La prensa del ex Movimiento
El acuerdo recientemente adoptado por el Consejo de Ministros, a propuesta del de Cultura, de remitir a las Cortes un proyecto de ley relativo a los peri¨®dicos adscritos a los Medios de Comunicaci¨®n Social del Estado (MCSE) -antigua cadena de Prensa del Movimiento- instrumenta la buena voluntad del Gobierno en torno a que, sin m¨¢s demoras, se d¨¦ una soluci¨®n a tan complejo y delicado problema, heredado del anterior r¨¦gimen.Estando en la mente de todos que tal soluci¨®n ha de ser justa y definitiva, entendemos que para alcanzar dicha meta el futuro texto legal deber¨¢ contemplar las varias cuestiones concurrentes en el asunto y resolverlas de forma adecuada. Al parecer, no; este proyecto de ley no lo hace as¨ª, ya que en ninguna de las numerosas noticias informativas publicadas durante estos ¨²ltimos d¨ªas, se refleja que el proyecto aluda tan siquiera y, en su consecuencia, penetre en la primera y principal cuesti¨®n a solventar, de la que generaron las dem¨¢s: la expoliaci¨®n sufrida.
Como es sabido, la Prensa del Movimiento fue fundada gracias a las incautaciones de las m¨¢quinas y dem¨¢s material de talleres de imprenta o editoriales pertenecientes a empresas o entidades contrarias al Movimiento Nacional, que pasaron al patrimonio de la Delegaci¨®n Nacional de Prensa y Propaganda de FET y de las JONS por la ley de 13 de julio de 1940.
Aunque condicionados por las circunstancias pol¨ªticas de aquel entonces, la gran mayor¨ªa de los perjudicados no admitieron ni consintieron las expoliaciones operadas, y tal vez la oposici¨®n m¨¢s tenaz fue la desarrollada por Sociedad Editora Universal, SA, propietaria de los peri¨®dicos Heraldo de Madrid y El Liberal, de Madrid; El Liberal, de Sevilla; El Liberal, de Murcia, y El Defensor, de Granada, que ya el 28 de enero de 1947 tuvo el valor, rayano en la temeridad, de formular a FET y de las JONS un requerimiento notarial exigi¨¦ndole la devoluci¨®n de sus bienes, reproduciendo luego y en diversas fechas su reclamaci¨®n ante los sucesivos delegados nacionales de Prensa del Movimiento, ministerios de Informaci¨®n y Turismo, de Hacienda y Secretar¨ªa General del Movimiento, promoviendo, m¨¢s tarde, dos recursos contencioso-administrativo y ejercitando el derecho de petici¨®n ante el primero de dichos ministerios.
Conocemos, de ciencia propia, los dos motivos por los cuales dicha compa?¨ªa y, seguramente, otros perjudicados mantuvieron su actitud. oposicionista: dar valor testimonial frente al atropello pol¨ªtico cometido y confiar en que una vez se restaurara la democracia en Espa?a el historial de sus peri¨®dicos, nuevamente al servicio de los ciudadanos, constituir¨ªa un poderoso elemento para consolidarla. La actual Administraci¨®n conoce perfectamente esta primera y, a todas luces, muy lamentable faceta del problema de los MCSE.
Al margen de la informaci¨®n que haya podido aquella obtener a trav¨¦s de otras fuentes lo cierto es que desde el mes de abril de 1977, en el que se promulgaron las primeras normas legales sobre la cadena de Prensa del Movimiento, Sociedad Editora Universal, SA, con tenacidad digna de mejor resultado, ha venido reproduciendo ante la Presidencia del Gobierno, la subcomisi¨®n parlamentaria en su d¨ªa nombrada y los sucesivos ministros de Cultura y secretarios de Estado para la Informaci¨®n sus anteriores reclamaciones sobre devoluci¨®n de los bienes que le fueron incautados o de sus equivalentes, brind¨® la modesta colaboraci¨®n personal de sus elementos directivos y hasta con una visi¨®n pragm¨¢tica de las cosas sugiri¨® una simpl¨ªsima soluci¨®n.
Clasificaci¨®n de bienes
Los bienes disfrutados por el organismo aut¨®nomo Medios de Comunicaci¨®n Social del Estado. deben de ser clasificados en dos grupos. El primero, constituido Por los, en su d¨ªa, requisados o incautados y, en su lugar por defecto o deterioro, por sus hoy equivalentes, que han de ser devueltos a sus leg¨ªtimos propietarios sin cargas de ninguna clase; y el segundo integrado por los restantes bienes, los que- exclusivamente - tienen que ser objeto del proceso liquidatorio que se acordare.
Deseamos, ante todo, que en el referido proyecto de ley no se haya incurrido en la omisi¨®n que, con la reserva apuntada de basarnos solamente en las noticias informativas, aqu¨ª destacamos, y si por razones que no se nos alcanzan tal omisi¨®n se hubiere producido, rogamos a quien corresponda que sea debida y justamente subsanada antes de su remisi¨®n a las Cortes.
Rogamos. tambi¨¦n, y porrazones de justicia y hermandad, el apoyo de los medios informativos, de las asociaciones de la Prensa y de todos los periodistas sin excepci¨®n en esta nuestra labor de lograr la reparaci¨®n; aunque s¨®lo sea en una peque?¨ªsima parte, de los da?os y perjuicios causados por unas arbitrarias expoliaciones period¨ªsticas -en las que no se tuvo la preocupaci¨®n de salvaguardar los derechos de los periodistas y trabajadores, quienes resultaron sus principales v¨ªctimas- y las que se siguen manteniendo incomprensiblemente en pleno per¨ªodo de consolidaci¨®n democr¨¢tica.
Deseamos, as¨ª bien, que durante la tramitaci¨®n del proyecto de ley en las Cortes se produzca un eficaz consenso, natural y l¨®gico, puesto que no puede existir ning¨²n partido con representaci¨®n parlamentaria que no anhele una pronta, justa y definitiva soluci¨®n para los Medios de Comunicaci¨®n Social del Estado.
Y, finalmente, rogamos que, en todo momento, este tan desgraciado asunto sea enjuiciado con sinceridad y rectitud. Olvidar la expoliaci¨®n decretada por el antiguo r¨¦gimen, causa del embrollo en el que nos hallamos inmersos, podr¨ªa desembocar en la incre¨ªble paradoja de que unas Cortes democr¨¢ticas ratificasen las incautaciones con las que, hace m¨¢s de cuarenta a?os, fueron sancionadas unas entidades y empresas period¨ªsticas precisamente por el pecado de ser dem¨®cratas.
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