Recurre al Supremo un alcalde de ?vila condenado por defender una finca municipal
El alcalde del Barco de ?vila, Antonio Gonz¨¢lez Canalejo (PSOE), ha recurrido ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Provincial de ?vila que le conden¨® a seis a?os de inhabilitaci¨®n y seis meses de c¨¢rcel como autor de un delito de infidelidad en la custodia de documentos, que origin¨® a un particular 10.488 pesetas de gastos.
La sentencia considera probado que Antonino Gonz¨¢lez guard¨® en un armario de su despacho un edicto, cuya tramitaci¨®n era necesaria para la inscripci¨®n registral de una finca, adquirida por el vecino del municipio Jos¨¦ Mar¨ªa Calzada "para esparcimiento propio" y que el alcalde estimaba "un bien comunal". La sentencia recoge que la finca fue finalmente inscrita en el Registro, de la Propiedad, si bien la actitud del alcalde oblig¨® a Calzada a realizar gastos por 10.488 pesetas.El 27 de enero de 1988, la Audiencia Provincial de ?vila conden¨® a Gonz¨¢lez a "seis meses y un d¨ªa de prisi¨®n menor, multa de 30.000 pesetas con arresto sustitutorio de 16 d¨ªas en caso de impago, inhabilitaci¨®n especial por seis a?os y un d¨ªa del cargo de alcalde y de los honores anejos a ¨¦l, incapacit¨¢ndole para obtener otros an¨¢logos durante ese tiempo en el que, igualmente, quedar¨¢ privado del derecho de elegir y ser elegido para alcalde y conden¨¢ndole asimismo", dec¨ªa la sentencia, "a que indemnice a Jos¨¦ Mar¨ªa Calzada en la cantidad de 10.488 pesetas".
Unos 500 vecinos se manifestaron este mes contra la condena. La corporaci¨®n municipal tambi¨¦n aprob¨® una moci¨®n en apoyo de la actitud del alcalde.
Cientos de personas, en su mayor¨ªa vecinos del Barco de ?vila, as¨ª como escritores, profesores, artistas y profesionales han suscrito un manifiesto de apoyo al alcalde, condenado por lo que ellos estiman la defensa de "los intereses del pueblo" y en concreto de una finca considerada de propiedad municipal.
El texto explica que los hechos arrancan "de la pretensi¨®n de un particular de inscribir como suya una finca, comprada por unas 8.000 pesetas, que seg¨²n el un¨¢nime parecer del ayuntamiento, podr¨ªa ser de propiedad municipal, por estar incluida en el Inventario de Bienes Municipales y por pagar el municipio su recibo de contribuci¨®n".
Y agrega la nota que los tres edictos remitidos al ayuntamiento fueron expuestos en el tabl¨®n de anuncios, si bien uno de ellos se traspapel¨¦ debido a que "se estaba efectuando el traslado de las oficinas municipales", por lo que se origin¨® al querellante un perjuicio de 10.488 pesetas, que se "trat¨® de solucionar amigablemente", sin ¨¦xito.
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