Admitidas a tr¨¢mite dos cuestiones sobre la constitucionalidad del tope de las pensiones
El Tribunal Constitucional ha admitido a tr¨¢mite dos cuestiones de inconstitucionalidad, promovidas por la Sala Cuarta del Tribunal Central de Trabajo, por supuesta inconstitucionalidad de un art¨ªculo de la ley de Presupuestos del Estado de 1983, en cuanto al l¨ªmite que se fija para la cuant¨ªa de las pensiones de jubilaci¨®n, en concreto 187.950 pesetas.Estas dos cuestiones fueron publicadas ayer en el Bolet¨ªn Oficial del Estado. El BOE inform¨® tambi¨¦n de la admisi¨®n a tr¨¢mite de otras cuatro cuestiones de inconstitucionalidad, promovidas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Pamplona.
Estas ¨²ltimas se refieren a la ley sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, financiera y tributaria de 29 de junio de 1983 una de cuyas disposiciones adicionales infringe, a juicio de la Sala, varios art¨ªculos del texto constitucional.
El Tribunal Constitucional ha admitido a tr¨¢mite, asimismo, cuatro conflictos de competencia. Dos de ellos han sido promovidos por la Xunta de Galicia contra la Administraci¨®n central; los restantes, por el Gobierno, en relaci¨®n con sendas decisiones de los Ejecutivos aut¨®nomos de Galicia y Cantabria.
El Bolet¨ªn Oficial del Estado publicaba ayer, igualmente, la ley de Pensiones. Esta ley ha enfrentado al Gobierno con la totalidad de los sindicatos, incluida la Uni¨®n General de Trabajadores, y ha provocado numerosas protestas populares, que culminaron con la huelga general del pasado 20 de junio (considerada un ¨¦xito por Comisiones Obreras y un fracaso por el Gobierno).
Sus puntos m¨¢s pol¨¦micos han sido el per¨ªodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n exigible para tener derecho a la pensi¨®n de jubilaci¨®n y las bases reguladoras para el c¨¢lculo de dichas pensiones.
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