El Gobierno env¨ªa a las Cortes una nueva legislaci¨®n para las corporaciones locales
El gobierno de las comunidades aut¨®nomas, previo dictamen del Consejo de Estado, estar¨¢ capacitado para disolver los ayuntamientos o diputaciones en el supuesto de "gesti¨®n gravemente da?osa" para los intereses supralocales, de acuerdo con el anteproyecto de ley Reguladora de Bases de R¨¦gimen Local que pr¨®ximamente ir¨¢ al Consejo de Ministros para su remisi¨®n al Congreso. La nueva legislaci¨®n permite a las comunidades aut¨®nomas, seg¨²n el documento, la creaci¨®n de comarcas u otras entidades que agrupen a varios municipios.La nueva ley de r¨¦gimen Local, que el Gobierno prometi¨® remitir al Congreso antes del 1 de julio, establece las bases de r¨¦gimen jur¨ªdico de las administraciones locales y servir¨¢, en opini¨®n de sus redactores, de ley-marco a las comunidades aut¨®nomas que contar¨¢n con la facultad de dictar normas legislativas en desarrollo de esas bases y tendr¨¢n un papel relevante en la configuraci¨®n del nivel de la administraci¨®n local comprendida en su territorio.
Las administraciones del Estado y de las comunidades aut¨®nomas, seg¨²n el texto de ley del Gobierno, podr¨¢n requerir a las entidades locales cuando adopten acuerdos o medidas que a su juicio sean contrarias a la legislaci¨®n vigente. El requerimiento, que supone la suspensi¨®n temporal de aquellos acuerdos o medidas, apuntar¨¢ las rectificaciones procedentes o, en su caso, las medidas para subsanar los defectos apreciados.
La ley confiere a las comunidades aut¨®nomas la posibilidad de crear, modificar o suprimir, mediante ley, ¨¢reas metropolitanas y a los municipios el derecho a asociarse en mancomunidades.
En el cap¨ªtulo dedicado al estatuto de los integrantes de las corporaciones locales, el proyecto prev¨¦ que aqu¨¦llos ser¨¢n retribuidos por el ejercicio de sus cargos cuando lo desempe?en con dedicaci¨®n exclusiva y, en ese caso, no podr¨¢n simultanearlos con ninguna otra actividad p¨²blica o privada.
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