La amenaza de la ley electoral
EL PLENO del Congreso ha rechazado tres enmiendas a la totalidad del proyecto de ley org¨¢nica de R¨¦gimen Electoral, presentadas por Coalici¨®n Popular, el PCE y Euskadiko Ezkerra. La mayor¨ªa socialista recibi¨® el apoyo de la Minor¨ªa Catalana, del nacionalismo vasco y del centrismo residual, que anuncian, sin embargo, su intenci¨®n de presentar enmiendas parciales al articulado. Los futuros trabajos parlamentarios permitir¨¢n apreciar las mejoras o los empeoramientos de car¨¢cter t¨¦cnico que el proyecto gubernamental aporta al r¨¦gimen electoral en vigor, cuyas l¨ªneas maestras han sido respetadas. La disparatada medida de prohibir las encuestas electorales desde los 60 d¨ªas anteriores a la celebraci¨®n de los comicios -deslizada en el texto enviado por el Gobierno al Congreso y rectificada despu¨¦s en el Bolet¨ªn Oficial de las Cortes Generales- suministra moderados fundamentos para temer que este largu¨ªsimo proyecto -compuesto por 207 art¨ªculos- encierre otras perlas parecidas.El proyecto gubernamental parece orientado a consagrar el bipartidismo y a impedir que la representaci¨®n parlamentaria sea un reflejo fiel y adecuado de las opiniones y las preferencias de la sociedad espa?ola. El art¨ªculo 68 de la Constituci¨®n establece el car¨¢cter universal, libre, igual, directo y secreto del sufragio y ordena que la elecci¨®n de los diputados atienda a "criterios de representaci¨®n proporcional". Sin embargo, el proyecto ,gubernamental -respetando las orientaciones del decreto-ley de 1977 al que pretende sustituir- lesiona la igualdad del sufragio de los espa?oles, en funci¨®n de la provincia donde se hallen censados los electores, y corrige el principio de proporcionalidad para favorecer a las siglas m¨¢s votadas. El resultado final es que los grandes partidos o coaliciones obtendr¨¢n un premio en esca?os, por encima de los sufragios populares conseguidos en todo el territorio nacional, y que los partidos medianos o ,peque?os recibir¨¢n el castigo de una representaci¨®n parlamentaria disminuida, inferior a la que resultar¨ªa de una aplicaci¨®n estrictamente igual y proporcional de los sufragios.
La atribuci¨®n de un m¨ªnimo de dos diputados a cada provincia espa?ola (y de un diputado a Ceuta y a Melilla) constituye un factor de distorsi¨®n como consecuencia de la desigualdad de poblaci¨®n entre estas divisiones administrativas creadas hace siglo y medio. Mientras un (diputado por Soria representa a 33.573 ciudadanos, un diputado por Madrid recibe el mandato de 146.465 electores. La utilizaci¨®n de las comunidades aut¨®nomas como circunscripciones electorales podr¨ªa disminuir las diferencias territoriales. Pero UCD consigui¨® que el art¨ªculo 68 de la Constituci¨®n consagrase a la provincia como ¨²nica circunscripci¨®n electoral posible. Aunque los resultados del 28-0 mostraron los err¨®neos fundamentos del c¨¢lculo de los centristas, que pensaban beneficiarse eternamente de los votos de las provincias menos pobladas, el mal ya est¨¢ hecho. Una reforma de la Constituci¨®n permitir¨ªa ahora sustituir a las provincias por las comunidades aut¨®nomas como circunscripciones electorales, medida totalmente congruente con el dise?o del Estado de las autonom¨ªas. Y la elevaci¨®n del n¨²mero de diputados hasta 400 -l¨ªmite m¨¢ximo permitido por el art¨ªculo 68 de la Constituci¨®n- reducir¨ªa la desigualdad representativa de los espa?oles, en funci¨®n de las provincias en que est¨¦n domiciliados, pero producir¨ªa un aumento del gasto p¨²blico.
El procedimiento escogido para atribuir los esca?os dentro de cada circunscripci¨®n provincial opera tambi¨¦n en el sentido de mermar la proporcionalidad. El sistema D'Hondt, aplicado tanto por la vieja norma electoral como por el nuevo proyecto gubernamental, se convierte en un sistema cuasi mayoritario en las circunscripciones con escasa poblaci¨®n y corrige la proporcionalidad en las restantes provincias. El r¨¦gimen electoral tambi¨¦n influye sobre la conciencia y la voluntad de los ciudadanos, que anticipan en la imaginaci¨®n la capacidad de sus sufragios para traducirse en esca?os: se trata del fen¨®meno del voto ¨²til, que mueve a determinados sectores del electorado a sacrificar sus preferencias por los partidos menores, castigados por el sistema electoral, y a entregar sus sufragios a una segunda opci¨®n, que suele ser un gran partido o coalici¨®n con oportunidades de obtener la victoria. A nadie puede extra?ar, en consecuencia, que el PSOE y Alianza Popular, beneficiados por el voto ¨²til de la izquierda y de la derecha, apoyen un r¨¦gimen electoral que refuerza las tendencias al bipartidismo.
Era ineludible que las Cortes dieran cumplimiento al mandato constitucional de sustituir al viejo decreto-ley de marzo de 1977, promulgado en el tr¨¢nsito del r¨¦gimen autoritario al sistema democr¨¢tico. Por esa raz¨®n, resulta incomprensible que el portavoz de Coalici¨®n Popular -en esta ocasi¨®n, Oscar Alzaga- se pronunciase en el Congreso contra la oportunidad de la iniciativa gubernamental, con el argumento de que los socialistas disponen, durante esta legistatura, de la mayor¨ªa absoluta en ambas C¨¢maras. ?Habr¨ªa que aguardar, para sustituir al decreto-ley de 1977 -que menciona en su articulado a los sindicatos verticales y cuya vigencia est¨¢ limitada por la disposici¨®n transitoria octava de la Constituci¨®n-, a que los ciudadanos eligieran un Congreso segmentado en numerosos grupos y en el que la formaci¨®n de la mayor¨ªa fuese una haza?a? ?O se tratar¨ªa m¨¢s bien de aguardar a que Coalici¨®n Popular alcanzase la mayor¨ªa absoluta e impusiera un r¨¦gimen electoral orientado hacia ese sistema mayoritario que Manuel Fraga ha defendido siempre con ardor? El problema no est¨¢ en la oportunidad: el Gobierno hace bien en enviar a las Cortes una ley electoral. El problema est¨¢ en el fondo: los socialistas quieren aprovechar su amplia mayor¨ªa para tratar de hacerla imperecedera. Es legal, pero es bastante torpe. Limitando la proporcionalidad de la representaci¨®n se limita la participaci¨®n popular, se desanima al electorado y se debilita el r¨¦gimen de partidos. En definitiva, un proyecto electoral as¨ª es una amenaza solapada a la salud democr¨¢tica del r¨¦gimen. Y no ser¨¢ la derecha la que en el futuro pague el pato de ello. Pero el PSOE parece convencido de la cualidad inmarcesible de su poder.
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