La Audiencia Nacional procesa por presunta estafa a los tres ¨²ltimos propietarios de la entidad de ahorro Fidecaya
El juez Francisco Jos¨¦ Castro Meije ha procesado a Manuel Grau Villa, Vicente Edmundo Alfaro Vill¨¦n y Miguel Soriano Carrasco, los tres ¨²ltimos propietarios de la entidad de ahorro particular Fidecaya, como presuntos autores de un delito de estafa y falsedades en documento mercantil y documento privado. Grau y Soriano han sido tambi¨¦n procesados por tentativa de apropiaci¨®n indebida. El titular del Juzgado Central de Instrucci¨®n N¨²mero 5 de la Audiencia Nacional ha decretado la libertad bajo fianza de diez millones para Soriano, de ocho para Grau y de cuatro para Alfaro. Soriano, que ya hab¨ªa sido procesado en este mismo sumario el 13 de abril de 1982, junto al entonces inspector general de seguros Juan Aldaz Isanta, ya hab¨ªa depositado los diez millones.
A Alfaro le ser¨¢n devueltos seis millones, ya que el pasado a?o tuvo que depositar diez millones para poder salir en libertad provisional, al haberse dictado contra ¨¦l auto de prisi¨®n.Para cubrir las responsabilidades econ¨®micas que pudieran derivarse de la causa, el juez ha exigido a Grau una fianza de 1.800 millones de pesetas, y de un mill¨®n para cada uno de los dos restantes. Soriano deber¨¢ entregar c¨¦dulas de Fidecaya por valor de 250 millones de pesetas, para que consten en el juzgado como efecto del delito.
Seg¨²n consta en el auto de procesamiento, de las diligencias realizadas en el sumario se desprende que "en la operaci¨®n defraudatoria llevada a cabo por los procesados Soriano y Aldaz tuvo una intervenci¨®n necesaria Manuel Grau, que pr¨¢cticamente era el anterior titular de Fidecaya".
Grau, que dispon¨ªa del 48 de las acciones de la sociedad, transfiri¨® a Soriano la totalidad de las mismas, que estaban altamente sobrevaloradas. La maquinaci¨®n fraudulenta hace que el precio de las acciones. sea pagado por la tesorer¨ªa de la propia sociedad vendida.
Personas interpuestas, notoriamente insolventes
En la operaci¨®n, Soriano introdujo en Fidecaya una finca r¨²stica, cuyo valor, en el mejor de los casos, no llegaba al 15% del precio satisfecho. La maniobra se inici¨® en el consejo de administraci¨®n del 14 de diciembre de 1978, en el que se incluy¨® en el orden del d¨ªa una oferta de compra de acciones al 546,5% de su valor nominal.Como consecuencia de la oferta, Fidecaya otorg¨® a Soriano un cr¨¦dito por 350 millones y otros cuatro de unos 500 millones cada uno a personas interpuestas, notoriamente insolventes. Los t¨ªtulos representativos de los cr¨¦ditos pasaron directamente a poder de Grau.
Los cr¨¦ditos cumplieron la funci¨®n de pagar los m¨¢s de 2.000 millones del precio de la venta de las acciones de Fidecaya. "La maquinaci¨®n se consuma", a?ade el auto de procesamiento, "cuando aparece como garant¨ªa de cr¨¦ditos concedidos, exclusivamente la finca Puente Largo, situada en Aranjuez, que fuera comprada por Soriano poco tiempo atr¨¢s en un precio que en ning¨²n caso super¨® los 200 millones".
Al introducir la finca en el patrimonio de Fidecaya, cancelando los cr¨¦ditos, se produjo una maniobra fraudulenta con un perjuicio para la sociedad evaluado en 1.800 millones de pesetas. Esto origin¨® que Fidecaya no pudiera hacer frente a sus compromisos con millares de cedulistas, obligando a la intervenci¨®n del Estado, que tuvo que resarcir a los perjudicados por motivaciones sociopol¨ªticas.
Miguel Soriano decidi¨® vender Fidecaya a un grupo representado fundamentalmente por Vicente Edmundo Alfaro. La venta consisti¨® en el pago de una peseta por acci¨®n y la compra de una empresa de artes gr¨¢ficas, Cosol SA, de valor nulo o negativo, y que poco antes Soriano hab¨ªa comprado por poco m¨¢s de tres millones.
Alfaro pag¨® a Soriano 850 millones de pesetas por Cosol. De ¨¦stos, 600 fueron satisfechos mediante letras de cambio por las que se obligaba a pagar a Fidecaya, y los restantes 250 millones en c¨¦dulas de dep¨®sito de Fidecaya que no han sido cobradas.
Vicente Edmundo Alfaro, a trav¨¦s de su abogado, ha presentado recurso de reforma contra el auto de procesamiento, por defectos de forma que, seg¨²n ¨¦l, producen indefensi¨®n, y porque las aportaciones de Alfaro a Fidecaya compensaron las obligaciones asumidas por la empresa.
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