Armas
En 1984, Espa?a export¨® armamento militar por valor de m¨¢s de 100.000 millones de pesetas. Sin embargo, se sabe que el Gobierno no controla las exportaciones de material b¨¦lico y que "desconoce cu¨¢les son los pa¨ªses a los que llega finalmente gran parte de las armas exportadas", seg¨²n reconoci¨® un alto cargo de la Administraci¨®n (EL PA?S, 7 de abril de 1985).Ahora bien, este estado de cosas hace posible, si no probable, que el armamento exportado por Espa?a est¨¦ contribuyendo de forma directa a la conculcaci¨®n de los derechos fundamentales de la persona si dicho armamento tiene como destino aquellos pa¨ªses en los que la tortura es sistem¨¢tica, donde numerosas personas sufren tratos inhumanos y vejatorios, donde hay homicidios pol¨ªticos y hasta verdaderas masacres y genocidios.
Por todo ello, y ante el anuncio hecho por el Gobierno espa?ol de que est¨¢ preparando una nueva legislaci¨®n reguladora del comercio de armas, se hace necesario, si no se quiere ser corresponsable de esas masivas conculcaciones de los derechos fundamentales de la persona, que la legislaci¨®n sobre transferencias militares, policiales y de seguridad incluya:
a) Una cl¨¢usula de derechos humanos que proh¨ªba la venta de armamento a aquellos pa¨ªses en los que existe una violaci¨®n amplia y sistem¨¢tica de los derechos humanos. Cl¨¢usula que debe expresarse en t¨¦rminos precisos y procedimientos concretos, evitando ambig¨¹edades con el fin de reducir al m¨ªnimo la posibilidad de interpretaciones que pudieran contradecir el objetivo que se persigue. Son ya varios los pa¨ªses que han recogido esta cl¨¢usula en su legislaci¨®n y de forma satisfactoria.
b) La prohibici¨®n de importar, exportar y fabricar todos aquellos instrumentos cuya ¨²nica funci¨®n es causar la tortura o infligir tratos crueles, inhumanos o degradantes, tales como grilletes, bastones el¨¦ctricos, etc¨¦tera.
c) La organizaci¨®n de un registro p¨²blico que comprenda, adem¨¢s del comercio de armas, lo referente a material antidisturbios, de telecomunicaci¨®n, etc¨¦tera.
d) Control parlamentario de todas estas transferencias.-
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