Punto final
La se?ora Mercader, en su art¨ªculo S¨ª al punto justo (EL PAIS, 27 de febrero), nos pide "alimentar el sistema con toda la informaci¨®n posible". Intentar¨¦ hacerlo cronol¨®gicamente.El Gobierno del doctor Alfonsin, desconociendo la voluntad mayoritaria del pueblo y las objeciones de su propia base electoral, en tiempo r¨¦cord, sin casi debate parlamentario, sancion¨® la ley de punto final, ep¨ªlogo de una larga serie de medidas que responden a un proyecto pol¨ªtico que da garant¨ªas de impunidad a quienes torturaron, asesinaron e hicieron desaparecer a un n¨²mero ingente de personas para imponer una pol¨ªtica econ¨®mica a¨²n vigente.
Comenzando con la reforma del C¨®digo de Justicia Militar, que estableci¨® el concepto de "obediencia debida" y permiti¨® a los militares implicados en la represi¨®n ser juzgados por sus pares. Luego de tres a?os, s¨®lo han juzgado a dos acusados (Astiz y Men¨¦ndez), ambos absueltos.
La confirmaci¨®n del 90% de los jueces de la dictadura permiti¨® que -salvo los de la capital federal- no asumieran las causas que deb¨ªan reclamar al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, prorrogando una y otra vez los plazos que venc¨ªan en seis meses. Y el ascenso de militares implicados en la represi¨®n.
La implementaci¨®n de la prescripci¨®n para el delito de la desaparici¨®n de personas impedir¨¢ conocer qu¨¦ pas¨® con cada uno de los desaparecidos, desapareciendo de paso las penas para quienes los hicieron desaparecer (caso Astiz en la desaparici¨®n de Dagmar
El derroche de oro es la ley del punto justo -como gusta decir la se?ora Mercader, dando rienda suelta, a sus fantas¨ªas culinarias- que es el men¨² de la impunidad que resulta indigesto a la gran mayor¨ªa del pueblo argentino. Concluyendo, esta ley permile que los acusados de cr¨ªmenes de lesa humanidad que antes del 22 de febrero de 1987 no est¨¦n procesados o hayan sido bamados a declarar ser¨¢n eximidos de toda culpa.- Marta Frisone.
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