"El Estado no puede entrar en la legislaci¨®n sobre el matrimonio
Bajo el titulo El divorcio y la opini¨®n p¨²blica, el obispo de Orihuela-Alicante, monse?or Pablo Barrachina, ha publicado una exhortaci¨®n pastoral en la que afirma que ?si las objeciones que ve presentan contra el sacramento del matrimonio se opusieran a los contratos humanos, nada se podr¨ªa pactar entre los hombres y la palabra dada, aunque fuera de notario, no tendr¨ªa despu¨¦s ning¨²n valor?.
El prelado se?ala que ?no podemos ni debemos callar? ante las campa?as actualmente existentes en nuestro pa¨ªs que, al utilizar los medios de comunicaci¨®n social, intentan introducir el divorcio en nuestra legislaci¨®n. Sin embargo monse?or Barrachina dice: ?hemos de proclamar, por exigencias de justicia, y lo hacemos con toda satisfacci¨®n, que existen escritores, periodistas y actores verdaderamente ejemplares, que saben sustraerse a las influencias sociales de todo g¨¦nero; que luchan contra el tiempo para informar oportunamente; que se encuentran muchas veces ante imperativos contrarios de conciencia, sin saber si hablar o callar, de una manera o de otra?.Por lo que se refiere a los partidarios del divorcio, el obispo de Orihuela-Alicante indica que se sirven de la propaganda de la imagen, de la propaganda de los sentimientos y de la propaganda de las ideas.
Frente a esto, monse?or Barrachina hace un estudio sobre la indisolubilidad del matrimonio en el magisterio de la Iglesia, con abundante profusi¨®n de textos conciliares y de diferentes papas. M¨¢s adelante el obispo de Alicante subraya que la indisolubilidad del matrimonio es de derecho natural y lo apoya en afirmaciones del G¨¦nesis, Santo Tom¨¢s y aportaciones papales. Adem¨¢s destaca que el Estado no puede entrar en la legislaci¨®n sobre el matrimonio, dado que ¨¦ste y la familia son anteriores al mismo y obligaci¨®n suya es reconocer la verdadera naturaleza de ambas, protegerlas y ayudarlas.
?A la luz de esta doctrina -a?ade monse?or Barrachina- se comprende que el Estado no puede establecer como norma oficial que es soluble el matrimonio. Y los magistrados tampoco tienen competencia jur¨ªdica para en concreto hacer nulo un matrimonio que sea v¨¢lido. Si un Estado o unos magistrados se comportaran as¨ª, demostrar¨ªan desconocer la naturaleza del matrimonio y del propio Estado, y se arrogar¨ªan un poder absoluto o soberano, que no poseen ni pueden poseer. Y destruir¨ªan la moral p¨²blica, atentar¨ªan contra el bien com¨²n y se har¨ªan reos de esa sociedad.
El prelado alicantino recuerda m¨¢s adelante que ?el matrimonio no es diverso o m¨²ltiple seg¨²n las legislaciones, sino uno y el mismo: el instituido y conformado por Dios, con propiedades que son de derecho natural. Que despu¨¦s fue elevado por Cristo a la dignidad de sacramento Y no hay otro. No existe otra v¨ªa, esperanza ?leg¨ªtima? en un Estado separado de la Iglesia. La entidad jur¨ªdico-social del matrimonio no es cambiante, no es cuesti¨®n de relaciones Iglesia-Estado, como muy bien ha dicho estos d¨ªas una revista cat¨®lica. Las propiedades del matrimonio, uno e indisoluble, son columnas sobre las que se apoya la b¨®veda del edificio familia y sociedad ?.
Tras resaltar que la Iglesia y la instituci¨®n matrimonial tienen una gran funci¨®n social y pol¨ªtica que realizar en estos tiempos, invita a todos a que ?nuestra conformaci¨®n con la doctrina evang¨¦lica y el magisterio de la Iglesia debe desde?ar y desmontar el pernicioso error, tan extendido, de que los deberes morales est¨¢n a merced de lo que dictamine una posible ley de Estado. Una norma positiva no destruye una ley natural o divino-positiva, que es anterior a aqu¨¦lla. Todas las leyes no las hace el Estado, porque tambi¨¦n ¨¦ste tiene instancias superiores que respetar y obedecer?.
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