Su¨¢rez-Tarradellas: una negociaci¨®n abusiva
La indiscutible capacidad de maniobra del presidente Su¨¢rez tiene el grave inconveniente de que, euf¨®rico por los ¨¦xitos obtenidos en algunas importantes materias, el jefe del Gobierno parece esperar que su habilidad negociadora le permitir¨¢ apuntarse nuevos triunfos en campos que, por escapar a la esfera de sus atribuciones (mucho m¨¢s reducida hoy que antes del 15 de junio), debiera abstenerse de invadir por razones, a la vez, de discreci¨®n y de prudencia.Una vez elegidas las Cortes, el ABC de la democracia requiere que sean los representantes del pueblo, y no el Gobierno (y menos todav¨ªa un Gobierno monocolor emanaci¨®n de un partido importante, s¨ª, pero que no tiene mayor¨ªa absoluta ni de senadores ni de diputados), quienes tracen las l¨ªneas maestras a las que ha de ajustarse la nueva Constituci¨®n. Y si hay materia que debe estar regulada en la Constituci¨®n y que, por consiguiente, es atribuci¨®n irrenunciable de las Cortes, y no del Gobierno (y menos a¨²n de un Gobierno que no representa la mayor¨ªa absoluta de las Cortes), esa materia es, sin duda alguna, la amplitud de la esfera de competencia que podr¨¢n tener en el interior del Estado los pa¨ªses o regiones aut¨®nomos, as¨ª como la forma en que cada uno de ¨¦stos deber¨¢ actuar para constituirse como tal.
La generalidad provisional
Pues bien: a tenor del texto del comunicado que el 17 de agosto se ha dado a conocer en la localidad francesa de Saint-Martin-le-Beau despu¨¦s de la reuni¨®n celebrada por Tarradellas con la comisi¨®n negociadora de la asamblea de parlamentarios catalanes, ha sido examinado en esta reuni¨®n un documento que era fruto de las negociaciones que acababan de tener lugar en Par¨ªs entre el propio Tarradellas y el diputado S¨¢nchez Ter¨¢n, enviado personal del presidente Su¨¢rez, del grupo de cuyos asesores forma parte. Y en ese documento, adem¨¢s de preverse la tramitaci¨®n a seguir para el restablecimiento de la Generalidad de Catalu?a, se anuncia que ser¨¢ atribuci¨®n de esta ¨²ltima ?la elaboraci¨®n del proyecto de estatuto de autonom¨ªa?.
Dado que el restablecimiento de la Generalidad tiene car¨¢cter meramente provisional, ser¨ªa excesivo decir que con ¨¦l se prejuzga o se condiciona las decisiones que, en su d¨ªa, puedan tomar las Cortes. Pero son varias las preguntas que, a este prop¨®sito, brotan en la mente de cualquier observador atento; as¨ª: ?para qu¨¦ sirve el Ministerio de Relaciones con las Regiones, de reciente creaci¨®n, si se lo deja al margen de la ¨²nica relaci¨®n importante que, no con una regi¨®n, pero s¨ª acerca de una regi¨®n ha entablado hasta ahora el Gobierno? ?En qu¨¦ base legal se apoyar¨¢ la ?comisi¨®n mixta? (Gobierno central- Generalidad catalana) que se quiere crear ?para proponer al Gobierno la transferencia a la Generalidad?, ya desde ahora, de ciertas funciones y competencias?, cuando aqu¨¦llas cuya transferencia proponga desborden la esfera de las que hoy corresponden a las Diputaciones Provinciales? ?Con qu¨¦ medios financieros contar¨ªa, en este ¨²ltimo caso, la Generalidad de Catalu?a para prestar los servicios correspondientes?
Si la respuesta a la primera de estas preguntas afecta ¨²nicamente a la distribuci¨®n de las funciones en el seno del Gobierno, las respuestas a las otras dos afectan a la competencia legislativa, y podr¨ªan incluso afectar a la competencia constitucional, de las Cortes.
