Un problema jur¨ªdico...
EL JUEZ C¨¦sar Uriarte ha desestimado la demanda presentada por Manuel Fraga para que Televisi¨®n Espa?ola fuese obligada a emitir un v¨ªdeo de rectificaci¨®n sobre un reportaje ferozmente cr¨ªtico con la etapa durante la que el presidente de Alianza Popular y jefe de la oposici¨®n parlamentaria fue ministro de la Gobernaci¨®n. Sobre la oportunidad pol¨ªtica de este reportaje ya tuvimos ocasi¨®n de opinar en su d¨ªa. Hoy es preciso decir que nos satisface esta sentencia, argumentada de forma impecable por el magistrado Uriarte. ?ste se?ala que el procedin¨²ento de rectificaci¨®n le impide "entrar en consideraciones sobre la intenci¨®n, finalidad u oportunidad" del reportaje de Televisi¨®n. Indica que el contenido del documental contiene "hechos que aluden al actor, que ¨¦l puede considerar inexactos y cuya divulgaci¨®n puede causarle perjuicios", raz¨®n por la cual -dice- el demandante tendr¨ªa derecho en principio a rectificar la informaci¨®n. Pero establece que el contenido del v¨ªdeo remitido por Fraga a RTVE con ese aparente prop¨®sito "nada tiene que ver con la informaci¨®n a rectificar", y no encaja, por consiguiente, en el ¨¢mbito delimitado por la ley org¨¢nica del Derecho a la Rectificaci¨®n, de la que quedan excluidas las opiniones y los juicios de valor.Esta sentencia tiene el indiscutible valor de hacer una aplicaci¨®n estricta de la ley org¨¢nica de 1984, reguladora del derecho de cualquier persona natural o jur¨ªdica a "rectificar la informaci¨®n, difundida por cualquier medio de comunicaci¨®n social, de hechos que la aludan que considere inexactos y cuya divulgaci¨®n pueda causarle perjuicios". No vamos a defender la existencia de una ley que nos parece altamente da?ina para la libertad de expresi¨®n, que obliga a cumplir de hecho la pena -hacer p¨²blica la rectificaci¨®n- antes de que se interponga apelaci¨®n contra ella y que deposita en las manos de los jueces responsabilidades que no les son propias respecto al contenido de los medios de comunicaci¨®n social. Pero en tanto la ley exista, bienvenida sea una interpretaci¨®n como ¨¦sta, que tiende a no lesionar los principios de libertad de expresi¨®n.
Decimos esto porque, aunque durante la tramitaci¨®n parlamentaria de este desventurado proyecto de ley algunos grupos intentaron meter de matute formulaciones equ¨ªvocas que hubieran permitido ampliar su ¨¢mbito para incluir cr¨ªticas y opiniones, finalmente quedaron tan s¨®lo los hechos como materia susceptible de rectificaci¨®n. Sin embargo, los juzgadores con dificultades para distinguir entre los juicios de realidad y los juicios de valor siempre podr¨¢n caer en el error de ordenar la rectificaci¨®n de una opini¨®n a la que hubieran confundido con un hecho. Baste para comprobarlo otra curiosa sentencia en la que el magistrado-juez Rafael G¨®mez-Chaparro obliga a EL PA?S a publicar la rectificaci¨®n remitida por un heredero de Santiago Ram¨®n y Cajal a prop¨®sito de un art¨ªculo de colaboraci¨®n firmado por Sacramento Mart¨ª. Aunque ese escrito -enviado bajo los cuidados del ultraderechista Blas P¨ª?ar en su calidad de notario- hab¨ªa sido ya publicado en la secci¨®n Cartas al Director, el puntilloso demandante exige para su texto iguales caracteres tipogr¨¢ficos que el art¨ªculo criticado, y el puntilloso magistrado le ha dado la raz¨®n.
Para justificar su veredicto, el magistrado-juez G¨®mez-Chaparro, en una de las sentencias m¨¢s coloridas que quepa encontrar en las colecciones jurisprudenciales, aduce que Santiago Ram¨®n y Cajal "obtuvo premios, honores y condecoraciones a tono con su categor¨ªa y ciencia" dato especialmente meritorio en una ¨¦poca "en la que la investigaci¨®n era ciencia ignorada en Espa?a". A Rafael G¨®mez-Chaparro le resulta "doloroso y sorprendente" que la colaboradora de EL PA?S, "con falta de respeto, desconsideraci¨®n y propiciando una revisi¨®n en sentido negativo hacia tan ilustre persona", haya aludido al complejo de Edipo de Santiago Ram¨®n y Cajal "y a otra serie de consideraciones que deber¨ªan provocar, seg¨²n la escritora, una minusvaloraci¨®n del ilustre m¨¦dico". No debe saber el juzgador que Edipo era un rey colmado de honores, poder y fuerza y que, sin embargo, padec¨ªa el complejo al que ha dado nombre cient¨ªfico. Pero m¨¢s sorprendente y absurdo resulta que el juzgador obligue a rectificar como hechos lo que la propia sentencia califica literalmente como opiniones. Rafael G¨®mez-Chaparro reconoce que "la expresi¨®n c¨ªnico" supone "un juicio de valor" y que el trabajo contiene "expresiones no afortunadas" destinadas a "enjuiciar" a "tan ilustre investigador"; y en la obstinada persecuci¨®n de opiniones que pudieran ser rectificadas como si se tratara de hechos, el juzgador llega incluso a la conjetura de que Sacramento Mart¨ª utiliz¨® la expresi¨®n "sabio nacional" en un "sentido peyorativo".
De la lectura de las sentencias dictadas por C¨¦sar Uriarte y Rafael G¨®mez-Chaparro se desprende que la distinci¨®n entre los hechos y las opiniones puede sembrar el desconcierto en nuestra carrera judicial. Pero el verdadero problema reside en que la ley org¨¢nica del Derecho a la Rectificaci¨®n, norma que acatamos como cualquier otra promulgada por un parlamento democr¨¢tico, invade el ¨¢mbito de la libertad de expresi¨®n desde el momento en que concede a los jueces, no la facultad para sancionar eventuales delitos cometidos a trav¨¦s de los medios de comunicaci¨®n, sino la capacidad para sustituirse en el lugar de los directores de los peri¨®dicos e imponer a los ciudadanos la lectura de los textos que consideren oportunos. Vista la sentencia del magistrado G¨®mez-Chaparro, preocupado incluso por los caracteres tipogr¨¢ficos de los textos y las secciones donde se incluyen, no resulta demasiado exagerado suponer que cunda la zozobra ante la eventualidad de que algunos jueces utilicen esa norma para convertirse en directores de peri¨®dico aficionados. La ¨²nica manera eficaz de evitar esos nada improbables riesgos ser¨ªa derogar la ley org¨¢nica del Derecho a la Rectificaci¨®n. Los lectores de EL PA?S se hubieran enterado, por lo dem¨¢s, de la opini¨®n respecto a su padre, y la relaci¨®n con el complejo de Edipo, que el hijo del ilustre sabio tiene, pues ya se public¨® en su d¨ªa, sin jueces ni leyes de por medio, en este diario.
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