El oportunismo en materia de suelo y vivienda
La presentaci¨®n, a mediados de marzo, de un decreto-ley sobre creaci¨®n del suelo y agilizaci¨®n de la gesti¨®n urban¨ªstica no puede pasar inadvertido ante los sectores de la opini¨®n p¨²blica m¨¢s sensibilizados con la cuesti¨®n urban¨ªstica, la problem¨¢tica de la vivienda y la crisis del sector de la construcci¨®n. Cuando la sociedad espa?ola lleva esperando meses una pol¨ªtica de vivienda y suelo acorde con la nueva realidad constitucional, he aqu¨ª que nos encontramos con un decreto-ley de imprevisibles consecuencias, y que hurta a la opini¨®n p¨²blica y al Parlamento un debate abierto y profundo sobre este sector de la actividad.Mientras que los proyectos de ley de protecci¨®n p¨²blica a la vivienda y el de valoraci¨®n del suelo, hasta el momento bases de discusi¨®n propuestos por el Gobierno, siguen ?aparcados? en el Parlamento, se nos ha sorprendido con un decreto-ley de creaci¨®n de suelo para viviendas, industria y servicios que se salta todas las previsiones, proyectos o borradores de ley anteriores, y que pretende vender barato o regalar literalmente el patrimonio p¨²blico de suelo existente con ¨¦l pretexto de relanzar el sector construcci¨®n.
La ocurrencia de regalar o vender a bajo costo el suelo p¨²blico al sector inmobiliario -para que ¨¦ste siga produciendo viviendas como forma de garantizar la tasa de beneficio- recuerda las mejores ¨¦pocas del franquismo, cuando, a trav¨¦s de la influencia de los grandes promotores sobre el Estado, se fraguaron negocios y fortunas.
Probablemente, los autores de esta ley pretenden colarnos una pol¨ªtica encubierta de suelo y vivienda a corto plazo, sin denominarla por su nombre, sin debate p¨²blico y sin que los sectores afectados por la misma puedan expresar sus opiniones, a excepci¨®n de la Asociaci¨®n de Promotores y Constructores. As¨ª, cuando la situaci¨®n actual viene a cuestionar el papel contradictorio de los diversos agentes privados que intervienen en el sector; cuando el sistema de financiaci¨®n es una nueva sangr¨ªa para el comprador, que acaba por renunciar a serlo; cuando todos reconocen la profunda crisis de la l¨®gica desarrollista de los a?os sesenta, basada en el crecimiento y en la pol¨ªtica despilfarradora de construir m¨¢s y m¨¢s pol¨ªgonos de nuevas viviendas en los extrarradios de las ciudades, el decreto-ley, sencillamente, olvida tales problemas y recurre a la chapucera medida de dilapidar el patrimonio p¨²blico
Salvo la denuncia que del tema y sus repercusiones sobre las reivindicaciones ciudadanas pendientes hizo el VIII Encuentro Estatal de Asociaciones de Vecinos, nadie, que sepamos, se ha pronunciado.
Nos encontramos, pues, con un acto de gobierno discrecional, abusivo y ante el cual los partidos de la oposici¨®n no han reaccionado.
Por nuestra parte, y sin ¨¢nimo de agotar toda la r¨¦plica que una ley como ¨¦sta exige, querernos avanzar algunas conclusiones:
1. En primer lugar, hay que considerar las razones ¨²ltimas -abaratar la vivienda y combatir el paro- con que pretenden justificarse las dr¨¢sticas medidas propuestas en el decreto-ley. Y ello exige plantearse ciertos interrogantes:
?Es que las viviendas de protecci¨®n oficial promovidas por la iniciativa privada constituyen un cauce para facilitar el acceso a un alojamiento digno para los sectores sociales m¨¢s necesitados? Evidentemente, todos sabemos que no es as¨ª, que ello requiere condiciones especiales que ¨²nicamente la promoci¨®n p¨²blica puede ofrecer.
Junto a ello hay que considerar que la aplicaci¨®n de las medidas propuestas no van a repercutir en el descenso de los precios en el mercado y que ni siquiera el decreto-ley condiciona a tal requisito la cesi¨®n del suelo p¨²blico.
?Es que la justa idea de combatir el paro en la construcci¨®n pasa inevitablemente por la promoci¨®n privada y la nueva edificaci¨®n, tal y como parece prejuzgar el decreto-ley? Evidentemente, no. La promoci¨®n p¨²blica, incluyendo la remodelaci¨®n, la rehabilitaci¨®n de viviendas antiguas, la construcci¨®n de equipamientos colectivos... absorben igualmente mano d e obra, adem¨¢s de responder mejor a las necesidades sociales actuales.
?Se justifica, pues, vender a bajo precio o regalar el patrimonio p¨²blico cuando no se cuestionan otros intereses privados (propiedad privada del suelo, promotores, constructores, financiaci¨®n ... ); cuando tal sacrificio de la colectividad no revierte en los sectores m¨¢s necesitados; cuando se hacen o¨ªdos sordos a las necesidades de nuestro maltrecho patrimonio inmobiliario; cuando ello no es condicion sine qua non para combatir el paro?Nuestra respuesta es que no; y, cuando menos, el MOPU deber¨ªa reconocer que ello exige un previo debate y que no es aceptable la utilizaci¨®n discriminada del decreto-ley.
