Raz¨®n de los estatutos
Desde los a?os cincuenta, dijimos y repetimos con insistencia que la peor herencia que Franco dejar¨ªa a Espa?a ser¨ªa el problema de las nacionalidades, porque las cuatro d¨¦cadas de su dictadura lo hab¨ªan enconado gravemente. Lo ocurrido despu¨¦s, es cosa de todos los espa?oles sabida por vivida. Hoy resulta lugar com¨²n en nuestro pa¨ªs lamentar el embrollo de las autonom¨ªas, con justificada raz¨®n, pues las improvisaciones y los trapicheos pol¨ªticos, de que algunas de nuestras m¨¢s viejas e ilustres regiones han sido v¨ªctimas, a partir de 1978 han enmara?ado el asunto con manifiesta torpeza.Aunque sea brev¨ªsimamente, trataremos aqu¨ª de examinar la cuesti¨®n desde su misma base. ?Por qu¨¦ y para qu¨¦ son en Espa?a necesarias las autonom¨ªas de sus diversas regiones hist¨®ricas? Un r¨¢pido an¨¢lisis nos muestra que dos grandes razones lo exigen ineludiblemente: una, de validez general y naturaleza pol¨ªtica; otra, espec¨ªficamente espa?ola y radicalmente nacional.
El estado descentralizado y las autonom¨ªas regionales son fornias de gobierno y administraci¨®n p¨²blica en principio m¨¢s democr¨¢ticas y eficaces que el centralismo estatal, porque acercan el poder al pueblo y hacen la gesti¨®n del inter¨¦s com¨²n m¨¢s asequible a los ciudadanos. El regionalismo -y m¨¢s a¨²n el federalismo- implica una concepci¨®n del estado superior al unitarismo centralista que tantos da?os ha causado a Espa?a. La concentraci¨®n de los pod¨¦res p¨²blicos en un solo gobierno, con sede en la capital, ejercido con r¨ªgido criterio unitario e insaciable af¨¢n de absorci¨®n, lleg¨® en el Estado espa?ol durante el franquismo a extremos nunca antes alcanzados, caus¨¢ndo todo g¨¦nero de estragos (pol¨ªticos, econ¨®micos, culturales ... ), especialmente en las regiones menos atendidas (el caso de la provincia de Soria es uno de los m¨¢s impresionantes). Nada tiene, pues, de extra?o que se haya extendido entre los espa?oles un amplio sentimiento anticentralista y que en 1978 se considerara necesario introducir en la nueva Const¨ªtuc¨ª¨®n las bases de una Espa?a de las autonom¨ªas.
Otra, profund¨ªsima, raz¨®n -concretamente espa?ola y m¨¢s que de ¨ªndole pol¨ªtica de condici¨®n nacional- que en Espa?a impone, dentro del marco constitucional vigente, la necesidad de las autonom¨ªas reg¨ªonales es la naturaleza misrna de la naci¨®n espa?ola. Porque Espa?a no es una naci¨®n homog¨¦nea, como lo son otras muchas naciones, sino una entidad nacional muy compleja y varia, una comunidad o familia de pueblos a ninguno de los cuales conviene el gentilicio espa?ol m¨¢s ni menos que a cualquiera de los restantes; conjunto que ya en la Edad Media recibi¨® el nombre plural de las Espa?as, y que hace tiempo definimos como una naci¨®n de naciones, concepto al que se acerca el art. 2 de la Constituci¨®n, seg¨²n el cual la naci¨®n espafiola est¨¢ integrada por diversas nacionalidadesy regiones.
