Secreto a voces
UN PROYECTO de ley org¨¢nica que regula la cl¨¢usula de conciencia y el secreto profesional de los periodistas est¨¢ a punto de ser enviado al Consejo de Ministros para su posterior remisi¨®n al Parlamento. El retraso con que se aborda el desarrollo constitucional de estos derechos, en cuanto garant¨ªas del derecho fundamental a comunicar o recibir libremente informaci¨®n, que reconoce el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n, es una muestra de la reticencia de los poderes p¨²blicos a fortalecer legalmente la libertad de prensa. En todo caso, m¨¢s que alambicadas redacciones legales, lo que este asunto exige de los poderes p¨²blicos es voluntad pol¨ªtica, as¨ª como una aceptaci¨®n sin reservas del derecho de informaci¨®n como esencial para el funcionamiento del Estado democr¨¢tico.Hubiera bastado, por ello, una simple reforma de la ley de Enjuiciamiento Criminal y de las leyes laborales para que acogiesen en su seno estas dos salvaguardias del derecho de informaci¨®n, que, entre otras cosas, y con arreglo al texto constitucional, no es exclusivo de los periodistas, sino que pertenece a todos los ciudadanos. Quiere decirse entonces que son ¨¦stos, y no s¨®lo aqu¨¦llos -convertidos en casta-, quienes deben beneficiarse del derecho constitucional del secreto de las fuentes.
El Gobierno ha preferido redactar una ley espec¨ªfica, que comienza por definir lo que es un periodista y acaba por sancionar lo contrario de lo que se supon¨ªa. En vez de garantizar el secreto profesional de los informadores, lo que hace es sacralizar su obligaci¨®n de declarar las fuentes ante el juez, es decir, legaliza la vulneraci¨®n de ese secreto. Ya en la legislaci¨®n del franquismo se exoneraba al periodista de la obligaci¨®n de revelar sus fuentes, "salvo en los casos de obligada cooperaci¨®n con la justicia, al servicio del bien com¨²n", como rezaba el Estatuto de la profesi¨®n period¨ªstica vigente entonces. Causa sonrojo que la democracia sea incapaz de avanzar m¨¢s que la dictadura en este punto. Nunca, ni la Administraci¨®n P¨²blica ni la polic¨ªa han tenido t¨ªtulo legal, salvo la coacci¨®n o el chantae, para fundamentar exigencia alguna de que el periodista revele sus fuentes. Exonerar por ley al periodista de la obligaci¨®n de hacerlo ante dichas instancias es, por ello, superfluo. Y causa tambi¨¦n sorpresa que los redactores del proyecto debatan si el periodista est¨¢ o no obligado a revelarlas al titular de la empresa period¨ªstica donde presta sus servicios. Porque el secreto profesional, independientemente de ser un derecho reconocido en la Constituci¨®n, es, ante todo, un deber moral de los profesionales, y s¨®lo puede ser compartido con el director de la publicaci¨®n, en tanto en cuanto tambi¨¦n ¨¦l est¨¦ obligado a respetarlo.
La ley de Enjuiciamiento Criminal exime a abogados y sacerdotes de la obligaci¨®n de denunciar o de declarar ante el juez sobre hechos o noticias conocidos en el ejercicio de sus funciones. Esta excepci¨®n est¨¢ plenamente justificada para salvaguardar el derecho de defensa de los ciudadanos, en un caso, y en el otro obedece a tradiciones y privilegios eclesi¨¢sticos. Hoy d¨ªa la profundizaci¨®n del Estado democr¨¢tico ha avanzado por el reconocimiento en su seno de una opini¨®n p¨²blica libre, sin la cual las instituciones estatales, por m¨¢s que est¨¦n legitimadas por su origen popular, tienen el peligro del anquilosamiento y de la manipulaci¨®n. Remover los obst¨¢culos que impidan la formaci¨®n de la opini¨®n p¨²blica es un deber de los poderes p¨²blicos democr¨¢ticos. Y, en cualquier caso, es un mandato constitucional. Por otra parte, la independencia del poder judicial est¨¢ garantizada, pero no hay que olvidar la dependencia del ministerio fiscal respecto del Ejecutivo, la cual se manifiesta, principalmente, en todo aquello que es considerado cuesti¨®n de Estado. Es decir, precisamente en lo que m¨¢s puede afectar al funcionamiento de las instituciones democr¨¢ticas y que, por ello, puede plantear conflicto en un momento dado entre el poder pol¨ªtico y el derecho de informaci¨®n.
En definitiva, todo el proyecto del Gobierno adolece de los mismos males que su pol¨ªtica general en materia de informaci¨®n: es fruto de la ignorancia y el arbitrismo. Por lo dem¨¢s, los periodistas deben negarse a revelar sus fuentes, y est¨¢n obligados moralmente a protegerlas si con eso garantizan un flujo de informaci¨®n fiable hacia la sociedad. ?ste es un imperativo de cualquier prensa democr¨¢tica. A veces eso ha llevado a algunos a dar con los huesos en la c¨¢rcel, y sin duda eso es lo que quiere el Gobierno: presentar la amenaza para doblegar al m¨¢s d¨¦bil.
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