Desde 1975 venimos asistiendo a un aut¨¦ntico tejer y destejer. Sucesivas leyes, decretos y disposiciones derogatorias han creado una incoherencia en materia de suelo y vivienda dif¨ªcil de describir. La aparici¨®n de este decreto-ley-en una situaci¨®n totalmente contradictoria y en crisis, pese a las interpretaciones interesadas que sobre el tema hace el ministerio, supone un bal¨®n de ox¨ªgeno a determinados grupos inmobiliarios, con la finalidad de que ¨¦stos no reduzcan su actividad ni sus beneficios.
?Es que el suelo p¨²blico existente est¨¢ localizado en aquellos n¨²cleos de poblaci¨®n que m¨¢s interesan hacer crecer o que m¨¢s expectativas tienen de poder hacerlo? ?Es que este suelo, dentro de las propias ¨¢reas urbanas dqride exista o se aproxime, no va a entrar en contradicci¨®n con otras expectativas que los propios sectores inmobiliarios -o parte de ellos- ya tienen trazadas? ?Es que este decreto no interfiere los planes y programas urban¨ªsticos de las comunidades aut¨®nomas y de los ayuntamientos que se hayan planteado en sus respectivos ¨¢mbitos, la ordenaci¨®n, jerarquizaci¨®n y superaci¨®n de los problemas heredados, para lo cual es necesario contar con el suelo p¨²blico existente en manos de la Administraci¨®n central? ?Es que el ministerio ya no pienza realizar viviendas de promocion p¨²blica o directa?
2. En segundo lugar, junto a la promoci¨®n de vivienda, se incluye en el decreto-ley el fomento de la instalaci¨®n o ampliaci¨®n de industrias y servicios igualmente en pol¨ªgonos o ¨¢reas de expansi¨®n industrial de propiedad p¨²blica.
La importancia del asentamiento industrial o productivo en general para la fijaci¨®n del crecimiento o desarrollo de nuestras ciudades, no es necesario recordarlo. Nuevamente aqu¨ª tropezamos con la carencia de una pol¨ªtica urban¨ªstica y de ordenaci¨®n territorial. El seguir lament¨¢ndonos de los desequilibrios territoriales de palabra, cuando de hecho, v¨ªa este tipo de decretos-ley, nos estamos tragando las imposiciones del capital industrial y de servicios (especialmente extranjero), que localiza sus inversiones seg¨²n sus l¨®gicos intereses, nos lleva a denunciar la existencia de una pol¨ªtica urban¨ªstica encubierta, que hurtando su discusi¨®n en el Parlamento se impone a aquellas comunidades aut¨®nomas o locales como un hecho consumado. ?Ha pedido o piensa pedir alg¨²n parlamentario explicaciones al Gobierno de qu¨¦ relaci¨®n guarda este decreto-ley con la instalaci¨®n de ciertas inversiones extranjeras, empezando por la General Motors? ?La presencia y el informe previo del Ministerio de Industria y Energ¨ªa en los coricursos de adjudicaci¨®n de suelo p¨²blico hay que entenderla como un s¨®lido apoyo a la realizaci¨®n de centrales de energ¨ªa y, especialmente, a las nucleares? ?Al amparo de la crisis econ¨®mica y del paro, y en base a una hipot¨¦tica salida de la misma, va a dejarse manos libres al Gobierno para que regale el suelo p¨²blico, incentive la inversi¨®n de las multinacionales y determine los asentam¨ªentos de poblaci¨®n y empleo, a su antojo, en sucesivos consejos de ministros, tal y corno posibilita el decreto-ley?
3. Finalmente, el decreto-ley aborda la agilizaci¨®n de la gesti¨®n urban¨ªstica, pero solamente para los planes parciales, especiales y proyectos de urbanizaci¨®n, es decir, para las actuaciones en suelo urbanizable programado. Las facilidades que le otorgan a las empresas urban¨ªsticas mixtas (no hace falta ser mayoritaria la Administraci¨®n) para la ejecuci¨®n de los planes, urbanizaciones, incluso la concesi¨®n de licencias sin necesidad del tr¨¢mite municipal, hacen pensar en que lo que el decreto-ley denomina, rimbombantemente, ?agilizaci¨®n de la gesti¨®n urban¨ªstica?, va dirigida exclusiva mente a agilizar la gesti¨®n de los sectores inmobiliarios que hoy d¨ªa encuentran resistencias en unos ayuntamientos celosos de sus com petencias y de no acumular m¨¢s problemas de los que ya tienen.
Que desde el Gobierno se pretenda ?colar? tal tipo de medidas es Iamentable y un peligro para los intereses de los sectores populares. M¨¢xime cuando ya se nos anuncian otras leyes que completen y perfeccionen los contenidos de este decreto-ley: ley de la Vivienda, de Arrendamientos Urbanos, del Suelo, el marco legal que defina la futura ley de r¨¦gimen local, todas ellas de un enorme alcance, y que van a determinar aspectos claves en las condiciones de vida de nuestros pueblos y ciudades.
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