La falsa inmobiliaria
Influenciado por la propaganda a todo color, compr¨¦ un piso en Nerja (M¨¢laga), a la empresa Ca?amiel, SA.Pagu¨¦ mi correspondiente ?entrada? y firm¨¦ las consabidas letras, que no fallan en su vencimiento, recibiendo la promesa de entrega para dentro de unos d¨ªas de la obligatoria P¨®liza de Seguro de cantidades anticipadas.
Pasaron las semanas y las reclamaciones vanas, y me traslad¨¦ a Nerja, donde Francisco Ruiz Platero, consejero delegado de Ca?amiel, SA, s¨®lo me dio evasivas.
En mi estancia averig¨¹¨¦ que el armaz¨®n del edificio donde debe estar enclavado el piso que se lleva mis ahorros (tengo m¨¢s de sesenta a?os), est¨¢ tal cual hace unos ocho, ?ocho! a?os; que la empresa Ca?amiel, SA no tiene n¨®mina y, por supuesto, personal de alba?iles, carpinteros, electricistas, soladores, etc¨¦tera, que indique que sea ella la que construya; que tampoco tiene contrato con empresa constructora alguna que pudiera terminar lo que ya existe hace tantos a?os y, por supuesto, al no existir ninguna de estas posibilidades, ?c¨®mo podemos los incautos recibir en la fecha contratada nuestra vivienda?, ?qu¨¦ pasar¨¢ con las cantidades entregadas y por entregar?
Por supuesto, he solicitado al Ministerio de Obras P¨²blicas y Urbanismo intervenga en la obligatoriedad que tiene la empresa Ca?amiel, SA, de proporcionar la mencionada p¨®liza de seguro de cantidades entregadas hasta la adjudicaci¨®n de la vivienda, pero ignoro la agilidad que pueda tener el departamento correspondiente para hacer cumplir esa ley.
Pero lo mismo que existe un contrato legal para el arrendamiento de viviendas, al que se han de acoger tanto el propietario del piso como el que lo alquila, ?no pod¨ªa el M¨ªnisterio correspondiente editar uno relativo a la compra de pisos, donde de una forma justa especificase la obligatoriedad legal de los firmantes y se prevengan tantas estafas, timos y, en el mejor de los casos, dilaciones de entrega y calidad contratadas?
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