La noria de las autonom¨ªas
Los autores de la Constituci¨®n que estamos ahora estrenando han establecido para las autonom¨ªas un sistema que, difiriendo en algunas cosas -varias de las cuales podr¨ªan resultar importantes- del que estableci¨® la Constituci¨®n de la Segunda Rep¨²blica, coincide con ¨¦l, desgraciadamente, en un punto esencial: el de que hace necesario elaborar, para cada comunidad aut¨®noma, un estatuto distinto. El futuro dir¨¢ si, bajo la ley fundamental de 1978, el sistema dar¨¢ parecidos, o mejores, o peores frutos que bajo la de 1931.El futuro dir¨¢ tambi¨¦n si los estatutos, adem¨¢s de ser distintos, son diferentes, por lo menos en lo esencial, que es la amplitud de la autonom¨ªa de cada comunidad. Pues, para configurar sus instituciones propias o resolver otros problemas internos, no hace falta ir a negociar a Madrid. Probablemente, las Cortes dejar¨¢n que cada comunidad aut¨®noma zanje estas cuestiones como mejor lo entienda, con tal que en el estatuto correspondiente se esbocen las l¨ªneas generales de su soluci¨®n (las cuales, por otra parte, est¨¢n ya esbozadas en la Constituci¨®n). Lo que las Cortes examinar¨¢n con lupa, ser¨¢n las competencias que el Estado va a ceder a la comunidad aut¨®noma, la forma en que el estatuto disponga que ha de tener lugar su ejercicio, y la manera de financiar los servicios descentralizados. Por lo que a estos puntos respecta, la diferencia entre las distintas comunidades puede, te¨®ricamente, ser muy grande; pero ?lo ser¨¢ tambi¨¦n en la pr¨¢ctica?
Hace pocos d¨ªas, un miembro muy destacado de la Junta de Andaluc¨ªa me aseguraba, ¨¦l sabr¨¢ con qu¨¦ fundamento (pero no tengo motivos para poner en tela de juicio sus afirmaciones), que la comunidad andaluza no se contentar¨¢ con una autonom¨ªa menos amplia que la catalana. Y hace apenas 48 horas, un militante no menos destacado (aunque, es cierto, con menos responsabilidades pol¨ªticas que el anterior) del movimiento autonomista castellano-leon¨¦s ven¨ªa a decirme algo muy parecido en lo que a su comunidad anta?e. Llegado el momento de discutir los estatutos respectivos en las Cortes, en qu¨¦ podr¨¢n ¨¦stas basarse para recortar las autonom¨ªas andaluza o castellana, contra la voluntad de la comunidad interesada, con m¨¢s rigor que la autonom¨ªa catalana? Se va, pues, a elaborar unos estatutos que, en lo esencial, ser¨¢n probablemente bastante parecidos unos a otros.
En el a?o y medio que han necesitado para hacer la Constituci¨®n, las Cortes han tenido tiempo sobrado para fijar en ella un techo auton¨®mico estable com¨²n a Espa?a entera, y debajo del cual cada comunidad habr¨ªa podido acomodarse sin necesidad de ir a negociar a Madrid, con lo cual se habr¨ªa ahorrado, a la vez, tiempo y trabajo para el futuro. Pero no vale llorar sobre la leche derramada. Las comunidades aspirantes a la autonom¨ªa tendr¨¢n que hacer cola ante el caser¨®n neocl¨¢sico de la carrera de San Jer¨®nimo y aguardar all¨ª, con sus respectivos proyectos bajo el brazo, a que sean despachados los tra¨ªdos por quienes llegaron antes. Esperemos que no tarde demasiado en ponerse a dar vueltas la noria de las autonom¨ªas.
