Los jueces de Valencia ser¨¢n flexibles para que se extraigan ¨®rganos de los 'cad¨¢veres judiciales'
Los jueces de instrucci¨®n de Valencia autorizar¨¢n, desde hoy y con criterios "amplios y generosos", la extracci¨®n de ¨®rganos aptos para trasplantes procedentes de cad¨¢veres judiciales' correspondientes a personas muertas por causas no naturales y sometidas, por tanto, a su jurisdicci¨®n. La decisi¨®n, tomada ayer por la Junta de Jueces, no es m¨¢s que la aplicaci¨®n estricta de la ley de extracci¨®n de ¨®rganos de 1979.
Tanto la ley como este acuerdo suponen que, sin permiso de sus familias, personas cuya muerte cerebral est¨¦ certificada se convertir¨¢n en donantes obligatorios si antes de morir no lo han prohibido expresamente.Por el momento, las extracciones se limitar¨¢n ¨²nicamente a c¨®rneas, m¨¦dula ¨®sea y ri?ones, ¨²nicos ¨®rganos para cuyo trasplante est¨¢n preparados los hospitales valencianos en este momento.
Se prev¨¦ que en pocos meses la medida acordada se pueda extender tambi¨¦n a corazones e h¨ªgados. Un primer c¨¢lculo realizado por los m¨¦dicos responsables de extracciones y trasplantes de ¨®rganos en Valencia revela que con esta medida habr¨¢, como poco, un 30% m¨¢s de ri?ones disponibles para ser implantados en pacientes sometidos ahora a costosas hemodi¨¢lisis.
En Valencia, la ciudad sanitaria La Fe es el ¨²nico centro debidamente autorizado para realizar trasplantes. El Hospital Cl¨ªnico Universitario y el General solo pueden, por el momento, practicar extracciones. Hasta la fecha, La Fe ha llevado a cabo 108 trasplantes de ri?¨®n, sin un s¨®lo caso de fracaso, y son unos 300 los enfermos en lista de espera, con un promedio de demora de unos dos a?os.
Millones de donantes
La ley preve¨ªa que la extracci¨®n de ¨®rganos en personas vivas requer¨ªa el consentimiento previo del donante. Pero al mismo tiempo convert¨ªa a millones de espa?oles en donantes potenciales al establecer que las extracciones en fallecidos se podr¨¢n hacer cuando se compruebe, por dos veces, la existencia de datos que revelen la irreversibilidad de las lesiones cerebrales. Un decreto, promulgado el 22 de febrero de 1980, para desarrollar esta ley fijaba como ¨²nica limitaci¨®n a estas intervenciones que existiera oposici¨®n expresa del interesado, hecha constar por escrito, ante notario o en el registro de entrada del hospital cuando el enfermo sea internado. No obstante, ha sido habitual que la oposici¨®n de los familiares del difunto haya bastado para impedir la aplicaci¨®n de la ley.Las medidas aprobadas lo han sido previa consulta de los jueces con los m¨¦dicos forenses adscritos a la Audiencia Territorial de Valencia y con los tres centros hospitalarios citados.
El procedimiento acordado consiste en que los hospitales comunicar¨¢n de inmediato (por tel¨¦fono) al juez de guardia -o a aquel del que dependa el caso- la muerte cerebral del donante. Los jueces se comprometieron ayer a autorizar la extracci¨®n de los ¨®rganos aptos para trasplantes si no existe oposici¨®n expresa del fallecido, si no se obstaculiza la instrucci¨®n del sumario (para lo cual intervendr¨¢ un m¨¦dico forense) y si est¨¢ acreditada la defunci¨®n.
Aunque su opini¨®n no sea vinculante, los familiares ser¨¢n informados de las extracciones.
La Junta aprob¨®, tambi¨¦n, actuar "con criterios amplios y generosos, habida cuenta de la voluntad del legislador y la enorme demanda social de ¨®rganos para trasplante".
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