El presupuesto de la Seguridad Social para 1980
La informaci¨®n sobre la actuaci¨®n econ¨®mica de la Seguridad Social ha seguido una l¨ªnea de perfeccionamiento notorio desde los presupuestos de 1978, que se puede. afirmar termina con el oscurantismo de las cifras de la Seguridad Social de ¨¦pocas anteriores. Es esta labor de mayor transparencia la que ha hecho posible el an¨¢lisis de los presupuestos que a continuaci¨®n realizamos. En l¨ªneas generales, el gasto presupuestado para la Seguridad Social mantiene su participaci¨®n en el producto interior bruto, ya que el porcentaje estimado para 1980 es del 11,27%, frente al 12,63% de 1979, 12,76% de 1978 y 12,77% de 1977, si bien es cierto que durante el pr¨®ximo ejercicio el seguro de desempleo se transfiere al Ministerio de Trabajo. La inclusi¨®n de este gasto sit¨²a el porcentaje de participaci¨®n en el 12,48%.
Tradicionalmente, las previsiones presupuestarias de la Seguridad Social se han visto desborda das por la realidad, que siempre alcanza valores superiores. As¨ª, en 1977, la liquidaci¨®n de gastos alcanzaba un 18,7% de incremento sobre lo presupuestado; en 1978, el incremento fue del 14,3% sobre lo previsto, y en 1979, la previsi¨®n de liquidaci¨®n se estima en un 5,8% por encima del presupuesto inicial, seg¨²n los datos del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, y en un 8,9%, seg¨²n las estimaciones del Banco de Espa?a. La explicaci¨®n de estas desviaciones se puede encontrar en decisiones que afectan al gasto y que inicialmente no estaban previstas, o bien en errores de previsi¨®n derivados de mantener niveles excesivamente bajos en algunos conceptos. La documentaci¨®n presentada a las Cortes ofrece, a nuestro juicio, algunos de los defectos apuntados anteriormente, y por ello es probable que nuevamente su ejecuci¨®n desborde por exceso la previsi¨®n presupuestaria. Este hecho es especialmente se?alado en lo concerniente a las cotizaciones.
Las cotizaciones a la Seguridad Social
El c¨¢lculo de la previsi¨®n trimestral de cotizaciones por el r¨¦gimen general se realiza mediante una previsi¨®n del n¨²mero de trabajadores, que multiplicado por la base media de cotizaci¨®n estimada para el trimestre correspondiente y por el tipo de cotizaci¨®n (34,3%) arroja la cotizaci¨®n trimestral prevista. La variable determinante es la previsi¨®n de la base media mensual de cotizaci¨®n, que se recoge en el cuadro 1, donde se puede observar que la base media mensual de cotizaci¨®n se obtiene aplicando un porcentaje de incremento en torno al 16,5% para obtener la previsi¨®n de 1979, y posteriormente, aumentando el 12,5% sobre el mismo trimestre del a?o anterior, se obtienen las bases medias para 1980.
El establecimiento de estos tipos r¨ªgidos para los c¨¢lculos de cada trimestre, y al ser las tasas de incremento del 16% inferior al crecimiento de las bases de cotizaci¨®n en 1978 (26,5 %) y del 12,5 % inferior al crecimiento estimado para 1979, origina que en los primeros trimestres de cada a?o aparezca una base media mensual de cotizaci¨®n inferior a la del ¨²ltimo trimestre del a?o inmediato anterior.
Este fen¨®meno s¨®lo se ha producido en los datos reales entre el cuarto trimestre de 1972,y el primero de 1973, ya que es a partir de 1973 cuando se prorratean las pagas extraordinarias entre todos los meses del a?o, a efectos de cotizaci¨®n a la Seguridad Social, y se eliminan los efectos estacionales que dichas pagas suponen. Su aparici¨®n en las previsiones de 1979 y 1980 es un claro exponente de la infravaloraci¨®n de las cotizaciones. El error de previsi¨®n es manifiesto, ya que para que se produzca un descenso en la base media mensual de cotizaci¨®n ser¨ªa necesario un decremento de los salarios en t¨¦rminos monetarios o un descenso en las bases de cotizaci¨®n relacionadas con el salario m¨ªnimo. Esta hip¨®tesis es pr¨¢cticamente imposible que se verifique en 1980, a la vez que podemos afirmar que no se ha cumplido en 1979.
