Ledesma expone al Parlamento la voluntad de "satisfacer las demandas sociales"
"Trabajaremos sin desfallecer para cumplir el programa socialista en materia de justicia y satisfacer las demandas sociales que conocemos que existen". Con estas palabras termin¨® ayer el ministro de Justicia, Fernando Ledesma, su comparecencia ante la Comisi¨®n de Justicia e Interior del Congreso, a la que inform¨® sobre el desarrollo legislativo de los derechos fundamentales, reforma de la Administraci¨®n de justicia, actuaciones en materia penitenciar¨ªa y pol¨ªtica presupuestaria de su departamento, entre otras cuestiones. La comisi¨®n ser¨¢ convocada de nuevo pr¨®ximamente para que los diputados pregunten a Ledesma.
El ministro de Justicia se refiri¨® en primer lugar a los proyectos de ley ya remitidos al Parlamento en relaci¨®n con el desarrollo de los derechos fundamentales reconocidos en la Constituci¨®n. De la regulaci¨®n del derecho de reuni¨®n y manifestaci¨®n destac¨® que ninguna reuni¨®n requerir¨¢ la previa autorizaci¨®n y el nuevo papel que se atribuye a la autoridad gubernativa, "que est¨¢ para hacer posible ese derecho, no para reprimirlo". Ledesma invoc¨® una sentencia del Tribunal Constitucional, de 16 de junio del a?o pasado, que pide una regulaci¨®n "que facilite lo m¨¢s posible" el ejercicio del derecho de reuni¨®n.Otro proyecto de ley ya en las Cortes, el que reforma los art¨ªculos 503 y 504 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, fue justificado por el cumplimiento del mandato constitucional de la presunci¨®n de inocencia y del derecho de toda persona a ser juzgada en un plazo razonable. El hecho de que casi la mitad de las 22.000 personas que integran la poblaci¨®n penitenciar¨ªa se encuentren en prisi¨®n provisional, ha aconsejado reducir los casos en que se puede encarcelar a los procesados y limitar el periodo de privaci¨®n de libertad a dieciocho meses como m¨¢ximo en los casos normales, y a treinta meses en supuestos excepcionales.
En la regulaci¨®n del amparo judicial de los derechos fundamentales, el Gobierno prepara la reforma de los art¨ªculos 520 y 527 de la citada ley procesal penal y del habeas corpus o derecho del detenido o preso a ser puesto a disposici¨®n del juez. Ledesma record¨® que la situaci¨®n actual de la asistencia letrada es objeto de abiertas cr¨ªticas desde distintos sectores jur¨ªdicos, y que la nueva regulaci¨®n trata de resolver los problemas de los detenidos o presos que no ejercitaban este derecho, as¨ª como el papel del letrado -hasta ahora, mero espectador- y los casos especialmente dificiles de quienes se encuentran incomunicados.
Ampliando lo publicado ayer por este peri¨®dico, el ministro de Justicia -que insisti¨® en el "com¨²n acuerdo" entre su departamento y el de Interior- se?al¨® que la nueva regulaci¨®n garantiza la posibilidad de asistencia letrada y reconocimiento m¨¦dico, incluso en los supuestos de incomunicaci¨®n, y la actitud din¨¢mica del letrado, quien podr¨¢ exigir que se informe al detenido o preso del derecho a guardar silencio o a declarar s¨®lo en parte y a ser asistido gratuitamente por un int¨¦rprete, "cuando se trate de extranjero". En el borrador elaborado por Justicia se ampliaba este derecho al detenido o preso, aunque fuera espa?ol, que no comprendiera o no hablara castellano. El abogado podr¨¢ tambi¨¦n solicitar la aclaraci¨®n o ampliaci¨®n de los extremos que considere convenientes, y la cons¨ªgnaci¨®n en acta de cualquier incidencia que se produzca durante la diligencia.
En cuanto a la renunciabilidad o no del derecho de asistencia letrada, Fernando Ledesma detall¨® los distintos niveles en los que se produce el supuesto. Los detenidos por faltas o delitos castigados con penas de hasta seis meses de c¨¢rcel, podr¨¢n renunciar a dicha asistencia. Si la pena correspondiente al delito que se le impute es superior a seis meses, la posible renuncia "ser¨¢ notificada inmediatamente a la autoridad judicial", que decidir¨¢ lo que estime oportuno, entre otras cosas, que el detenido o preso sea inmediatamente a su disposici¨®n. Por ¨²ltimo, en los casos de incomunicaci¨®n, el Gobierno preve la absoluta irrenunciabilidad, pero a trav¨¦s del abogado que corresponda en el turno de oficio. El incomunicado no tendr¨¢ derecho a que se comunique a su familia, tutor o, en su caso, c¨®nsul, la detenci¨®n, ni a entrevistarse con el abogado al t¨¦rmino de la diligencia de que en ese momento se trate. La designaci¨®n de abogado se notificar¨¢, de forma fehaciente e inmediata, al Colegio de Abogados, para que el abogado designado o el de oficio acuda a la mayor brevedad y, en todo caso, en el plazo m¨¢ximo de ocho horas. La posible tardanza en la llegada del abogado es una de las razones que han inclinado al ministerio de Justicia a aceptar en los casos menos graves la renuncia al derecho de asistencia. Transcurrido el plazo de ocho horas, la declaraci¨®n o reconocimiento del detenido o preso se podr¨¢ producir sin asistencia de abogado. En el caso del incomunicado, que no puede renunciar, este plazo se reduce a cuatro horas o a menos, si hay peligro grave "para la vida o integridad f¨ªsica de alguna persona".
Seis nuevas c¨¢rceles en 1983
Sobre la regulaci¨®n del habeas corpus, el ministro de Justicia se?al¨® que est¨¢ legitimado para pedir la puesta a disposici¨®n judicial de los ilegalmente detenidos o sujetos de malos tratos, el juez del lugar, el fiscal, la persona afectada o sus familiares o representantes. La autoridad gubernativa que no tramite la petici¨®n incurrir¨¢ en rsponsabilidad disciplinaria y la autoridad judicial no podr¨¢ denegarla, si no es manifiestamente improcedente.
En cuanto a actuaciones concretas, en materia penitenciaria se levantar¨¢n cinco nuevos centros en 1983 (en Valladolid, Lugo, Alcal¨¢ de Henares, Ibiza, Alicante y Puerto de Santa Mar¨ªa), con capacidad para un total superior a los 1.800 internos. Entre los problemas urgentes de soluci¨®n, cit¨® el de Barcelona, en donde existen 2.000 internos, cuando la capacidad ¨®ptima es s¨®lo para 650. Otros muchos centros ser¨¢n ampl¨ªados y modernizados y se crear¨¢ el cuerpo de asistentes sociales.
Ledesma ofreci¨® muchos otros datos sobre leyes menos inmediatas, como la org¨¢nica del Poder Judicial -prevista para junio pr¨®ximo- y la reforma de la de Enjuiciamiento Civil, y explic¨® las buenas relaciones con el Consejo General del Poder Judicial, que han dado como fruto el acuerdo en la programaci¨®n presupuestaria del departamento. Destac¨® tambi¨¦n el decreto-ley que ha devuelto a los juzgados de instrucci¨®n y audiencias provinciales la competencia en los delitos de desacato a trav¨¦s de la Prensa sobre los que entend¨ªa la Audiencia Nacional.
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