La ONU y la tortura
LA PR?CTICA de la tortura es un c¨¢ncer de la ¨¦poca contempor¨¢nea. Como ha puesto de relieve el informe de Amnesty International, la tortura es utilizada, en mayor o menor medida, en un tercio de los Estados del mundo, incluidos no pocos que tienen sistemas pol¨ªticos parlamentarios. En Espa?a tambi¨¦n se siguen dando casos de tortura, a pesar de que la Constituci¨®n lo proh¨ªba de modo clar¨ªsimo. Dos hechos recientes, uno en la vida internacional, otro en el ordenamiento jur¨ªdico interior, vuelven a colocar en un primer plano de la actualidad la lucha contra la tortura.La r¨¦ciente Asamblea de las Naciones Unidas ha aprobado la Convenci¨®n contra la Tortura y otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Su texto se ven¨ªa elaborando, en medio de discusiones bastante enconadas, desde 1977. Por fin ha sido aprobada un¨¢nimemente el 10 de diciembre ¨²ltimo en la Asamblea, sin votaci¨®n, es decir que, ning¨²n Estado se ha atrevido a manifestar desacuerdo. Las disposiciones de dicha Convenci¨®n son muy positivas; no es exagerado decir que muchas cosas cambiar¨ªan si, de pronto, sus principales art¨ªculos entrasen en vigor y fuesen aplicados de modo efectivo. Contiene una definici¨®n de tortura precisa y extensa:"todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos, ya sean f¨ªsicos o mentales", tanto para arrancarle una informaci¨®n o una confesi¨®n, como para castigarla, coaccionarla o intimidarla, "siempre que dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario p¨²blico... o con su consentimiento o aquiescencia". La Convenci¨®n obliga a los Estados a tomar todas las medidas legales, administrativas y jur¨ªdicas para garantizar que no se aplique la tortura; a educar a sus fuerzas de orden p¨²blico, civiles o militares, para que cumplan esa prohibici¨®n de la tortura. El art¨ªculo 2 especifica que no se podr¨¢ invocar ninguna circunstancia excepcional como justificaci¨®n de la tortura, ni siquiera la existencia de un estado de guerra o una amenaza de guerra; ni tampoco, por supuesto, la orden de un superior. La Convenci¨®n convierte a los torturadores en delincuentes internacionales; deber¨¢n ser perseguidos y juzgados incluso fuera del pa¨ªs en el que han cometido sus cr¨ªmenes. Por primera vez se crea un ¨®rgano supranacional, un Comit¨¦ contra la Tortura, formado por 10 expertos de prestigio elegidos cada cuatro a?os por los Estados, y encargado de hacer encuestas sobre casos de tortura; aunque sus competencias han quedado muy recortadas.
El valor de lo expuesto m¨¢s arriba queda relativizado por lo siguiente: la Convenci¨®n, si bien ha sido votada por la Asamblea de la ONU, s¨®lo tendr¨¢ vigencia con respecto a los Estados que la ratifiquen; y empezar¨¢ a aplicarse cuando los 20 primeros Estados entreguen los instrumentos de ratificaci¨®n. Hay que decir que Espa?a ha desempe?ado un papel muy activo y positivo en el proceso que ha llevado a que la Convenci¨®n sea aprobada por la ONU. Ahora se trata, asimismo, de que Espa?a la ratifique sin demora. Es una obligaci¨®n moral evidente, despu¨¦s del papel que nuestra delegaci¨®n ha de sempe?ado en la Asamblea. Se entra en una fase en la que la opini¨®n p¨²blica puede y debe ejercer una presi¨®n eficaz, para que ese texto tan fundamental, una vez adoptado en la ONU, no quede arrinconado, como ha ocurrido en otras ocasiones.
Casi simult¨¢neamente con lo sucedido en la Asamblea de la ONU, el Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia (ver EL PA?S, 27 de diciembre de 1984) que contiene un principio fundamental, con una incidencia directa en la cuesti¨®n de la tortura. Establece la "nulidad radical" de todo acto obtenido como consecuencia de una violaci¨®n de las libertades y derechos fundamentales definidos en la Constituci¨®n. Entre la necesidad de obtener la verdad y la obligaci¨®n de respetar los derechos fundamentales de los ciudadanos, esta segunda es la "exigencia prioritaria". En resumen, ninguna prueba obtenida mediante la aplicaci¨®n de la tortura, aunque con ello se hubiese podido descubrir la verdad de un hecho delictivo, puede ser tenida en cuenta por la justicia. Es significativo que la Convenci¨®n aprobada por la ONU, en su art¨ªculo 15, diga casi exactamente lo mismo: todo Estado deber¨¢ asegurarse de que ninguna declaraci¨®n hecha como resultado de la tortura pueda ser invocada como prueba en ning¨²n procedimiento.
No parece discutible que la Convenci¨®n adoptada en la Asamblea de la ONU tiene un alcance pol¨ªtico en la actual situaci¨®n espa?ola. Eleva la obligaci¨®n que tiene el Gobierno de adoptar todas las medidas para que de verdad desaparezca la tortura, para acabar con esa mancha de nuestra democracia. Eso no se logra con declaraciones autosuficientes. Se han producido hechos tan vergonzosos como la condecoraci¨®n de n¨²meros de la Guardia Civil cuando estaban procesados por sospecha fundada de haber aplicado torturas. Se necesita una voluntad pol¨ªtica decidida a descontaminar las zonas de las fuerzas de orden p¨²blico en las que se sigue considerando la tortura como un procedimiento viable; a lograr que los torturadores sean tratados, juzgados y condenados como lo que son, como criminales sin paliativos. Es lo que pide la Convenci¨®n aprobada por la ONU y votada por Espa?a.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Servicios sociales
- Asamblea General ONU
- Tortura
- Amnist¨ªa Internacional
- Opini¨®n
- Derechos humanos
- Pol¨ªtica exterior
- Tratados internacionales
- Conferencias internacionales
- ONG
- Integridad personal
- ONU
- Pol¨ªtica social
- Relaciones internacionales
- Solidaridad
- Organizaciones internacionales
- Espa?a
- Delitos
- Relaciones exteriores
- Justicia
- Sociedad