Aprobada la ampliaci¨®n del derecho de reuni¨®n
El proyecto de mo dificaci¨®n parcial de la ley reguladora del derecho de reuni¨®n, de 29 de mayo de 1976, por el que se adapta dicho texto al actual momento pol¨ªtico, de mayor plenitud democr¨¢tica, fue dictaminado ayer por la Comisi¨®n de Justicia del Congreso de los Diputados por unanimidad, salvo en lo que se refiere al art¨ªculo tercero, que regula las condiciones que podr¨¢ poner la autoridad gubernativa a las reuniones en local cerrado de m¨¢s de quinientas personas.El proyecto de ley establece un criterio de permisividad tanto en lo que respecta a las reuniones privadas como a las p¨²blicas, aunque en el caso de estas ¨²ltimas deber¨¢ comunicarse previamente a la autoridad gubernativa su celebraci¨®n. Sin embargo, en lo que se refiere a las reuniones p¨²blicas en local cerrado de m¨¢s de quinientas personas, la autoridad gubernativa podr¨¢ imponer condiciones a su celebraci¨®n en cuanto a d¨ªa, hora o lugar.
Adem¨¢s del dictamen del citado proyecto de ley, la Comisi¨®n de Justicia dictamin¨®, tambi¨¦n por unanimidad, la proposici¨®n de ley de enterramientos en cementerios municipales y nombr¨® las ponencias que deber¨¢n informar los proyectos de ley sobre modificaci¨®n del C¨®digo Penal en materia de terrorismo, abolici¨®n de la pena de muerte en el C¨®digo Penal, modificaci¨®n del C¨®digo Penal en materia de reincidencia, modificaci¨®n del p¨¢rrafo primero del art¨ªculo 100 del C¨®digo Penal sobre redenci¨®n de penas por el trabajo y efectos del matrimonio en la vecindad civil de la mujer.
La Comisi¨®n de Justicia no entr¨®, como estaba previsto en un principio, en el estudio del proyecto de ley de protecci¨®n jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona por falta de qu¨®rum, debida fundamentalmente a ausencias de diputados de UCD
El car¨¢cter permisivo y abierto de los cambios introducidos ayer por la Comisi¨®n de Justicia en la ley reguladora del derecho de reuni¨®n puede ser puesto en duda cuando se observa que la autoridad gubernativa se reserva un arma indeterminada que puede utilizar para prohibir las reuniones de masas en local cerrado.
Efectivamente, cuando estas reuniones pasen de las quinientas personas, la autoridad gubernativa podr¨¢ imponer condiciones a su celebraci¨®n en cuanto a d¨ªa, hora y lugar. La ambig¨¹edad del texto aprobado salta a la vista, ya que no se impone ning¨²n l¨ªmite a los posibles condicionamientos que la autoridad puede establecer ni se dice cu¨¢les son los criterios en base a los cuales puede la autoridad imponer dichos condicionamientos.
La discrecionalidad administrativa y la inseguridad jur¨ªdica de los ciudadanos puede ser el resultado inevitable de esta ambig¨¹edad. Los m¨¢s afectados pueden ser las organizaciones sindicales y los partidos pol¨ªticos, fundamentalmente de izquierda.
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