Ingreso de P¨ªo Cabanillas en la Academia de Jurisprudencia
Tema de su discurso: "Los principios generales del Derecho"
P¨ªo Cabanillas Gallas, presidente del Partido Popular, ingres¨® ayer en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislaci¨®n con un discurso titulado Consideraciones sobre los principios generales del Derecho.El acto fue presidido por Antonio Hern¨¢ndez Gil, presidente de la Academia, y al mismo asistieron el vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de la Presidencia, se?or Osorio; los ministros de Asuntos Exteriores y Justicia, se?ores Oreja y Lavilla; los ex ministros Leopoldo Calvo Sotelo, Manuel Fraga, Francisco Ruiz Jarabo y Raimundo Fern¨¢ndez Cuesta; el presidente del Consejo de Estado, Antonio Mar¨ªa de Oriol; el gobernador civil de Madrid, Juan Jos¨¦ Ros¨®n, y numerosos acad¨¦micos.
Tras examinar la dogm¨¢tica jur¨ªdica y la jurisprudencia de intereses, el se?or Cabanillas realiz¨® una exposici¨®n del m¨¦todo t¨®pico y de la jurisprudencia de problemas, en especial a trav¨¦s de la obra de Wiehweg, y las diferencias entre el pensar sistem¨¢tico y el pensar problem¨¢tico, as¨ª como la influencia del iusnaturalismo y de la concepci¨®n de la naturaleza de las cosas en el campo de los principios generales del Derecho.El se?or Cabanillas consider¨® que los principios deben ser reducidos a tres grandes categor¨ªas: la de los dogm¨¢ticos, la de los axiol¨®gicos y la de los institucionales.
La caracter¨ªstica de los principios dogm¨¢ticos es que est¨¢n siempre dentro del sistema, responden al mayor grado de decantaci¨®n t¨¦cnica y carecen de fuerza expansiva; en ellos predomina la funci¨®n complementaria de las normas y su aplicaci¨®n se realiza casi siempre por v¨ªa supletoria o subsidiaria.
Los principios institucionales derivan de la funci¨®n que corresponde a la instituci¨®n en la realidad humana, y en tal sentido est¨¢n dentro y m¨¢s all¨¢ del sistema, pero decantan siempre la porci¨®n jur¨ªdica que aqu¨¦lla necesita incluir en el campo del Derecho como consecuencia de su tendencia a la ordenaci¨®n. Desde el punto de vista pr¨¢ctico pueden ser considerados como los motores ordinarios de la vida del Derecho y el m¨¢s alto ¨ªndice de productividad jur¨ªdica.
Los principios axiol¨®gicos o valorativos est¨¢n siempre m¨¢s all¨¢ del sistema, aunque controlaron desde su comienzo el contenido del mismo. Su fuerza expansiva, abarca y condiciona la totalidad del ordenamiento y act¨²an de gran recurso transformador de las orientaciones normativas en momentos dados. Su funci¨®n predominente es la de integradora e informadora, y suelen descubrirse en aquellos casos jur¨ªdicos en los que resulta m¨¢s evidente el contraste o la antinomia entre la norma existente y la realidad vivida.
Concluy¨® su discurso haciendo referencia a la instituci¨®n jur¨ªdica, que armoniz¨® mejor en su desarrollo el pensar sistem¨¢tico y el pensar problem¨¢tico. La legislaci¨®n
El discurso fue contestado por el acad¨¦mico Fernando Garrido.
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