La huelga policial
LA ANUNCIADA reanudaci¨®n de las conversaciones entre el Ministerio del Interior y los representantes de los dos sindicatos que agrupan a la inmensa mayor¨ªa de los funcionar¨ªos de la Polic¨ªa, permite albergar fundadas esperanzas de un acuerdo razonable, capaz de evitar los graves peligros inherentes a la declaraci¨®n de una huelga policial. La indeseabilidad de una semiparalizaci¨®n del servicio administrativo a cuyo cuidado se halla el orden p¨²blico procede tanto de necesidades colectivas de car¨¢cter general como de la espec¨ªfica amenaza terrorista. Aunque no exista una relaci¨®n de causa y efecto entre ambos acontecimientos, resulta dificil olvidar que el golpe de Estado frustrado del 23-F se produjo tras la huelga de celo policial desencadenada a ra¨ªz de la muerte de Jos¨¦ Arregui. El atentado perpetrado ayer en La Coru?a, que cost¨® la vida a un guardia civil, lleva, de a?adidura, el ominoso signo de que Pl¨¢cido Pedreira, conductor de un autob¨²s de transporte escolar de hijos de guardias civiles, fue asesinado mientras permanec¨ªa sentado al frente del volante del veh¨ªculo despu¨¦s de haber realizado el servicio.Que la huelga policial podr¨ªa ser altamente peligrosa para la estabilidad institucional y debilitar¨ªa las defensas en la lucha contra el terrorismo no significa, empero, dar por buenas otras interpretaciones -habitualmente conexas en algunos comentarios oficiales- sobre el sentido pol¨ªtico ¨²ltimo de su eventual desencadenamiento y sobre su falta de adecuaci¨®n, con la legalidad vigente. La hip¨®tesis de que la proyectada huelga policial pudiera tener un sentido conscientemente desestabilizador -aparte de su indudable nocividad objetiva- no resulta demasiado plausible, ya que tropieza, entre otras cosas, con el dato de que la USP, sindicato al que el PSOE dispens¨® sus simpat¨ªas antes de alcanzar el Gobierno, se ha unido a esa convocatoria. Recordemos, sin embargo, que el camino del infierno se halla empedrado de buenas intenciones y que no siempre las cat¨¢strofes son originadas por m¨®viles perversos. De otro lado, afirmar que una huelga de la polic¨ªa tendr¨ªa, aqu¨ª y ahora, una significaci¨®n abiertamente lesiva para los intereses generales no implica, en modo alguno, que esa eventual decisi¨®n sea il¨ªcita. Pero as¨ª como la cr¨ªtica de una eventual huelga policial no tiene por qu¨¦ prolongarse en la negaci¨®n de su legalidad, tampoco el reconocimiento constitucional de los derechos sindicales significa, necesariamente, que su ejerc¨ªcio est¨¦ moral y pol¨ªticamente justificado en cualesquiera circunstancias de tiempo y de lugar.
La tesis de que los funcionarios del Cuerpo General de Polic¨ªa no pueden legalmente recurrir, en la negociaci¨®n de sus conflictos profesionales, al instrumento de la huelga, busca sus argumentos en la normativa anterior a la promulgaci¨®n de la Constituci¨®n. Pero esa interpretaci¨®n resulta dif¨ªcil de mantener cuando se tiene a la vista el ordenamiento jur¨ªdico en su conjunto y se recuerda que no cabe esgrimir contra el esp¨ªritu vivo de la Constituci¨®n la letra muerta de disposiciones procedentes del pasado. La palabra sindicato arrastra consigo, hist¨®rica y conceptualmente, al t¨¦rmino huelga; y la inmensa mayor¨ªa de los miembros del Cuerpo General de Polic¨ªa est¨¢n afiliados a las centrales SPP y USP, legalmente constituidas al amparo del art¨ªculo 28 de la Constituci¨®n, seg¨²n el cual "todos tienen derecho a sindicarse libremente", sin m¨¢s salvedades que la prohibici¨®n expresa de que son objeto fiscales y magistrados y las eventuales limitaciones o exceptuaciones, que el legislador aplique "a las Fuerzas o Institutos armados o a los dem¨¢s cuerpos sometidos a disciplina militar". De a?adidura, ese mismo art¨ªculo reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus ¨ªntereses y conf¨ªa a una ley posterior la tarea de establecer "las garant¨ªas precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad".
Las diferencias que separan a los sindicatos poficiales y al Ministerio del Interior son fundamentalmente de car¨¢cter profesional. Los ciudadanos, sin embargo, desear¨ªan que la completa desaparici¨®n de los malos tratos y de las torturas en los departamentos gubernativos encontrara, tambi¨¦n, un lugar primordial en esa plataforma reivindicativa. Por lo dem¨¢s, el incidente ocasionado por la participaci¨®n en un espacio de televisi¨®n de unos polic¨ªas nacionales, todav¨ªa independientes org¨¢nicamente del Cuerpo General de Polic¨ªa, se ha incorporado al memorial de agravios sindical. El programa electoral del PSOE inclu¨ªa la reivindicaci¨®n democr¨¢tica, congruente con las necesiaades funcionales del aparato del Estado, de un Real Cuerpo de Polic¨ªa desmilitarizado que unificara los escalafones del Cuerpo General dePolic¨ªa y de la Polic¨ªa Nacional. No parece justo, en consecuencia, que la inter venci¨®n televisiva de unos polic¨ªas nacionales para defender esa reforma sea contestada por el Gobierno con la amenaza de aplazar el env¨ªo al Congreso del proyecto de ley unificadora o de alterar restrictivamente su articulado. No hay que confundir la fimeza con la rig¨ªdez, ni la autoridad con el ordenancismo, ni la displina racional con la obediencia ciega. El di¨¢logo entre el ministro del Interior y los representantes del SPP y la USP puede ser una v¨ªa mucho m¨¢s apropiada para desvanecer la amenaza de la huelga policial que la ilegalizaci¨®n de su convocatoria me diante una normativa dudosamente vigente. Confiemos en que Jos¨¦ Barrionuevo y los dirigentes de los sindicatos de la polic¨ªa encuentren un lenguaje com¨²n, den muestras de flexibilidad en sus planteamientos y ahorren a la sociedad espa?ola la crispaci¨®n inherente a la declaraci¨®n de esa huelga que nadie quiere, excepci¨®n hecha de los terroristas y los desestabilizadores, y que debe ser evitada, aun reconociendo a sus promotores el derecho constitucional que les ampara.
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