Por de pronto, se han presentado ya dos proyectos de Estatuto: el vasco y el catal¨¢n. Hablando del que, c¨®mo vasco. me afecta m¨¢s directamente, y sin perjuicio de analizarlo con detalle en otro momento, dir¨¦ que me parece gravemente defectuoso, en primer lugar porque. con ¨¦l. el r¨¦gimen foral no se actualiza, sino que se volatiliza, a pesar de que habr¨ªa sido posible (dif¨ªcil, pero posible: como lo he dicho varias veces, y todav¨ªa muy recientemente) actualizarlo sin violar la Constituci¨®n. Desgraciada ni ente, era m¨¢s c¨®modo y m¨¢s r¨¢pido hace poco m¨¢s que un mero ap¨¦ndice de la Constituci¨®n, con la original particularidad de que, en varios puntos, ese ap¨¦ndice se condena a s¨ª mismo porque no se ajusta a la Constituci¨®n, lo cual lo hace -al menos en esos puntos- inviable. La precipitaci¨®n y la improvisaci¨®n se transparentan en este proyecto, como no pod¨ªa menos de ocurrir, dadas las prisas con que ha sido elaborado. No obstante. habr¨ªa sido posible empezar a prepararlo en el pasado mes de julio, reci¨¦n aprobado por el Congreso un texto constitucional -que todos lo sab¨ªamos- el Senado s¨®lo iba a modificar en puntos de detalle. Pero las querellas entre los partidos impidieron hacer entonces, despacio y aceptablemente, lo que ahora se ha hecho apresuradamente y en forma un tanto desdichada.
Y as¨ª, ha resultado inevitable el que varias fuerzas pol¨ªticas hayan logrado incluir (como era previsible) la reserva que figura en la disposici¨®n final. Reserva que, sin duda, no aceptar¨¢n las Cortes y que no se limita (como la que figuraba en el art¨ªculo primero del estatuto plebiscitado en 1933) a hacer constar la aspiraci¨®n de las entidades hist¨®ricas vascas ?a la restauraci¨®n foral ¨ªntegra de su r¨¦gimen pol¨ªtico-administrativo?, sino que reivindica los derechos que ?puedan corresponder? al pueblo vasco ?como tal? en virtud, entre otras cosas, ?de su voluntad de autogobierno?; lo que, adem¨¢s de no ser constitucional, desborda por completo el marco foral (no es una reivindicaci¨®n fuerista, sino nacionalista) e incluso lo contradice. Confieso que mi previsi¨®n no llegaba tan lejos; y pregunto: si las Cortes eliminan esta disposici¨®n (y es seguro que lo har¨¢n, como las Cortes republicanas eliminaron la salvedad que se hac¨ªa en el otro proyecto), ?cu¨¢l ser¨¢ la suerte del Estatuto vasco en el refer¨¦ndum, que esta vez no ser¨¢ anterior, sino posterior a la discusi¨®n en el Parlamento?
La respuesta es tanto m¨¢s incierta cuanto que, con las nuevas elecciones a Cortes, la noria de las autonom¨ªas tardar¨¢ m¨¢s de lo previsto en ponerse a dar vueltas y el futuro se carga de m¨¢s inc¨®gnitas que las que ya llevaba encima, por si ¨¦stas eran pocas. La decisi¨®n de disolver las Cortes (que parece inoportuna, e incluso perjudicial, miradas las cosas atendiendo a las necesidades del Estado, no a las conveniencias de los partidos) marca un comp¨¢s de espera en la tramitaci¨®n de los estatutos. Y nuevas preguntas llueven: ?cu¨¢l ser¨¢ la futura mayor¨ªa parlamentaria? ?Cu¨¢l ser¨¢ su criterio sobre el tema auton¨®mico? Los nuevos parlamentarios vascos, ?har¨¢n suyo este proyecto, o preferir¨¢n enmendarlo antes de defenderlo en Madrid? Bien osado ser¨¢ quien conteste ahora a todas ellas.
Entre tanto, no s¨®lo el problema de las autonom¨ªas, sino todos los dem¨¢s que el pa¨ªs tiene planteados, por graves que sean, seguir¨¢n sin resolverse. Porque no ser¨¢ en el ambiente de incertidumbre y demagogia de dos campa?as electorales sucesivas (la de las elecciones a Cortes y la de las inmediatamente posteriores para los ayuntamientos) donde nuestros gobernantes encontrar¨¢n la valent¨ªa, la serenidad y la firmeza suficientes para enfrentarse con ellos y darles unas soluciones adecuadas.
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