Suboficiales jubilados
Quiero referirme a todos los suboficiales de la Polic¨ªa Nacional, Guardia Civil y de los tres Ej¨¦rcitos que se encuentren en mi caso o parecida situaci¨®n.Como sabemos, todos los nacidos antes del a?o 1921, as¨ª como los que tomaron parte en la guerra civil espa?ola, al llegar la hora de la jubilaci¨®n ten¨ªan derecho a desempe?ar en otro organismo oficial un destino civil que compensaba su exiguo haber, ya que a todo jubilado debe quedarle una pensi¨®n suficientemente digna para poder vivir y no dedicarse a otro empleo de ninguna clase, al mismo tiempo que muchos puestos de trabajo que ocupa el personal jubilado los ocupar¨ªan otros que carecen de trabajo de toda clase. -
Por otra parte, los que nacimos en fechas posteriores a 1921, no s¨®lo no tenemos derecho a estos destinos, sino que despu¨¦s de habernos descontado el 5% del haber, nos han dejado con el 80%, mientras a los anteriores, con el 90%. Esto si que no hay quien lo entienda, por lo menos yo.
Despu¨¦s viene la ley de Reserva Activa, que tampoco nos alcanza por llevar un a?o o m¨¢s retirados, por lo que existe una diferencia de treinta y tantas mil pesetas en los haberes mensuales, por lo que existe un malestar general, ya que los legisladores, a la hora de aprobar la ley de Reserva Activa hasta los 65 a?os de edad, no lo han tenido en cuenta, al hacer caso omiso del art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n, que dice: "Todos los los espa?oles son iguales ante la ley", y las palabras pronunciadas por Su Majestad el Rey en el Congreso de los Diputados, con motivo de su coronaci¨®n, que, entre otras cosas, dijo: "Nadie ser¨¢ olvidado ni habr¨¢ privilegios"./
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