Se?ores senadores / 1
Acaban de empezar ustedes a discutir el proyecto de ley de Cultura F¨ªsica y Deportes. Perm¨ªtanme que sobre ello les haga, como libre ciudadano espa?ol, algunas consideraciones.El proyecto inicial, tras las serias modificaciones de las enmiendas de la Comisi¨®n y del Pleno del Congreso, no es f¨¢cilmente reconocible. Sin embargo, como suele suceder cuando no se aceptan enmiendas a la totalidad, los defectos fundamentales del proyecto subsisten. El principal de todos es su concepci¨®n global; la falta de adaptaci¨®n en su concepci¨®n del deporte -y m¨¢s en concreto, la educaci¨®n f¨ªsica- a la sociedad de hoy. Pero como este tipo de consideraciones a nivel conceptual, filos¨®ficas si se quiere, son muy dif¨ªciles de probar, y en todo caso exigen largos y l¨®gicos argumentos, dej¨¦moslas hoy de lado. Vayamos a otro grano: el detalle concreto (no porque ¨¦ste sea m¨¢s importante que el anterior, sino simplemente porque es m¨¢s alcanzable en una breve consideraci¨®n como la que pretendo). Me voy a ce?ir, sobre todo, a algunos temas referentes a la educaci¨®n f¨ªsica.
Esta no es tratada, desde luego, con la seriedad y concreci¨®n que un tema tan trascendental requer¨ªa en una ley que se titula de ?Cultura F¨ªsica y Deportes?. Solamente se le dedica un art¨ªculo, en el que se emiten enunciaciones generales a cerca de la obligatoriedad de la educaci¨®n f¨ªsica en los distintos niveles escolares y acerca de las competencias ministeriales. No son respaldadas estas enunciaciones, ni en este art¨ªculo ni en otros del proyecto, por ning¨²n tipo de organizaci¨®n docente. No hay cosa m¨¢s c¨®moda que proclamar simples principios sin dar soluciones para que pueda hacerse viable su cumplimiento. En la disposici¨®n transitoria tercera, cuando se deber¨ªa concretar de forma clara los sistemas de adecuaci¨®n a la nueva ley de las muchas situaciones irregulares y conflictivas vigentes en la pr¨¢ctica de la educaci¨®n f¨ªsica espa?ola, se alude (?elude!) s¨®lo a la futura regulaci¨®n de tales situaciones por parte de los ministerios implicados. De nuevo, balones fuera. Es inconcebible que tema de tanta urgencia clarificadora como es la educaci¨®n f¨ªsica en Espa?a se trate con tanta superficialidad e inhibici¨®n. La referencia que en el anteriormente citado art¨ªculo 6.? se hace al profesorado de educaci¨®n f¨ªsica constituye una simple alusi¨®n a las dos leyes anteriores de Educaci¨®n F¨ªsica ( 1961) y General de Educaci¨®n y Financiaci¨®n de la reforma educativa (1970); supone, incluso, un retroceso con respecto a ellas por la menor claridad de sus conceptos. Hay una simple novedad, el p¨¢rrafo segundo del citado art¨ªculo 6.?, que dice textualmente: ?Las ense?anzas que se imparten en los institutos nacionales de educaci¨®n f¨ªsica, en cuanto centros de ense?anza superior para la formaci¨®n, especializaci¨®n y perfeccionamiento de profesores de educaci¨®n f¨ªsica, tendr¨¢n el nivel que corresponde al primero y al segundo ciclo de la educaci¨®n universitaria.?
A una visi¨®n superficial del tema, a una consideraci¨®n desde fuera, con el desconocimiento de lo que significa la educaci¨®n f¨ªsica, no ya en el contexto de la educaci¨®n general, sino como uno de los modos b¨¢sicos de educar a la persona, a una consideraci¨®n ignorante de la evoluci¨®n estructural y acad¨¦mica de la educaci¨®n f¨ªsica en el mundo, esta valoraci¨®n de los centros de profesorado de la educaci¨®n f¨ªsica puede parecer digna. Constituye, sin embargo, verdadera miseria. Ni siquiera supone continuaci¨®n del ritmo de progreso que jalones legislativos anteriores (las dos citadas leyes) hab¨ªan ya iniciado. Tras la elevaci¨®n por la ley general de Educaci¨®n del Instituto Nacional de Educaci¨®n F¨ªsica -hoy institutos nacionales- al ?rango de Instituto Universitario?, no quedaba ya otro paso -en realidad, simple eliminaci¨®n de la pega t¨¦cnica que supon¨ªa el car¨¢cter de especializaci¨®n e investigaci¨®n posgraduada de los institutos universitarios- que la introducci¨®n concreta, sencilla, castellana, de la ?licenciatura? en los estudios de Educaci¨®n F¨ªsica. El segundo ciclo universitario supone una equivalencia a ella; pero de atormentadas equivalencias est¨¢ llena la legislaci¨®n educativa, sin otros resultados que conflictos gremiales. En Espa?a, el profesor de Educaci¨®n F¨ªsica, subestimado a nivel pedag¨®gico por muy dispares razones de ignorancia social, no tiene otro camino real de recuperaci¨®n de prestigio que una s¨®lida y exigente formaci¨®n profesional -y eso ya existe desde su creaci¨®n en los INEF- y, sobre todo, un reconocimiento del status social, solamente alcanzable mediante la licenciatura.
