El proyecto de ley de Propiedad Intelectual reconoce el derecho moral de autor y el control de tirada
El proyecto de ley de Propiedad Intelectual, aprobado ayer por el Consejo de Ministros, reconoce el derecho moral de autor, establece las bases para un efectivo control de tirada, reduce a 60 a?os los derechos morales causa, suprime la exigencia de inscripci¨®n en el Registro de la Propiedad Intelectual y suprime tambi¨¦n el r¨¦gimen de monopolio legal y de afiliaci¨®n obligatoria a la Sociedad General de Autores de Espa?a (SGAE). El proyecto de ley fue bien acogido por la Federaci¨®n de Editores de Espa?a y por la SGAE, al quedar delimitadas las reglas del juego en el sector.
Teddy Bautista, vicepresidente de la SGAE, opina que el nuevo texto es progresista, "pues apuesta por los creadores". As¨ª, se reconoce a los autores el llamado derecho moral, lo que les permitir¨¢ decidir si su obra ha de ser divulgada y en qu¨¦ forma; exigir el reconocimiento de su autor¨ªa o el respeto a la integridad. ?sta fue una batalla en la que fue pionero el escultor Pablo Serrano, por lo que "se puede considerar, un triunfo p¨®stumo suyo", seg¨²n Bautista. La sentencia del contencioso protagonizado por el escultor est¨¢ a punto de ser dictada.El proyecto de ley reconoce a los autores de obras pl¨¢sticas el derecho a percibir una participaci¨®n en las sucesivas transacciones comerciales de sus obras, lo que se conoce como droit de suite. Antonio Delgado, asesor de la SGAE en la redacci¨®n de las propuestas para el anteproyecto, coment¨®, que este droit de suite est¨¢ vigente en los pa¨ªses de la Comunidad Econ¨®mica Europea (C EE).
Seg¨²n todas las fuentes consultadas, una de las principales novedades es la nueva imposici¨®n de tasas a los mecanismos reproductores para copias personales de libros, discos y pel¨ªculas, como fotocopiadoras, cintas de magnet¨®fonos y cintas de v¨ªdeo. Los beneficios as¨ª obtenidos ser¨¢n distribuidos entre artistas, productores y difusores, para compensarles de las p¨¦rdidas por la reproducci¨®n ilegal de sus productos, que ha perjudicado seriamente, por ejemplo, a la industria discogr¨¢fica.
Contrato tipo
El proyecto de ley prev¨¦ un contrato tipo de edici¨®n, as¨ª como la futura regulaci¨®n para un efectivo control de la tirada. Esta medida favorece mucho los derechos del autor, a juicio de Milagros del Corral, secretaria general de la Asociaci¨®n de Editores de Madrid, de la Federaci¨®n de Gremios de Editores de Espa?a. A los editores preocupa, dijo Milagros del Corral, el hecho de que este contrato tipo excluya la posibilidad de operaciones comerciales vigentes en el sector, y en el extranjero, como la posible compra definitiva de derechos de autor.
Se regula tambi¨¦n el contrato de representaci¨®n de obras musicales y dram¨¢ticas y se prev¨¦ un r¨¦gimen jur¨ªdico particular para el caso de las obras que aplican tecnolog¨ªas modernas, como las audiovisuales y los programas de ordenador; estos programas de ordenador son incluidos por primera vez en una ley de este tipo.
Derechos de los herederos
Los derechos de explotaci¨®n transmisibles mortis causa a los herederos quedan reducidos en el proyecto de ley a 60 a?os. En la vigente ley de Propiedad Intelectual el plazo es de 80 a?os, uno de los m¨¢s altos del mundo.
?ste ha sido uno de los puntos conflictivos del nuevo texto -el anteproyecto llevado al consejo hablaba de 50 a?os-, pues enfrenta dos filosof¨ªas distintas. Los representantes de los autores han defendido vehementemente la necesidad de no rebajar el plazo de los 80 a?os. Teddy Bautista, por ejemplo, se?al¨® que estar¨ªa dispuesto a rebajar dr¨¢sticamente el plazo si hubiera garant¨ªas de que el monto de los actuales derechos de autor fuera destinado a la cultura o dominio p¨²blico de pago.
