La sociedad bilba¨ªna El Sitio se niega a ser declarada 'inexistente'
Una nota de la alcald¨ªa de Bilbao, haciendo suyo un dictamen de la asesor¨ªa jur¨ªdica por el que se rechaza la reclamaci¨®n por parte de la sociedad El Sitio de la devoluci¨®n de sus locales, expropiados en 1937 en virtud del decreto franquista de "responsabilidades pol¨ªticas", ha provocado una respuesta de la junta de dicha sociedad en la que, entre otros puntos, se expresa el asombro producido por el hecho de que el alcalde nacionalista Jon Casta?ares haga suya y d¨¦ sin m¨¢s por buena la decisi¨®n adoptada en su d¨ªa por el Gobierno del general Franco.El dictamen que asume la alcald¨ªa parte, en efecto, de la consideraci¨®n de que la sociedad El Sitio fue "definitivamente disuelta" en 1937.
El hecho de que la primera autoridad municipal olvide que en la misma fecha y en aplicaci¨®n a la misma ley fueron tambi¨¦n "definitivamente disueltas", entre otras sociedades, el partido al que pertenece el alcalde, Jon Casta?ares, es uno de los motivos que explican el asombro de los directivos de El Sitio. Tanto m¨¢s cuando el alcalde no s¨®lo da por buena esa disoluci¨®n, sino que se permite asegurar que la actual sociedad El Sitio nada tiene que ver con la existente desde fines del siglo XIX hasta 1937. "La recientemente creada sociedad", dice en efecto el dictamen que hace suyo la alcald¨ªa, "no obstante, ni puede ostentar derecho alguno sobre los bienes inmuebles, y, menos a¨²n, sobre los muebles que en su d¨ªa formaron parte integrante de la primitiva y hoy extinguida sociedad con Igual denominaci¨®n a la que nos ocupa".
"Acta de continuidad"
Al margen de que, evidentemente, una tal argumentaci¨®n podr¨ªa ser utilizada respecto a todas las organizaciones disueltas por el r¨¦gimen del general Franco incluido el PNV, que sin embargo ha recuperado los balzokis que en su d¨ªa le fueron incautados, en el caso concreto de El Sitio", se da la circunstancia de que la reanudaci¨®n de sus actividades en mayo de 1980, se hizo en virtud de un acta de continuidad suscrita por los socios supervivientes en dicha fecha, que son actualmente unos cincuenta. Los estatutos de la sociedad, por otra parte, siguen siendo los que la rigieron desde su fundaci¨®n.Seg¨²n la alcald¨ªa, el dictamen por ella encargado "hace unas contundentes consideraciones sobre la legalidad de la compra que el Ayuntamiento hizo al Estado en 1942". Se refiere a la enajenacion de la antigua sede de El Sitio, realizada en dicho a?o por la Junta de Incautaciones por un importe, por cierto, bastante inferior al que podr¨ªa considerarse normal.
Las, al parecer fundadas, sospechas de que en realidad el Ayuntamiento no lleg¨® nunca a satisfacer la cifra convenida -lo que convertir¨ªa a la operaci¨®n en una venta simulada o donaci¨®n encubierta-determinaron que la minor¨ªa socialista en la Corporaci¨®n solicitase una certificaci¨®n del pago efectivo de las cantidades poactadas (tres anualidades de 200.000 pesetas). Pero aunque tales pagos pudieran probarse, no dejar¨ªa de ser dudosa la juridicidad -ya que no legalidad- de una adquisici¨®n realizada a quien se convirti¨® en propietario por la v¨ªa expeditiva de la apropiaci¨®n, en la forma conocida.
Babelia
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