci¨®n como la ?¨²nica v¨ªa capaz de preservar la independencia nacional?. Pero a la vez afirma el car¨¢cter teocr¨¢tico del Estado, al acu?ar al Islam como la religi¨®n del mismo. Este ¨²ltimo aspecto suscit¨® fuerte controversia en el debate nacional a prop¨®sito de la Carta Nacional y su concreci¨®n jur¨ªdica en la Constituci¨®n. Los elementos m¨¢s conservadores del partido y de la sociedad argelina lograron sacar adelante este punto porque su peso no puede ser desde?ado por los dirigentes de la revoluci¨®n.
El nuevo texto legal reconoce, por lo dem¨¢s, los derechos y libertades del individuo, aunque es restrictivo en lo que se refiere al derecho de abandonar el territorio nacional. Mientras, la propiedad individual est¨¢ garantizada s¨®lo en lo que se refiere a los bienes de uso personal o familiar.
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