Milagros del Corral se?al¨® que el precio de un libro tiende a bajar cuando el editor ya no ha de pagar derechos de autor, pero los portavoces de la SGAE se mostraron esc¨¦pticos al respecto. Milagros del Corral consider¨® "incluso una aberraci¨®n jur¨ªdica" la opci¨®n del llamado "dominio p¨²blico de pago", y a?adi¨® que es opci¨®n poco pr¨¢ctica,- pues el dinero as¨ª recaudado -ahora en los pa¨ªses socialistas y en Italia, con una legislaci¨®n del tiempo de Mussolini- es poco significativo para emprender programas sociales.
Los herederos de Federico Garc¨ªa Lorca y Ram¨®n Mar¨ªa del Valle-Incl¨¢n, a veces criticados por su gesti¨®n en la explotaci¨®n de las obras de ambos escritores, seguir¨¢n detentando sus derechos durante 11 y 12 a?os m¨¢s, respectivamente, en caso de que el texto sea aprobado por el Parlamento.
Otra innovaci¨®n destacada del proyecto, es la protecci¨®n legal, por primera vez, en Espa?a, de los derechos de otros protagonistas de la vida cultur¨¢ que no son autores, como son los artistas, int¨¦rpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas o de obras audiovisuales y entidades de radiodifusi¨®n. Para hacer eficaz el rec¨®nocimientb de estos derechos, el proyecto prev¨¦, adem¨¢s, unas medidas procesales, entre las que destacan las de car¨¢cter cautelar y urgente frente a las defraudaciones.
La gravedad de las infracciones contra la ley son de tres tipos, seg¨²n inform¨® Milagros del Corral, que precis¨® no haber le¨ªdo el texto aprobado por el Gobierno, pero conocer bien el anteproyecto. Los quebrantos de lo previsto en el tercer nivel supondr¨¢n, en determinadas circunstancias, penas de c¨¢rcel por primera vez en la historia espa?ola, y no ser¨¢n los responsables de la Administraci¨®n los encargados de velar por el cumplimiento de la ley, sino directamente los jueces. Este cambio en la consideraci¨®n de las infracciones tiene una gran importancia, a juicio de Del Corral, quien piensa que "no hay mucha conciencia popular sobre la gravedad de la defraudaci¨®n intelectual".
Antonio Delgado, asesor de la SGAE, consider¨® ayer -sin conocer el texto definitivo aprobado- que la principal novedad es la regulaci¨®n del derecho moral del creador, lo que sit¨²a la ley en una perspectiva muy progresista.
Seg¨²n el anteproyecto, se termina con la obligatoriedad del Registro de la Propiedad Intelectual, que probablemente liga siendo utilizado como prueba en casos de contencioso, en opini¨®n de Milagros del Corral, pero que como requisito obligatorio era obsoleto e incluso favorec¨ªa a los autores extranjeros, eximidos de ¨¦l.
Uno de los aspectos de m¨¢s dif¨ªcil delimitaci¨®n y aplicaci¨®n de la ley, a juicio de los expertos, es el de la propiedad intelectual para obras de creci¨®n colectiva, o creaciones producto de una relaci¨®n laboral, concepto ¨¦ste distinto del contrato de edici¨®n.
Anteproyecto en Barcelona
El Colegio de Abogados de Barcelona remiti¨® en su d¨ªa al Gobierno un estudio t¨¦cnico en forma de anteproyecto sobre la cuesti¨®n de los derechos de autor, resultado de dos a?os de trabajo voluntario die un grupo de abogados especialistas, informa Jacinto Ant¨®n.
Seg¨²n Pablo Miserachs, secretario de la Asociaci¨®n Literaria y Art¨ªstica para la Defensa de los Derechos de Autor en Espa?a, "salga lo que salga (en la nueva ley), resultar¨¢ una puesta al d¨ªa clarificadora.
Babelia
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