Con ser esto importante, a¨²n lo es m¨¢s el punto relativo a la elaboraci¨®n del proyecto de estatuto. Si el estatuto se limitase a configurar las instituciones de la Catalu?a aut¨®noma, nadie tendr¨ªa derecho a objetar nada, pues se trata de un asunto interno, en el cual los catalanes deben gozar la m¨¢s completa libertad. Pero la expresi¨®n ?estatuto de autonom¨ªa? permite suponer que el texto que se elabore trazar¨¢ igualmente los l¨ªmites de la esfera de competencia de esa Catalu?a aut¨®noma. Si el Gobierno encarga ahora a la Generalidad la elaboraci¨®n de un proyecto de esta ¨ªndole, o el encargo no es serio (y, entonces, se est¨¢ enga?ando a los catalanes), o el proyecto elaborado por la Generalidad deber¨¢ ser sometido a las Cortes. Y aqu¨ª s¨ª que nos encontramos ante una invasi¨®n de la competencia legislativa y constituyente de las C¨¢maras elegidas el 15 de junio. No se trata de una invasi¨®n jur¨ªdica, pues? la ley de Reforma Pol¨ªtica, gracias a cuya aprobaci¨®n existen hoy esas C¨¢maras, dice que la Constituci¨®n puede revisarse por iniciativa del Gobierno o del Congreso, de modo que ninguna norma vigente impide al Gobierno presentar a las Cortes el proyecto de estatuto para Catalu?a, elaborado por la Generalidad, como proyecto de ley fundamental, cuya aprobaci¨®n implicar¨ªa la revisi¨®n de la Constituci¨®n (para lo cual, record¨¦moslo, ser¨ªa imprescindible su ratificaci¨®n en refer¨¦ndum por el cuerpo electoral de toda Espa?a). Pero se trata de una invasi¨®n pol¨ªtica, ya que existe un consenso general, con arreglo al cual no ser¨¢ el Gobierno, sino que ser¨¢n los parlamentarios quienes conciban y elaboren el proyecto de la nueva Constituci¨®n, llamada a ser discutida y aprobada por los plenos de ambas C¨¢maras. Y a¨²n no sabemos si la nueva Constituci¨®n dispondr¨¢ que las Cortes examinen y aprueben, uno por uno, el alcance de la esfera de competencia que ha de corresponder a cada uno de los pa¨ªses o regiones aut¨®nomos, o si establecer¨¢, (como es de desear) un procedimiento m¨¢s general y m¨¢s sencillo; ni sabemos lo que estipular¨¢ acerca de c¨®mo y por qui¨¦n habr¨¢n de elaborarse los proyectos de estatuto, en el caso de que haya de haber proyectos de estatuto. Esto, sin contar las normas relativas a la Hacienda p¨²blica que ser¨¢n, en ¨²ltima instancia, la clave de todos los problemas; pues, sin ingresos fiscales, no hay servicios p¨²blicos, ni centralizados, ni descentralizados.
Las negociaciones entre
Su¨¢rez y Tarradellas nos hacen, por consiguiente, correr el riesgo de que las Cortes, colocadas ante unos hechos consumados, tengan que optar por desautorizar al Gobierno o por resignarse a ratificar una componenda que, al constituir un precedente, habr¨ªa de prejuzgar la pol¨ªtica a seguir respecto de los dem¨¢s pa¨ªses o regiones de Espa?a. Cualquiera de ambas opciones podr¨ªa ser el inicio de una sucesi¨®n de males susceptible de llegar muy lejos.
El marco obligado de la negociaci¨®n
No es con el Gobierno con quien Catalu?a deber¨¢ negociar el alcance de la autonom¨ªa y el acceso a ello, sino con los dem¨¢s pa¨ªses o regiones de Espa?a. Es mediante acuerdo entre todos ¨¦stos, como deben ser definidos los l¨ªmites y el contenido de las esferas de competencia respectivas del poder central y de los entes aut¨®nomos. Habiendo designado los electores sus representantes en Cortes, tanto en Catalu?a como en el resto de Espa?a, son estos representantes los portadores de la legitimidad democr¨¢tica, y a ellos les corresponde, agrupados por pa¨ªses o regiones, designar de su seno las personas que, en nombre de cada regi¨®n o pa¨ªs, lleven las negociaciones con los dem¨¢s y sometan luego el resultado de las mismas a la decisi¨®n de los plenos de ambas C¨¢maras. El Gobierno debe quedar al margen de unas negociaciones que, adem¨¢s de desgastarlo, le har¨¢n entrar, tarde o temprano, en conflicto con las Cortes. Y los parlamentarios -catalanes y no catalanes- deben abandonar de una vez el deslucido papel de comparsas.
El PSOE, que por su capacidad de movilizaci¨®n electoral es hoy la segunda fuerza pol¨ªtica espa?ola, se proclama abiertamente federalista. Ahora tiene ocasi¨®n de mostrar la autenticidad de: su federalismo, demasiado reciente todav¨ªa para ser aceptado por la opini¨®n sin asomo de reservas ni de suspicacias. Toda federaci¨®n (lleve o no este nombre) implica un pacto, expreso o t¨¢cito, entre los entes pol¨ªtico-administrativos que lo componen: en este caso, entre los pa¨ªses o regiones aut¨®nomos de la futura Espa?a democr¨¢tica. Y a semejante pacto s¨®lo puede llegarse en la coyuntura presente, dentro del marco de las Cortes. Actuar al margen de ¨¦stas, a¨²n respetando la legalidad literal, es salirse de la legitimidad democr¨¢tica. Por m¨¢s que quien as¨ª act¨²e sea, como lo es el presidente Su¨¢rez, maestro consumado en el arte de la maniobra.
Si los diputados y senadores obligan al Gobierno, antes de que sea demasiado tarde, a devolver a las Cortes el protagonismo que les corresponde en la important¨ªsima y sumamente delicada materia de las autonom¨ªas, habr¨¢n prestado a Espa?a y a la democracia un servicio del m¨¢s alto valor.
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