El mot¨ªn de Carabanchel
EL MOTIN de presos en Carabanchel sirve de recordatorio a los ciudadanos que han comenzado a disfrutar en nuestro pa¨ªs de las libertades democr¨¢ticas, de la existencia de una poblaci¨®n penal marginada de esa reconciliaci¨®n entre el Poder y la sociedad. Las medidas de gracia que han acelerado la excarcelaci¨®n de militantes pol¨ªticos condenados a muerte se encuentra, de alguna forma, en la ra¨ªz de esa protesta, no en vano los cambios de r¨¦gimen -y en Espa?a ese cambio se ha producido- suelen ser recibidos esperanzadamente, en todos los niveles de la sociedad, como el comienzo de una vida nueva, necesita da del olvido de las responsabilidades de la anterior etapa.Digamos, ante todo, que la distinci¨®n tradicional entre ?delitos pol¨ªticos? y ?delitos comunes? debe ser impugnada, pero no desde la perspectiva de la identidad de las conductas de sus protagonistas, sino desde la imposibilidad jur¨ªdica de que en una sociedad democr¨¢tica existan ?delitos pol¨ªticos?. En cambio, tienen toda la raz¨®n quienes denominan ?delitos sociales?, a las infracciones del C¨®digo Penal ordinario, con el argumento de que sus autores son en gran parte v¨ªctimas de la sociedad a la que pertenecen. El an¨¢lisis del origen social de la actual poblaci¨®n penal espa?ola muestra hasta qu¨¦ punto la falta de oportunidades y la mala posici¨®n de partida conducen al callej¨®n sin salida de la delincuencia. De ah¨ª no se sigue, sin embargo, la asimilaci¨®n entre los delincuentes y los rebeldes o revolucionarios, como pretende un rebrote entre fr¨ªvolo y exhibicionista de una acracia que se remonta menos a Bakunin que a la teor¨ªa del buen salvaje. Es un hecho que mientras los ?delincuentes pol¨ªticos? bajo el franquismo persegu¨ªan una transformaci¨®n del r¨¦gimen jur¨ªdico y del sistema de poder, buena parte de los ?delincuentes sociales? buscan la forma de hacer suyos, mediante procedimientos ilegales, los valores de ¨¦xito y consumo de la sociedad establecida. La lucha iniciada por los presos integrados en la COPEL merece todo el respeto, precisamente por el car¨¢cter general y solidario de sus objetivos, que transcienden cualquier intento de sublimar la delincuencia, habitual vivero de ?escuadristas?, en instrumento de cambio social.
La COPEL pide amnist¨ªa y un cambio radical en el sistema penitenciario. Aunque no resulte agradable decirlo, es evidente que el paralelismo entre la amnist¨ªa pol¨ªtica y una eventual amnist¨ªa para delitos sociales es indefendible. Porque los dos grandes supuestos que con templa la amnist¨ªa no se dan, o se dan en grado m¨ªnimo, en las condenas nacidas de la aplicaci¨®n del C¨®digo Penal ordinario. De un lado, la amnist¨ªa promulgada el pasado mes de julio no hac¨ªa m¨¢s que proyectar hacia atr¨¢s los efectos de la ?despenalizaci¨®n? de conductas tales como la afiliaci¨®n a partidos pol¨ªticos y la propaganda de sus siglas y de sus programas. Resultaba absurdo, adem¨¢s de injusto, que los condenados por asociaci¨®n il¨ªcita o propaganda ilegal antes de la reforma del C¨®digo Penal no fueran equiparados a todos los efectos a los ciudadanos que realizaban, ahora legalmente, esos mismos actos. Evidentemente, en el ¨¢mbito de la ?delincuencia social? la despenalizaci¨®n de conductas -y la consiguiente amnist¨ªa- no puede extenderse en el futuro. inmediato, m¨¢s que a un n¨²mero limitad¨ªsimo de delitos (el adulterio, la propaganda de anticonceptivos y algunas formas del aborto, por ejemplo).
