Las elecciones en el Coleg?o de M¨¦dicos de Madrid
Como es ya sabido, el COM de Madrid carec¨ªa, y carece, de estatutos particulares. Ante la convocatoria de elecciones y la llamada de atenci¨®n realizada por la candidatura de Arizcun sobre la necesidad de que existan unos estatutos particulares para poder hacer distritos electorales, aparece la primera menci¨®n p¨²blica de los mismos, seis d¨ªas despu¨¦s de convocadas las elecciones. Estos estatutos, que no eran conocidos, ni hab¨ªan sido aprobados por ninguna asamblea del COM de Madrid, al parecer hab¨ªan sido aprobados en una reuni¨®n de su junta directiva de finales de diciembre de 1983, y no hab¨ªan sido mencionados absolutamente ante nadie. Tambi¨¦n casualmente, son aprobados por la comisi¨®n permanente del CGCM, convocada con car¨¢cter de urgencia, el d¨ªa antes de realizarse la convocatoria de las elecciones, sin .que conste el registro de entrada de estos estatutos en el CGCM y, adem¨¢s, habiendo declaraci¨®n notarial del oficial mayor del citado consejo "de que no tiene constancia de que hayan entrado en el mismo estatutos particulares del COM de Madrid".Por otro lado, la comisi¨®n permanente, de acuerdo con el art¨ªculo 14 de los estatutos del CGCM, carece de capacidad para dicha aprobaci¨®n, y ¨¦sta s¨®lo la tienen el pleno o la asamblea del consejo, por lo que nos encontramos ante una actuaci¨®n manifiestamente injusta de dicha comisi¨®n permanente, a la que pertenecen el presidente, vicepresidente, secretario general, vicesecretario y tesorero del CGCM, es decir, Ramiro Rivera y sus m¨¢s adictos colaboradores.
El contenido de los estatutos
Otro tema a se?alar es la falta de publicidad de los citados estatutos. Hay acta notarial en la que' Luis Sanjuanbenito, secretario del COM de Madrid, se?ala que no puede dar los citados estatutos, dos d¨ªas antes de cerrarse el plazo de presentaci¨®n de las candidaturas y 18 d¨ªas despu¨¦s de convocadas las elecciones, lo que invalida la aplicaci¨®n de los mismos en el supuesto de que hubieran estado leg¨ªtimamente aprobados, ya que no pueden aplicarse de manera retroactiva las leyes y que, adem¨¢s, las normas administrativas deben de ser p¨²blicas para poder aplicarse.
Una lectura, incluso superficial, de los estatutos del COM de Madrid ya pone al descubierto la rapidez y falta de coherencia de los mismos, que parecen hechos a toda prisa, para resolver una necesidad urgente, y en muchos casos son una copia textual, e inadecuada, de los de la OMC.
Quiero aqu¨ª resaltar los cuatro aspectos m¨¢s notorios de estas contradicciones, que, por s¨ª solos, ya dan consistencia a una impugnaci¨®n de los mismos:
- La continua repetici¨®n de los t¨ªtulos y los cap¨ªtulos, as¨ª como la referencia a "los colegios provinciales" regulados por estos estatutos. As¨ª, hay un cap¨ªtulo II sin que exista el I y un t¨ªtulo II sin que haya el I, y se habla de "los colegios provinciales" y de "los cargos de los colegios provinciales", que no es dif¨ªcil comprender que, referidos al COM de Madrid, son inexistentes.
- La elecci¨®n de los compromisarios no se ajusta a lo se?alado en el art¨ªculo 25 de los estatutos de la OMC, que especifican que ser¨¢ "por sufragio universal, secreto y directo", estableci¨¦ndose, en cambio, un extra?o sistema de elecci¨®n de 100 en 100 n¨²meros de colegiados.
- El cap¨ªtulo IV se?ala que los colegiados, para pertenecer a las secciones, deben de estar, "en su caso, en posesi¨®n de nombramiento definitivo", lo que es notoriamente imposible en la mayor¨ªa de las mismas (rurales, jubilados, m¨¦dicos colegiados en los ¨²ltimos cinco a?os y/o en formaci¨®n, asistencia colectiva, ejercicio libre), y de aplicarse s¨®lo a las dem¨¢s, ser¨ªa discriminatorio y atentatorio contr¨¢la igualdad ante la ley, reconocida en el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n.
- Finalmente, el art¨ªculo 28 habla de las juntas comarcales, y s¨®lo se?ala una copia literal de los estatutos de la OMC, pero olvidando que el art¨ªculo 29 de los mismos se?ala que son los estatutos particulares de cada colegio los que deben establecer el n¨²mero y demarcaci¨®n de las mismas, y al no hacerlo en estos seudoestatutos no puede aplicarse, ya que no habr¨¢ juntas comarcales.