La incidencia econ¨®mica del c¨¢lculo es tal que si supusi¨¦ramos que durante el primer trimestre de 1980 las bases de cotizaci¨®n se mantuvieran iguales a las del ¨²ltimo trimestre de 1979 el incremento en la recaudaci¨®n ser¨ªa:
Diferencias entre bases medias de cotizaci¨®n (cuarto trimestre de 1979-primer trimestre de 1980) = 39.532 - 36.915 = 2.617 pesetas. Lo que multiplicado por 6.766.826 cotizantes durante tres meses y al tipo de gravamen del 34,3% arroja una, cantidad de 18.222 millones de recaudaci¨®n adicional, y ello en la hip¨®tesis m¨¢s restrictiva de que los salarios se mantuvieran constantes en t¨¦rminos monetarios en dicho trimestre. Podemos realizar un intento de evaluar la previsi¨®n de cotizaciones del r¨¦gimen general que elimine las deficiencias antes expuestas. En el cuadro n¨²mero 2 recogemos la evoluci¨®n de las bases medias trimestrales de cotizaci¨®n y su relaci¨®n con las variables explicativas salario m¨ªnimo y retribuci¨®n media por hora trabajada, como expresi¨®n, esta ¨²ltima del salario real.
La realizaci¨®n de un ajuste por m¨ªnimos cuadrados nos da el siguiente modelo explicativo de las cotizaciones:
Base media trimestral -2.063,49 + 35,36 salario m¨ªnimo + 21,38 ¨ªndice de retribuci¨®n media por hora trabajada. Con un coeficiente de correlaci¨®n R2 = 0,98.
Con este modelo podemos intentar estimar la base media trimestral de cotizaci¨®n para 1980 partiendo de las siguientes hip¨®tesis:
a) La retribuci¨®n media por hora trabajada crecer¨¢ a un ritmo decreciente hasta alcanzar la tasa del 12,5% en el ¨²ltimo trimestre de 1980 (lo normal es que esta hip¨®tesis sea desbordada por exceso, ya que los convenios que se negocian en estos momentos calculan un atimento entre el 14% y el 16%).
b) El salario m¨ªnimo es un dato conocido hasta el segundo trimestre de 1980 y a partir de aqu¨ª su incremento ser¨¢ del 12,5% sobre el mismo per¨ªodo del a?o anterior (tambi¨¦n es probable que esta hip¨®tesis se vea desbordada por un incremento mayor).
Y en funci¨®n de estas bases medias mensuales calculamos la previsi¨®n de cotizaci¨®n del r¨¦gimen general para 1980 en 1.261.253 millones, que excede la previsi¨®n en 54.438 millones.
Hay que destacar que el c¨¢lculo realizado se ha hecho partiendo de unas hip¨®tesis muy restrictivas, ya que el crecimiento de los salarios exceder¨¢ con seguridad del l¨ªmite fijado del 12,5%. A t¨ªtulo de ejemplo, digamos que un crecimiento salarial del 14,5% incidir¨¢ en un aumento de recaudaci¨®n de m¨¢s de 20.000 millones sobre las cifras antes expuestas.
Adem¨¢s de la infravaloraci¨®n, las cotizaciones previstas adolecen de un grave defecto formal: no se distingue entre cotizaciones de vengadas y cobradas. De esta forma, al hacer referencia el presu puesto ¨²nicamente a cantidades percibidas, no podemos estimar cu¨¢l es la incidencia que tiene la morosidad en la Seguridad Social. Esta diferenciaci¨®n es fundamen tal si se quiere enjuiciar el efecto de la moratoria.
Medidas de contenci¨®n del gasto
El presupuesto de 1980 ofrece algunas medidas destinadas al control del incremento del gasto de sus principales partidas que merecen un comentario especial. En este sentido se anuncian actuaciones restrictivas sobre la incapacidad laboral transitoria, incremento del ticket moderador del consumo de productos farmac¨¦uticos, elevaci¨®n reducida de las pensiones, escasa dotaci¨®n de inversiones reales, etc¨¦tera.
El subsidio de incapacidad laboral transitoria consiste en abonar, desde la fecha en que se declara iniciada la incapacidad, un 75% de la base de cotizaci¨®n del trabajador. En el presupuesto se pretende reducir este subsidio al 60% de la base de cotizaci¨®n durante los quince primeros d¨ªas del proceso. La raz¨®n que se argumenta como justificaci¨®n de esta medida es el absentismo laboral creciente cada a?o y que al reducir los niveles de cobertura se desanima a los trabajadores absentistas. La explicaci¨®n del creciente nivel de absentismo pensamos que proviene en gran parte de la situaci¨®n de crisis que atraviesa el mercado de trabajo, y las medidas correctoras del absentismo no deben ser la reducci¨®n indiscriminada de la prestaci¨®n tanto a los que practican ese supuesto absentismo como a los trabajadores entermos, sino que mediante el reforzamiento de la inspecci¨®n se podr¨ªan reducir de manera m¨¢s efectiva y con menores costes sociales las bajas indebidas. Indudablemente, el modelo de medicina elegida por la Seguridad Social con sus ambulatorios y el insuficiente tiempo dedicado a las consultas lleva a una mayor condescendencia en la concesi¨®n de las bajas.