Tampoco el segundo supuesto que cubre la amnist¨ªa puede extenderse a los delitos ordinarios. Se trata de la amnist¨ªa de conductas que contin¨²an siendo delictivas (como el robo o el homicidio), pero que fueron motivadas por circunstancias pol¨ªticas ahora inexistentes. En el caso de hombres que mataron o asaltaron bancos durante la dictadura por razones pol¨ªticas, se presume que el cambio de sistema pol¨ªtico ha hecho desaparecer lo que pudiera hacerles reincidir en esa conducta delictiva. Y es evidente que las transformaciones pol¨ªticas no modifican lo bastante una sociedad como para presumir, en t¨¦rminos generales, que han desaparecido las causas que empujan a quebrantar la ley por m¨®viles privados.
Por lo dem¨¢s, la proclamaci¨®n de don Juan Carlos de Borb¨®n como Rey fue la ocasi¨®n para la concesi¨®n, en noviembre de 1975, de un indulto de hasta tres a?os de reclusi¨®n. La apertura de las Cortes Constituyentes puede ser tambi¨¦n conmemorada por el otorgamiento de un nuevo indulto. Sin embargo, nuestros legisladores deber¨ªan, al tiempo, iniciar la reforma a fondo de una normativa penal claramente excesiva en las penas, obsesivamente preocupada por la protecci¨®n a ultranza de la propiedad privada en sus aspectos m¨¢s nimios y claramente desfasada en los llamados ?delitos contra el honor?. Esa reforma tendr¨ªa que comenzar, simple y llanamente, por la derogaci¨®n de la ley de Peligrosidad Social, que duplica escandalosamente los castigos, y no define con precisi¨®n las conductas delictivas. Y deber¨ªa extenderse hasta la participaci¨®n de los ¨®rganos jurisdiccionales en la ejecuci¨®n de las penas, a fin de evitar que cuestiones tan importantes como la redenci¨®n de penas por el trabajo y la libertad condicional, se hallen enteramente en manos de la Administraci¨®n. Una seria reforma penal permitir¨ªa, por lo dem¨¢s, la desaparici¨®n de esos ?indultos generales?, a los que el franquismo acostumbr¨® a la poblaci¨®n penal, haciendo pasar por generosidad arbitraria lo que no era sino suavizaci¨®n de una normativa que establec¨ªa penas. desproporcionadamente elevadas, obligando as¨ª a los jueces a aplicar primero una dura legislaci¨®n y desautoriz¨¢ndolos despu¨¦s corporativamente mediante el indulto.
Queda, por ¨²ltimo, la reforma radical del r¨¦gimen penitenciario, que en estos momentos vulnera claramente la declaraci¨®n de derechos humanos que Espa?a ha suscrito. Tal vez en tiempos venideros se someta a revisi¨®n la pr¨¢ctica de los pa¨ªses civilizados de segregar de la comunidad, dentro de recintos clausurados, a quienes han sido penados con la privaci¨®n de libertad. Pero mientras esos tiempos no lleguen luchemos, al menos, para que esa separaci¨®n del penado de su medio no se prolongue, innecesaria y brutalmente, en la privaci¨®n de la dignidad, de la intimidad, de la cultura y de las relaciones afectivas. Es sencillamente intolerable que en un pa¨ªs civilizado se maltrate de obra a los presos, se les encierre en total aislamiento durante semanas en celdas oscuras y h¨²medas, se les censure la prensa y los libros, se les mantenga en instalaciones inh¨®spitas y heladas durante el invierno, se les escatimen las visitas y se les convierta muchas veces en blancos inermes del sadismo de otros presos. S¨®lo un cuerpo de prisiones que se proponga la rehabilitaci¨®n de los presos, un reglamento adecuado e instalaciones decorosas, podr¨¢n impedir que las c¨¢rceles se conviertan en un semillero de reincidencia y en una versi¨®n actualizada del infierno dantesco.
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