El desarrollo de la empa?a
Si los puntos antes se?alados ya ponen en evidencia la ineficacia y las irregularidades que han presidido ¨¦stas elecciones, el desarrollo de la campa?a ha hecho que estas irregularidades lleguen a l¨ªmites insospechados.
En primer lugar, el censo de los diferentes distritos electorales y de las diferentes vocal¨ªas es desconocido por las candidaturas (al menos por las que no son las que se presentan a la reelecci¨®n) 24 horas antes de empezar las elecciones, de manera que carecer¨¢n de capacidad para controlar, salvo que sea a posteriori, las posibles duplicaciones, errores de situaci¨®n, etc¨¦tera. Adem¨¢s, las notificaciones del COM a los colegiados sobre las vocal¨ªas a que pertenecen son absolutamente ca¨®ticas, aparte de incluir a numerosas personas en vocal¨ªas a las que no pueden pertenecer, por ejemplo, a quien esto escribe, que me incluyen en cuatro en lugar de s¨®lo en una, se ha dado el caso de colegiados que han recibido dos notificaciones, con vocal¨ªas diferentes entreellas. Se trata, pues, de un censo ca¨®tico, que, entre otras cosas, va casi a imposibilitar el voto por correo, salvo que se tengan unos criterios d¨¦ aceptaci¨®n muy amplios, y que puede permitir las duplicacio?es o las apariciones de personas que no deber¨ªan estar en el censo. Como an¨¦cdota puedo contar que un f¨ªsico que trabaja como adjunto en el CE Ram¨®n y Cajal ha recibido una carta del COM se?al¨¢ndole el lugar donde puede votar.
Por otio lado, el COM no ha dado ninguna facilidad para la propaganda de las otras candidaturas; as¨ª, y mientras Matos nos ha mandado su propaganda con la misma pegatina del Colegio con la que llega el Madrid m¨¦dico o la convocatoria de las elecciones, las dem¨¢s candidaturas no han tenido acceso a dichas pegatinas y han recibido, una semana antes de las elecciones, un ejemplar del censo, absolutamente inutilizable para efectuar env¨ªos. Est¨¢ claro que Matos ha jugado bien poniendo tantas cuantas trabas le han sido posible a sus oponentes. Y? por fin, el tema de los residentes. Se supon¨ªa que las mesas electorales en los hospitales ten¨ªan como finalidad facilitar el voto, pero, por lo que se ve, s¨®lo un determinado tipo de voto. Tambi¨¦n una semana antes del 14 de junio, las diferentes candidaturas se han enterado de que los residentes no van a poder votar en los hospitales.
La versi¨®n oficial (de Sanjuanbenito) es que no les han facilitado los hospitales dichas listas; la realidad es que no las han pedido, y que incluso en hospitales como el Cl¨ªnico, en que s¨ª les han dado las listas de los residentes, tampoco han sido incluidos. Se trata, pura y simplemente, de dificultar un voto que, presumiblemente, va a ser contrario.
De todo lo dicho me gustar¨ªa sacar dos conclusiones. Una de ellas es que los actuales dirigentes del COM de Madrid y del CGCM han demostrado no estar a la altura de lo que son las necesidades y los modos de una sociedad democr¨¢tica occidental. Su manera de entender el proceso electoral, todo obst¨¢culos para los oponentes y facilidades para el poder, las numerosas irregularidades legales cometidas, etc¨¦tera, les sit¨²an en la ¨®rbita de las elecciones franquistas o de las de la URSS, donde todo est¨¢ atado y bien atado. La imagen de esta representaci¨®n profesional es absolutamente intolerable y francamente lesiva para la profesi¨®n m¨¦dica.
La otra es que las dem¨¢s candidaturas est¨¢n embarcadas en un proceso de dif¨ªcil salida. Estas elecciones tienen criterios m¨¢s que suficientes para ser ?legales, y los tribunales de justicia van a tener tema sobrado con ellas (incluidas las posibles responsabilidades penales a que haya lugar), pues, guste o no, estamos en un Estado de Derecho, y en ¨¦l no pueden vulnerarse impunemente las leyes. Pero es obvio que el proceso legal es, desgraciadamente, lento, y entre tanto habr¨¢ que lograr una salida que nos permita a los m¨¦dicos recuperar la dignidad que este proceso electoral ha empa?ado tan gravemente.
Creo que (y escrib¨ª esto el 13 de junio, cuando, seg¨²n el ABC, la segunda candidatura con m¨¢s pos?bilidades era la de Jos¨¦ Toledo), salieran quienes salieran, siempre y cuando no fueran los art¨ªfices de este desaguisado, hab¨ªran estado emplazados a normalizar la situaci¨®n del COM, a elaborar unos nuevos estatutos con criterios democr¨¢ticos y a iniciar en un plazo razonable, puede ser un a?o, un ¨¹uevo proceso electoral que permita clarificar las diferentes opciones profesionales y que no utilice m¨¦todos deshonestos contra quienes leg¨ªtimemente quieran participar en unas elecciones limpias.
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