La exigencia del catal¨¢n a los maestros no vulnera la Constituci¨®n
La Audiencia Territorial de Barcelona considera que la exigencia de que los maestros que ejercen en Catalu?a conozcan la lengua catalana no vulnera ninguno de los derechos fundamentales de la persona reconocidos a todos los ciudadanos en el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n y, al mismo tiempo, tampoco es discriminatorio.As¨ª se desprende del fallo emItido ayer por la Sala Tercera de lo Contencioso-AdminIstrativo en relaci¨®n a dos recursos interpuestos contra la Generalitat por un colectivo de ense?antes que consideraba que el concurso de traslado de maestros del a?o 1984 era dIscriminatorio para 15 maestros residentes en Catalu?a que no pudieron obtener una plaza en propiedad por desconocer la lengua catalana. En el segundo recurso, presentado por 43 maestros, se hac¨ªa referencia a una orden de diciembre de 1984 dictada por el Departamento de Ense?anza de la Generalitat que regulaba un concurso de traslado de maestros.
Aunque ambos recursos eran sustancialmente diferentes -el primero hac¨ªa referencia a una vulneraci¨®n gen¨¦rica y el segundo a una norma concreta- ten¨ªan en com¨²n la existencia de presuntas vulneraciones de los derechos de los recurrentes al exig¨ªrseles el conocimiento del catal¨¢n para obtener una plaza definitiva en Catalu?a. Los fallos del tribunal dan la raz¨®n a la Generalitat en sus partes fundamentales y rebate todos los argumentos presentados por el letrado defensor, Esteban G¨®mez Rovira, y por el fiscal de la Sala Tercera, Agust¨ªn Fontcuberta. El abogado G¨®mez Rovira ya ha anunciado la presentaci¨®n de sendos recursos.
La sentencia dictada sobre la orden de 1984 se?ala en sus considerandos la necesidad de que, al menos en los escalones iniciales de la ense?anza, todos los educadores aseguren la ense?anza de las dos lenguas (castellano y catal¨¢n) y que igualmente puedan impartir las dem¨¢s materias educativas en cualquiera de ellas, lo que provoca que los maestros queden obligados al conocimiento de ambas.
Inter¨¦s p¨²blico
En contra de las tesis del abogado defensor y del fiscal, la adopci¨®n de esta normativa por las autor¨ªdades educativas de la Generalitat no vulnera los derechos constitucionalmente garantizados de acceder a la funci¨®n p¨²blica en condiciones de igualdad, y seg¨²n criterios de m¨¦rito y de capacidad, porque los art¨ªculos de la orden impugnada no impiden el acceso al cuerpo de profesores de EGB."?nicamente restringen", dice la sentencia, "los derechos de traslado en aras del inter¨¦s p¨²blico perseguido por las autoridades educativas, inter¨¦s que no comporta en s¨ª mismo ning¨²n elemento discriminatorio y que, al contrario, busca impedir cualquier tipo de discriminaci¨®n en los ni?os por razones ling¨¹¨ªsticas en atenci¨®n a los maestros a los que se hubiera confiado su educaci¨®n".
El Tribunal considera que debe conseguirse que todos los ni?os de Catalu?a puedan utilizar normalmente el catal¨¢n y el castellano.
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