La medida propuesta tendr¨¢ como consecuencia un ahorro de 19.784 millones, derivados de la menor prestaci¨®n en los primeros quince d¨ªas del proceso de enfermedad o accidente. Se anuncia para 1980 un incremento de la aportaci¨®n del trabajador sobre el precio de los productos farmac¨¦uticos que pase de ser el 30% al 40%. Esta es una medida de car¨¢cter financiero, es decir, para allegar fondos al sistema, m¨¢s que una medida dirigida a ordenar el consumo. Al aprobarse el ticket moderador en 1978 en el 20% se afirmaba en EL PAIS (3-8-1978): ?La expansi¨®n del gasto no se frenar¨¢. En realidad no existe apoyatura t¨¦cnica para el llamado ticket moderador. El argumento con el que se quierenjustificar las decisiones aludidas, restringir el sobreconsumo innecesario, es una falacia. La demanda de medicamentos es muy r¨ªgida ante variaciones en los precios, precisamente por la importancia que se atribuye socialmente a la salud. Consecuentemente, el enfermo, una vez que le han sido recetados los medicamentos, pagar¨¢ el ticket y no prescindir¨¢ de ellos. Estas razones te¨®ricas han sido verificadas por la experiencia pr¨¢ctica de muchos pa¨ªses, entre ellos Espa?a.?
Las medidas de correcci¨®n del gasto farmac¨¦utico pasan, en primer lugar, por el control de precios de materias primas y productos (es decir, sobre los laboratorios); en segundo lugar, por los conciertos establecidos con el circuito comercial, las farmacias y distribuidores, y en tercer lugar, por el control sobre los prescriptores. o sea, los m¨¦dicos. El consumidor adquirir¨¢ lo que le receten al precio que determinen los laboratorios y aportar¨¢ el 40% que fije la Seguridad Social. Pensamos que la medida hay que situarla m¨¢s en un contexto de financiaci¨®n que en uno de regulaci¨®n. La reducci¨®n del presupuesto como consecuencia del aumento del 30% al 40% de la participaci¨®n del asegurado se eval¨²a en 7.000 millones.
La elevaci¨®n de pensiones se ve influida tanto por la previsi¨®n antiinflacionista de la subida de salarios (12,5%) como por los criterios restrictivos del gasto a que venimos haciendo referencia. La cantidad destinada a mejora de pensiones supone un 12,59% de incremento, si bien se anuncia que las pensiones m¨ªnimas se revalorizar¨¢n en un 14%, quedando para las restantes una mejora que se puede estimar en un 6% de promedio. Si se considera que las pensiones m¨ªnimas en 1979 suponen el 81% del gasto y que en el r¨¦gimen general los m¨ªnimos son de 13.817 pesetas mensuales en jubilaci¨®n y 10.500 pesetas mensuales en viudedad, vemos c¨®mo se produce una igualaci¨®n paulatina en los niveles m¨ªnimos que dif¨ªcilmente alcanza a mantener la capacidad adquisitiva y el nivel de subsistencia. Conviene destacar que un incremento de las pensiones del 16% supondr¨ªa un aumento del gasto adicional de 25.221 millones sobre la cifra prevista, logr¨¢ndose de esta forma defender el poder adquisitivo de los pensionistas.
Por ¨²ltimo, conviene resaltar c¨®mo para inversiones reales se consigna el 2,3% de los gastos, porcentaje similar al del presupuesto anterior (2,17%). En un momento de crisis econ¨®mica, y cuando se pretende iniciar un plan de asistencia sanitaria, parece una dotaci¨®n insuficiente.
Conclusi¨®n
La cuantificaci¨®n de la infravalorac¨ª¨®n de las cotizaciones permitir¨¢ evitar las medidas antisociales antes expuestas. As¨ª, con los 54.438 millones que se estima de incremento de cotizaci¨®n tan s¨®lo en el r¨¦gimen general se podr¨ªa hacer frente a los mantenimientos de la protecci¨®n de incapacidad laboral transitoria en el 75% (19.784 millones), eliminaci¨®n del incremento de la aportaci¨®n del asegurado en las medicinas (7.000 millones), elevaci¨®n de pensiones por encima del incremento previsible del coste de la vida (25.221 millones), y a¨²n restar¨ªan fondos para mejorar otras partidas insuficientemente dotadas (2.433 millones). Sin embargo, nos tememos que la realidad confirme el aumento de las cotizaciones y tambi¨¦n las medidas restrictivas del consumo que hemos expuesto, siendo absorbida la cantidad citada por el aumento no previsto de otros gastos de la Seguridad Social.
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