Casados y solteros, en Hacienda
La tabla de retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas, publicada por decreto el d¨ªa 1 de enero, establece diferentes tipos de cotizaci¨®n para los solteros, casados sin hijos y casados o solteros con hijos. Sin embargo, el Ministerio de Hacienda ha dictado unas instrucciones reservadas reinterpret¨¢ndolas y reduci¨¦ndolas a solteros y casados (o solteros) con hijos. Es decir, los casados sin hijos y uno de los c¨®nyuges (al que no se deduce por los hijos) en los matrimonios que trabajan los dos y tienen hijos son considerados solteros.Si bien estas nov¨ªsimas normas no afectan a las empresas privadas, pues los interventores de Hacienda no fiscalizan sus n¨®minas para hacerlas efectivas, en el caso de los funcionarios p¨²blicos se encontrar¨¢n que sus descuentos por IRPF, en los casos expuestos, no se corresponden a lo establecido legalmente como consecuencia de la rapidez e impunidad de Hacienda para modificar sus propios decretos con estos disparates legales que son las circulares reservadas y secretas./
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