No es de este lugar, por la necesaria brevedad a que obliga el respeto a los lectores, entrar en argumentos intr¨ªnsecos acerca del profundo contenido educativo de la llamada educaci¨®n f¨ªsica, la cual, en muchas de sus ¨²ltimas evoluciones. por ejemplo en la l¨ªnea de la motricidad, de la expresi¨®n din¨¢mica, etc¨¦tera, ha sido descubierta como gran hallazgo y tomada por otros profesionales sin coherente formaci¨®n para impartirla. El tradicionalmente llamado ?profesor de Educaci¨®n F¨ªsica? es la persona que, en los actuales institutos que imparten su formaci¨®n, se prepara para esta trascendental conducta educativa, que probablemente est¨¢ llamada a jugar, en un pr¨®ximo futuro, un papel b¨¢sico en la evoluci¨®n de los sistemas educativos en general. Omito, insisto, docenas de argumentos por respeto a la brevedad; pero ruego a ustedes, se?ores senadores, que es a quienes corresponde la ¨²ltima reflexi¨®n legislativa, que, si dudan, investiguen con esfuerzo antes de opinar y votar.
Pero hay otros argumentos extr¨ªnsecos, simplemente comparativos, pero contundentes, vergonzosos para nuestras pretensiones de modernidad educativa. No s¨¦ qu¨¦ prejuicios han podido inducir a los redactores del proyecto, y despu¨¦s a sus consultores y decisores, para escatimar a los responsables pedag¨®gicos de la llamada Educaci¨®n F¨ªsica el acceso directo a la licenciatura. Racionalizaciones solemnes las ha habido abundantes, pero debajo de ellas no se comprende sino una falta de creatividad, de imaginaci¨®n, un encerramiento en viejos estereotipos acad¨¦micos o secretas resistencias psicol¨®gicas.
Perd¨®nenme que reitere, puesto que ya lo he hecho en recientes ocasiones, el recuerdo de pa¨ªses donde ya hay licenciados y doctores en educaci¨®n f¨ªsica, en algunos desde comienzos de siglo. No s¨®lo en las grandes ¨¢reas culturales del este europeo y asi¨¢tico, donde estos estudios, sin excepci¨®n se imparten en facultades de educaci¨®n f¨ªsica o institutos superiores o academias de educaci¨®n f¨ªsica con varias facultades dependientes de ellas. Tampoco voy a detenerme en otra gran ¨¢rea cultural, como es Norteam¨¦rica (Canad¨¢ y Estados Unidos). Solamente en esta ¨²ltima naci¨®n hay noventa universidades en las que, mediante los estudios de educaci¨®n f¨ªsica, se accede al doctorado. Dejando otros muchos ejemplos, enunciar¨¦ simplemente algunos pa¨ªses muy cercanos, por nivel cultural o por afinidad, en los que los estudios de educaci¨®n f¨ªsica se culminan con el doctorado o, al menos, con la licenciatura: recordamos, entre otros, a M¨¦xico, Chile, Cuba, Venezuela, Colombia. Portugal, Alemania Federal, Suiza, B¨¦lgica, Holanda, Luxemburgo, T¨²nez, Argelia, etc¨¦tera. Y no es la lista en s¨ª lo m¨¢s significativo, sino la tendencia general de acceso a estos estudios en los m¨¢s variados pa¨ªses, tendencia ya pr¨¢cticamente universal; ¨²ltimamente se est¨¢n incorporando al nivel universitario de la educaci¨®n f¨ªsica pa¨ªses del Africa negra.