Nacionalidades o regiones hist¨®ricas
Galicia, Asturias, Le¨®n, Castilla la Vieja, el Pa¨ªs Vasco (Alava, Vizcaya y Guip¨²zcoa como unidades hist¨®rico- pol¨ªticas independientes), Navarra, Arag¨®n, Catalu?a, Extremadura, Castilla la Nueva (antiguo reino de Toledo), las islas Baleares, Valencia,* Murcia, Andaluc¨ªa y las islas Canarias -aparte de Portugal, desprendida del antiguo reino de Le¨®n en el siglo XII y hoy estado independienteson las quince nacionalid¨¢des o regiones hist¨®ricas que, a partir de la llamada Reconquista y con mayor o menor relevancia, ocupan el territorio y la escena hist¨®rica de Espa?a. Todas ellas aut¨¦nticas creaciones de la historia nacional -la m¨¢s antigua del siglo VIII, la m¨¢s reciente del XV-, no artificiosos inventos del Estado espa?ol, como de algunas a la ligera se ha dicho, y todas igualmente espa?olas, cualesquiera que sean su asiento geogr¨¢fico y su particular cultura.
Tan manifesta es la personalidad propia de cada uno de estos diversos pueblos, que f¨¢cilmente se perciben en ellos mayores diferencias que las a primera vista observables entre otros que hoy constituyen naciones independientes (entre un gallego y un valenciano, o entre un vasco y un andaluz, por ejemplo, se advierte de inmediato mayor contraste que entre un sueco y un noruego, o entre un argentino y un uruguayo). Diversidad que, no obstante, todas las presiones uniformizadoras (pol¨ªticas, administrativas y culturales) ejercidas sobre los espa?oles por el centralismo estatal, ¨¦stos se mantienen fieles, a trav¨¦s de los siglos, a sus respectivos gentilicios regionales (asturianos, vascos, andaluces, catalanes, extreme?os ... ), firme y entra?ablemente arraigados en la conciencia nacional. Esta pluralidad hist¨®rica y natural, considerada por algunos como grave mal de la naci¨®n que es preciso extirpar, constituye para quienes concebimos a Espa?a en su cabal integridad uno de sus m¨¢s ricos tesoros espirituales, digno del mayor respeto y de amorosa protecci¨®n.
Por otra parte, la permanente convivencia en el suelo de la Pen¨ªnsula; la multimilenaria historia conjunta; la lucha por la independencia frente a invasores extranjeros, frecuentemente integrados a la larga en el conjunto espa?ol; la participaci¨®n en empre sas comunes, venturosas unas, in faustas otras..., han creado al correr de los siglos una conciencia, unos sentimientos y una voluntad co munitaria entre todos los pueblos de Espa?a que, por encima de sus diferencias, constituyen la base hist¨®rica y el principal fundamento humano de la naci¨®n espa?ola. Porque las naciones son criaturas que la historia pare tras lenta y complicada gestaci¨®n. Y su base y su raz¨®n ¨²ltima est¨¢n en la conciencia que de pertenecer a ellas tienen los individuos que las componen; convivencia colectiva que se mantiene sobre todo de la me moria hist¨®rica,
Tradiciones opuestas
Desde la Edad Media se han encontrado en Espafia dos tradiciones opuestas. Una pluralista y federativa, con tres ramas diferentes: la vieja Castilla, propiamente dicha, y sus vecinas y aliadas, las comunidades vascongadas (Alava, Vizcaya y Guip¨²zcoa), a ella voluntariamente unidas; los pa¨ªses de la corona catalano-aragonesa (Catalu?a, Arag¨®n, Valencia y las islas Baleares), y Navarra, que se uni¨® a la corona de Le¨®n y Castilla en el siglo XV, conservando su condici¨®n de re¨ªno por s¨ª. Esta tradici¨®n, de muy viejas ra¨ªces, se manifiesta en el siglo XIX en dos campos pol¨ªticos opuestos: el carlismo foral y el republicanismo federal.
Otra concepci¨®n de Espa?a, unitarista y centralizadora, es la heredada del imperio visigodo, que, a trav¨¦s de la monarqu¨ªa neog¨®tica, nacida en Covadonga, se extiende ampliamente por el suelo peninsular, pasa al imperio espa?ol, y tiene un anacr¨®nico y fugaz rebrote seudoimperial en la pr¨ªmera etapa del francofalangismo. La naci¨®n espa?ola viene as¨ª enredada, desde hace siglos, en una permanente contradicci¨®n entre la naturaleza plural y varia del pa¨ªs y sus comunidades hist¨®ricas, y el r¨¦gimen centralista y homogeneizador que las oligarqu¨ªas dominantes han tratado de imponerle.
