La modificaci¨®n de la ley de Peligrosidad Social entrar¨¢ en vigor el pr¨®ximo, mes de enero
A partir del mes de enero pr¨®ximo entrar¨¢ en vigor la proposici¨®n socialista que modifica por un procedimiento de urgencia la ley de Peligrosidad y Rehabilitaci¨®n Social actualmente vigente, seg¨²n manifest¨® a EL PAIS en el transcurso de una entrevista el subsecretario de Justicia, Juan Antonio Ortega y D¨ªaz-Ambrona.
?Esta proposici¨®n de ley fue presentada por el Partido Socialista Obrero Espa?ol y aunque nos pareci¨® muy limitada se tom¨® en consideraci¨®n e inmediatamente se puso a trabajar sobre ella una Comisi¨®n de Justicia del Senado, que ha elaborado esta modificaci¨®n de la que se ha hecho eco la prensa pero con algunas inexactitudes. Porque si bien es cierto que se suprime de la actual ley de Peligrosidad lo relativo al rufianismo y proxenetismo, homosexualidad, menores abandonados y utilizaci¨®n il¨ªcita de veh¨ªculos ajenos, todas estas conductas pasan a estar tipificadas en el nuevo C¨®digo Penal que entrar¨¢ en vigor posiblemente antes del pr¨®ximo verano. Lo que hasta ahora suced¨ªa era que este tipo de conductas eran doblemente perseguidas.Sobre la mesa de despacho del se?or D¨ªaz-Ambrona se amontonan los textos de los proyectos que modificar¨¢n en fechas pr¨®ximas la legislaci¨®n penal espa?ola. La reforma que actualmente tiene en marcha el Ministerio de Justicia descansa sobre dos grandes instrumentos legislativos: la ley General Penitenciaria, que ya est¨¢ en las Cortes, y el nuevo C¨®digo Penal, que absorber¨¢ muchos de los conceptos que hoy se incluyen en la ley de Peligrosidad Social, duramente criticada por abogados, grupos marginales e incluso asociaciones moderadas como C¨¢ritas Espa?ola.
?Efectivamente, ha surgido un problema con esta ley- sin embargo -se?al¨® a EL PAIS el subsecretario de Justicia-, su derogaci¨®n inmediata no ser¨ªa tan espectacular como la gente cree. Actualmente s¨®lo hay 427 detenidos en virtud de la misma en las prisiones espa?olas, que albergan un total de 11.109 reclusos, y si bien ha sido muy criticada por unos sectores, otros han manifestado una gran preocupaci¨®n ante el hecho de que desaparezca. No obstante, es una ley que parti¨® de una iniciativa socialista de Jim¨¦nez de As¨²a en 1933, esto no hay que olvidarlo, aunque se endureci¨® despu¨¦s en la modificaci¨®n de agosto de 1970. Las cr¨ªticas que se le han hecho nos han parecido de todas formas razonables. En primer lugar, se ha criticado el que abarcara dentro de su ¨¢mbito conductas que no son delictivas, declarando peligroso a un sujeto que no ha delinquido, pero cuya conducta se presume que podr¨ªa desembocar, en delito. Esto efectivamente parece m¨¢s bien una profec¨ªa y es algo aleatorio. En segundo lugar, la ley de Peligrosidad considera como peligrosos a individuos que son simplemente enfermos, caso de los deficientes mentales, ebrios, etc¨¦tera; en tercer lugar, est¨¢ esa concomitancia constante con el C¨®digo Penal, y en cuarto lugar, el hecho de que considere merecedora de pena una peligrosidad predelictual, cosa que en nuestra opini¨®n s¨®lo deber¨ªa producirse con individuos que ya han cometido anteriormente un delito.?
Esta modificaci¨®n de la ley de Peligrosidad Social, adem¨¢s de suprimir los apartados ya se?alados, cambia la redacci¨®n de algunos otros, como por ejemplo lo relativo al gamberrismo y la actitud hacia los llamados enajenados mentales, para quienes deja de contemplar medidas represivas para pasar a un tratamiento asistencial. Otro de los apartados m¨¢s conflictivos de la LPS, que hace menci¨®n de la supuesta inclinaci¨®n delictiva, ha recibido tambi¨¦n un nuevo tratamiento y s¨®lo podr¨¢ ser aplicado cuando se hayan cometido m¨¢s de tres delitos.
?En cualquier caso, esta reforma -se?al¨® el se?or Ortega y D¨ªaz-Ambrona- comporta tres fases de la que esta modificaci¨®n de la LPS es s¨®lo la primera. En la segunda fase, que es la aprobaci¨®n del nuevo C¨®digo Penal, quedar¨¢n perfectamente perfilados todos estos conceptos. As¨ª el nuevo C¨®digo incluye en su libro primero un t¨ªtulo especial dedicado a las Medidas de seguridad, aplicable s¨®lo a las personas que hayan cometido uno o varios delitos. E incluso hay una tercera fase que consiste en la aprobaci¨®n de una ley Asistencial que se encuentra todav¨ªa en estado embrionario pero que seguramente podr¨¢ entrar en vigor tambi¨¦n en la primera mitad del a?o pr¨®ximo y que recoger¨¢ todo lo referente a los enfermos. De manera que la ley de Peligrosidad llegado este momento quedar¨¢ derogada por vaciamiento de contenido. ?
Juan Antonio Ortega muestra su satisfacci¨®n ante el nuevo C¨®digo Penal, que presenta algunos cambios bastante espectaculares. La pena m¨¢xima que podr¨¢ ser impuesta a un detenido no ser¨¢ nunca superior a veinte a?os desde el momento en que este texto legislativo entre en vigor. Por otra parte, el trabajo pierde su capacidad de redimir pena para pasar a ser una actividad voluntaria y remunerada. ?Este C¨®digo responde a una nueva situaci¨®n social -declar¨® el subsecretario de Justicia- y en ¨¦l se tipifican algunos delitos nuevos como el que supone atentar contra la intimidad familiar y personal, y que se refiere al tema de las escuchas. Adem¨¢s se introduce como pena el arresto de fin de semana para delitos poco graves.?
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