Es sabido en el ¨¢mbito de la educaci¨®n f¨ªsica que a los redactores del proyecto de ley y a algunos consultores influy¨® mucho el caso de Francia, pa¨ªs no s¨®lo del Mercado Com¨²n, al que aspira Espa?a, sino un poco mirador y modelo en muchos aspectos sociales y pol¨ªtico-educativos para Espa?a. ?C¨®mo est¨¢n en Francia? Era la pregunta preferente. All¨ª est¨¢n los CREPS (Centros Regionales de Educaci¨®n F¨ªsica y Deportes), est¨¢ el ENSEP (Escuela Normal Superior de Educaci¨®n F¨ªsica) y, por otra parte, el INS (Instituto Nacional del Deporte), con otros cometidos de mero perfeccionamiento t¨¦cnico-deportivo. ?Hay facultades de educaci¨®n f¨ªsica? Se respond¨ªa: no. En efecto, no hab¨ªa facultades. Pero en la fusi¨®n del ENSEP y el INS (uni¨®n que hizo felices a los responsables franceses mientras que nuestro actual proyecto de ley marcha en direcci¨®n contraria hacia la disgregaci¨®n entre la formaci¨®n t¨¦cnico-deportiva y la educaci¨®n f¨ªsica, s¨ªntesis aqu¨ª conseguida desde la creaci¨®n de los INEF, es decir, se camina al rev¨¦s que en los dem¨¢s pa¨ªses, en direcci¨®n contraria a la historia) se establec¨ªa hace cinco a?os una posibilidad de acceso directo al doctorado en filosof¨ªa, con menci¨®n ?educaci¨®n f¨ªsica?, mediante estudios e investigaciones espec¨ªficas de educaci¨®n f¨ªsica. Pero todos estos avances m¨¢s o menos sutiles no fueron tenidos en cuenta por los redactores del proyecto. Sencillamente, en Francia no hay facultades de educaci¨®n f¨ªsica. Era argumento contundente.
Pero resulta que hace tres a?os, en Francia, con su rigidez centralista, con su napoleonismo universitario, con su bunkerismo acad¨¦mico, tiene lugar una profunda reforma educacional que va desde la ense?anza preescolar hasta la universidad. A nivel universitario, que es el que aqu¨ª nos ata?e, en las academias regionales -no hace al caso recordar su significaci¨®n estructural y organizativa- desaparecen todas las facultades universitarias y se estructuran todos los estudios en ?unidades? m¨¢s o menos equivalentes a las cl¨¢sicas facultades, pero con distinta organizaci¨®n,acad¨¦mica, llamadas UER (Unidades de Ense?anza e Investigaci¨®n). As¨ª pasan a constituirse en tales unidades UER las cl¨¢sicas facultades de Derecho, Filosof¨ªa, Ciencias, Econ¨®micas, Pol¨ªticas, etc¨¦tera. S¨®lo siguen denomin¨¢ndose facultades, por razones mayormente nost¨¢lgicas, algunas de Medicina. Pues bien, en diecinueve de las veintis¨¦is academias regionales que existen en Francia, se han creado UER (es decir, Unidades de Ense?anza e Investigaci¨®n) de educaci¨®n f¨ªsica, en las que, mediante cuatro a?os de estudios, se obtiene la licenciatura en educaci¨®n f¨ªsica. Es decir, la reforma educativa francesa ha producido diecinueve instituciones universitarias (antiguas facultades) de educaci¨®n f¨ªsica. Aparte de ellas, est¨¢ el INSEP (Instituto Nacional de Deporte y Educaci¨®n F¨ªsica), con licenciatura (cuatro a?os) y doctorado (dos m¨¢s y tesis doctoral).
C¨®mo hayan resuelto los m¨²ltiples problemas de profesorado, de organizaci¨®n de nuevos estudios, de incorporaci¨®n de t¨¦cnicos deportivos a las c¨¢tedras en estos veinte centros netamente universitarios, es ya simple cuesti¨®n de capacidad creativa, de imaginaci¨®n, de realismo y de ausencia de prejuicios. ?En Espa?a somos impotentes para crear tal tipo de instituciones? Y si se acude al ejemplo de la conflictividad que produjo la creaci¨®n de la facultad de Ciencias de la Informaci¨®n -a la que se alude reiteradamente-, ?por qu¨¦ se ignora la evidente realidad acad¨¦mica de m¨¢xima exigencia en estudios y reconocido prestigio internacional de los INEF? No se trata aqu¨ª de crear una facultad ex nihilo, sino sencillamente de reconocer administrativamente una s¨®lida entidad acad¨¦mica. Esta ignorancia de lo que ya existe es quiz¨¢ el punto m¨¢s oscuro y extra?o en la conducta de redactores y responsables del presente proyecto de ley.
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