Grave da?o a nuestra tradici¨®n pluralista aut¨®ctona fue la introducci¨®n en Espa?a de la idea francesa del Estado nacional, originada en el absolutismo borb¨®nico y desarrollada, con otra filosof¨ªa pol¨ªtica, por el jacobinismo republicano y el imperio napole¨®nico. Una naci¨®n: un Estado, una lengua, una sola ley, una sola bandera, un Gobierno centralizado. Deslumbrados por el brillo de la Revoluci¨®n Francesa, nuestros progresistas del siglo XIX creyeron, en general, que todos los pueblos del mundo deb¨ªan seguir el modelo nacional parisino. Error que muy caro hemos pagado. La divisi¨®n de Espa?a en provincias, a imitaci¨®n de los departamentos franceses, establecida por un simple real decreto de 1833, alter¨® arbitrariamente en algunas regiones los l¨ªmites tradicionales de las viejas comunidades, para crear nuevas entidades administrativas, sembrando as¨ª el germen de conflictos que hoy vienen a complicar m¨¢s la confusi¨®n provocada por nuevos proyectos regionales concebidos con excesiva ligereza.
Vinculaci¨®n a la idea federal
Espa?a necesita una idea de la naci¨®n acorde con su propia, naturaleza, ¨ªmposible de hallar en modelos extranjeros incongruentes, con nuestra historia y nuestra realidad nacional, que conciba la integridad de la patria como uni¨®n de sus diversos pueblos en el aspecto a la personalidad y el Gobierno interno de cada uno de ellos; y una concepci¨®n federal del Estado, porque el federalismo es el r¨¦gimen pol¨ªtico que mejor armoniza la uni¨®n con la diversidad; la solidaridad de? conjunto con la particularidad de los elementos que lo componen. Nuestro pa¨ªs est¨¢ intr¨ªnsecamente v¨ªnculado a la idea federal por la naturaleza misma de la naci¨®n espa?ola. Si hay alguna naci¨®n en el mundo -hemos dicho en otro lugar- que por su naturaleza, su geograf'ia, su historia y su cultura, requiera un Estado democr¨¢tico de estructura federal firmemente trabada, ninguno m¨¢s que Espa?a.
La Constituci¨®n de 1978, que define a Espaf¨ªa como integrada por diversas nacionalidades y regiones, y reconoce a todas ellas el derecho a la propia autonom¨ªa, aunque no est¨¢ basada en una concepci¨®n federal del Estado, contiene los principios necesarios para una buena soluci¨®n del gran problema de nuestr¨¢ complejidad nacional. De acuerdo con ella, los estatutos de autonom¨ªa son los instrumentos jur¨ªdicos que las nacionalidades o regiones hist¨®ricas de Espa?a necesitan para la protecci¨®n de su particular identidad.
Extender y consolidar el Gobierno democr¨¢tico en todos los ¨¢mbitos del pa¨ªs. Respetar la personalidad de todos los pueblos hispanos y ayudar al desarrollo de sus respectivas culturas afirmando, a la vez, la integridad del conjunto espa?ol. Tales son las razones fun damentales de los estatutos que la Constituci¨®n de 1978 acertada mente establece. La primera se ar ticula en torno a elementos objeti vos (geogr¨¢ficos, econ¨®micos, le gales ... ); la segunda, se basa en va lores humanos no mensurables (memoria hist¨®rica, conciencia y voluntad colectivas de muche dumbres humanas ...). En la apreciaci¨®n de aqu¨¦lla, conviene tener en cuenta la opini¨®n de los exper tos; en el enfoque de ¨¦sta, puede ser desastroso el consejo de tecn¨®cra tas carentes de adecuada sensibilidad.
* Para evitar confusiones entre la ciudad, la provincia y la regi¨®n pluriprovincial del mismo nombre, los valencianos han decidido llamar a ¨¦sta Pa¨ªs Valenciano, ejemplo v¨¢lido para el antiguo reino de Le¨®n y para el territorio no castellano del antiguo reino de Toledo, confusamente llamado Castilla la Nueva.
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