El Ejecutivo devolver¨¢ los casi 8.000 millones recaudados indebidamente por recargos municipales
El Gobierno aprob¨® ayer, nueve meses despues de hacerse p¨²blica la sentencia que declaraba inconstitucionales los recargos municipales sobre el impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas (IRPF), un decreto del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda que regula la devoluci¨®n de las cantidades indebidamente recaudadas a 1.700.000 contribuyentes espa?oles por este concepto. El decreto no aclara en su contenidos se imputar¨¢n finalmente a las arcas de los ayuntamientos o a las del Estado los m¨¢s de 7.790 millones de pesetas ingresados en los ejercicios de 1984 y 1985 por recargos municipales.
El decreto aprobado ayer, que consta de cuatro art¨ªculos, se?ala que los expedientes de devoluci¨®n ser¨¢n abiertos y que su tramitaci¨®n y resoluci¨®n se har¨¢ de oficio por el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda. La relaci¨®n de afectados por los recargos municipales y los importes ingresados Figuran grabados en las cintas magn¨¦ticas del Ministerio de Hacienda, por lo que s¨®lo en caso de duda ser¨¢n requeridos los contribuyentes por la administraci¨®n tributaria como paso previo al reintegro de las cantidades abonadas.
Fallo del tribunal
Los recargos municipales, impuestos por medio millar de ayuntamientos al amparo de la ley de Medidas Urgentes de Saneamiento y Regulaci¨®n de las Haciendas Locales, fueron recurridos judicialmente por varios contribuyentes y organizaciones empresariales y ciudadanas. El 19 de diciembre del pasado a?o el Tribunal Constitucional fall¨® que la fijaci¨®n del tipo de gravamen en un impuesto constituye reserva de ley, de acuerdo con los art¨ªculos 3 1 y 133 de la Constituci¨®n, y por ello no pueden ejercer esta misi¨®n los ayuntamientos, al carecer de las facultades de elaborar y aprobar leyes.
El Gobierno, a los pocos d¨ªas de conocerse esta sentencia, se dio cuenta de que pod¨ªa haber cometido una segunda inconstitucionalidad en la pol¨ªtica dise?ada para la financiaci¨®n de las corporaciones locales.
La Direcci¨®n General de Coordinaci¨®n con las Haciendas Territoriales, en un informe sobre el fallo del Tribunal Constitucional solicitado por el ministro, ha afirmado textualmente, en su p¨¢gina 5, que la "sentencia puede ponerse en relaci¨®n con la fijaci¨®n del tipo de r¨²stica y urbana (art¨ªculo 13 de la ley de Medidas Urgentes de Saneamiento de Haciendas Locales), para suponer su previsible inconstitucionalidad, puesto que permite a los ayuntamientos 'fijar libremente el tipo de gravamen de la contribuci¨®n territorial y urbana y de la r¨²stica y pecuaria'. Y, a este respecto, penden ante tal tribunal varias, cuestiones de inconstitucionalidad".
Esta segunda sentencia, que puede producirse el pr¨®ximo mes de septiembre, obligar¨ªa a devolver m¨¢s de 100.000 millones a los contribuyentes afectados. El Gobierno, nada m¨¢s conocer la sentencia sobre los recargos municipales, anunci¨® en varias ocasiones la inmediata devoluci¨®n de las cantidades ingresadas indebidamente. La ¨²ltima vez, en plena campa?a electoral, sin que hasta ahora se haya devuelto cantidad alguna a los contribuyentes afectados.
El retraso en materializar estas devoluciones se ha debido m¨¢s que a su importe global (8.000 millones pueden ser asumidos sin grandes aprietos presupuestarios por el Tesoro) a la disputa entre la Administraci¨®n Central y los municipios sobre cu¨¢l de las dos administraciones debe asumir el coste de estos reintegros.
Dos puntos de vista
La Administraci¨®n central se ha negado hasta ahora a sufragar directamente estas devoluciones. Altos cargos de Econom¨ªa y Hacienda, entre ellos el secretario de Estado Jos¨¦ Borrell, repiten una y otra vez que aunque la devoluci¨®n la asuma instrumentalmente la Administraci¨®n central, el monto de los recargos se imputar¨¢ los ayuntamientos que los impusieron en su d¨ªa y que resultaron beneficiados por los mismos. Las devoluciones se descontar¨¢n de las dotaciones correspondientes a los municipios en los Presupuestos Generales del Estado.
Los representantes de las corporaciones -locales, que se encuentran fuertemente endeudadas, sostienen que ellos se limitaron a aplicar la legalidad vigente, la ley de Saneamiento de las haciendas Locales, y que, por tanto, debe pagar quien se equivoc¨®: el Gobierno, en primera instancia, al redactar el proyecto, y el Parlamento, en ¨²ltimo t¨¦rmino, al aprobar la ley.
En el fondo de esta pol¨¦mica subyace el temor a las consecuencias de la inconstitucionalidad de los aumentos en la contribuci¨®n territorial y urbana. Quien sufrague las devoluciones por recargos en el impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas (IRPF) deber¨¢ asumir tambi¨¦n las relativas a contribuci¨®n territorial y urbana.
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