Admitida cuesti¨®n de inconstitucionalidad sobre venta y traspaso de farmacias
El Tribunal Constitucional ha admitido a tr¨¢mite una cuesti¨®n de inconstitucionalidad sobre la venta y traspaso de las oficinas de farmacia, por considerar que puede contravenir los art¨ªculos 14, 35 y 38 de la Constituci¨®n. La cuesti¨®n ha sido planteada por la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial de Valencia.La venta y traspaso de las oficinas de farmacia se regula en la base 16, p¨¢rrafo noveno, de la ley de Bases de Sanidad Nacional, de noviembre de 1944, que dice: "queda regulado y establecido dentro del territorio nacional el establecimiento de oficinas de farmacia, incluso con las amortizaciones que se creen, dirigido a salvar los intereses de la propiedad".
"El traspaso o venta de las oficinas de farmacia se efectuar¨¢ en las condiciones que se determinen por la Direcci¨®n General de Sanidad en el oportuno reglamento".
"La Direcci¨®n General de Sanidad determinar¨¢ en el plazo de dos meses las condiciones de venta y traspaso de las farmacias y en su adjudicaci¨®n se reconocer¨¢ el derecho preferente a los farmace¨²ticos que tuvieran el t¨ªtulo con anterioridad a 1941".
El art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n dice que todos los espa?oles son iguales ante la ley. El 35 se refiere al deber y al derecho al trabajo que tienen los espa?oles, y el 38 reconoce la libertad de empresa.
El planteamiento de inconstitucionalidad se basa en que la preferencia en la adjudicaci¨®n de las oficinas de farmacia en raz¨®n de la antig¨¹edad en la titulaci¨®n.
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