La imparcialidad del funcionario
Presidente de la Asociaci¨®n Espa?ola de la Administraci¨®n P¨²blicaLas incompatibilidades y la imparcialidad componen las dos caras de la moneda de la Administraci¨®n independiente con la que la Constituci¨®n quiere regalar al pueblo espa?ol. Aluden, respectivamente, a dos ¨®rdenes de cosas, al econ¨®mico y al pol¨ªtico, y propugnan el corte de ligaduras tanto respecto de la instancia econ¨®mica como de la ideol¨®gica. La necesidad de liberar a las Administraciones de los modernos Estados industriales de la compleja trama de intereses de las mallas financieras nacionales o multinacionales se complementa con la necesidad sentida en los reg¨ªmenes democr¨¢ticos pluralistas de procurar tambi¨¦n aquella liberaci¨®n respecto de las consignas partidistas. Si se consigue que los altos puestos de la Administraci¨®n no se ocupen por quienes tienen asiento en los consejos de administraci¨®n de las empresas habr¨¢ que velar tambi¨¦n por que aquellos puestos no se cubran por quienes son dirigentes de los partidos pol¨ªticos en liza. Al primer objetivo ha de apuntar una adecuada regulaci¨®n de las incompatibilidades; al segundo, la regulaci¨®n de la imparcialidad.
Si el sistema de incompatibilidades acusa principalmente un fuerte sabor econ¨®mico, el de la imparcialidad cobra un predominante acento pol¨ªtico. Prueba de esto ¨²ltimo es que en el proyecto constitucional se denominaba ?imparcialidad pol¨ªtica? a lo que la Constituci¨®n hoy encierra bajo el escueto lema de ?imparcialidad?. La supresi¨®n del adjetivo no debe, sin embargo, impedir registrar el matiz preponderantemente pol¨ªtico que concurre en el prop¨®sito de juego imparcial. Lo que ocurre es que. puede obviarse su consignaci¨®n expresa e incluso de tal omisi¨®n puede concluirse que m¨¢s que perseguirse el objetivo de ?imparcialidad pol¨ªtica? lo que la Constituci¨®n pretende es el objetivo ?pol¨ªtico? de la ?actuaci¨®n imparcial?, que tiene una doble faceta, econ¨®mica y pol¨ªtica.
Alzase, en suma, la imparcialidad como consigna del comportamiento de la Administraci¨®n p¨²blica. Su observancia cabe se vea o obstante, minada por dos ¨®rdenes de consideraciones econ¨®micas ideol¨®gicas, cuyo peso, gravitando fuertemente sobre los funcionarios, puede dar lugar a fen¨®menos de actuaci¨®n interesada o comprometida (en todo caso, parcial). La configuraci¨®n de un funcionariado sustra¨ªdo a ese doble frente de influencias representar¨¢ mayor seguridad para la tutela del inter¨¦s p¨²blico. A esto ¨²ltimo se orienta la adecuada regulaci¨®n del sistema de las incompatibilidades (imparcialidad econ¨®mica) y el de la imparcialidad (imparcialidad pol¨ªtica). Se tratar¨¢, por tanto, del fin pol¨ªtico de neutralizar las conexiones que puedan mediar sobre los servidores de la cosa p¨²blica por parte de las esferas de inter¨¦s econ¨®micas y de las organizaciones partidistas.
Al llegar a este punto es, sin embargo, preciso hacer una distinci¨®n: Una cosa es sustraer la ?actuaci¨®n? del funcionariado a las expresadas influencias y otra que ¨¦ste se independice frente a todo en e manejo de los resortes del poder o hay que olvidar que la independencia a ultranza del funcionariado, antesala de los mayores refuerzos en el burocratismo, es mercanc¨ªa que puede pasar de contrabando al intentar abonar el terreno donde haya de desarrollarse la actuaci¨®n imparcial de la Administraci¨®n. Los principios pol¨ªticos propios del Estado democr¨¢tico que la Constituci¨®n instaura han de requerir, por lo dem¨¢s, algunas precisiones en el tema.
Sentido democr¨¢tico de la imparcialidad
Entendida la imparcialidad como independencia respecto de la instancia ideol¨®gica, habr¨¢ que precisar que la necesidad se sentir, no obstante, m¨¢s que frente a la ideolog¨ªa dominante, frente a la ideolog¨ªa de la clase pol¨ªticamente dominante. Mas las conexiones (por supuesto, soterradas) que en la etapas de desajuste se mantienen, sin duda alguna, entre las ideolog¨ªas hegem¨®nicas y las que dominan el aparato pol¨ªtico, llevan tambi¨¦n a estar alerta frente a las influencias de las primeras, aunque no dominen pol¨ªticamente. Y, finalmente, como los intentos hist¨®ricos en los que el funcionariado haya querido compensar con su intervenci¨®n las debilidades de las ideolog¨ªas que no han alcanzado posiciones de hegemon¨ªa ni de dominaci¨®n no han servido sino para alumbrar simples momentos de apogeos burocr¨¢ticos, querr¨¢ decirse que no hay que descuidar las seguridades tampoco frente a las ideolog¨ªas de esta ¨²ltima clase.
Habr¨¢ siempre matices que quitar¨¢n rigor a lo que se acaba de apuntar. Si se tiene presente que la ideolog¨ªa de la clase pol¨ªticamente dominante se ve apoyada en la pr¨¢ctica por la presencia de esta clase en la instancia econ¨®mica que es la que predomina en la sociedad, pronto se advertir¨¢ la necesidad de que un Estado democr¨¢tico intente f¨®rmulas de equilibrio. De otra manera, mal podr¨ªan habrirse paso las nuevas concepciones del mundo, aun siendo compartidas por la mayor¨ªa de los ciudadanos, y no quedar¨ªan m¨¢s salidas que los ?modos de inserci¨®n? en la vida (Perry Anderson) por parte de las clases hegem¨®nicas.
F¨®rmula constitucional
Nuestra Constituci¨®n se refiere al establecimiento de las garant¨ªas para la imparcialidad en el ejercicio de la funci¨®n p¨²blica. La tarea queda a cargo de la correspondiente ley. Se trata, nada m¨¢s y nada menos, que de crear un marco objetivo que posibilite la actuaci¨®n imparcial del funcionariado de un Estado democr¨¢tico que se organiza sobre el propio espacio hasta ahora ocupado por la burocracia del r¨¦gimen autoritario precedente. La trascendencia, delicadeza y complejidad del tema (enlazado con el de las incompatibilidades y con el de la profesional¨ªdad) no debe permitir que una breve f¨®rmula de prohibiciones a los funcionarios para ocupar cargos destacados en los partidos sea la soluci¨®n que ofreza el nuevo estatuto de funcionarios (otra cosa no contienen por ahora los borradores de anteproyecto).
Las contradicciones reales erizan el tema de las relaciones de la Administraci¨®n con la instancia ideol¨®gica. No debe, sin embargo, desmayar por ello el cumplimiento del mandato constitucional. Que el ?cemento? -como dir¨ªa Gramsci- con el que las ideolog¨ªas quieren tapar los poros de tales contradicciones no llegue a embotar el dif¨ªcil equilibrio democr¨¢tico en que se ha de resumir la actuaci¨®n p¨²blica imparcial.
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