La p¨ªldora '¨¦xtasis' es droga dura seg¨²n la sentencia que condena a dos traficantes
La p¨ªldora conocida como ¨¦xtasis, un derivado de las anfetaminas, es "una sustancia psicotr¨®pica que causa grave da?o a la salud" seg¨²n dictamina la sentencia hecha p¨²blica ayer por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, que encuadra esta sustancia entre las drogas consideradas como duras.
La Audiencia balear, que el pasado dia 23 vi¨® el primer juicio en Espa?a por el tr¨¢fico de estas p¨ªldoras, conden¨® a los dos acusados que comparecieron a la vista, el franc¨¦s Eric Marcel Dargnat y el italiano Carlo Crestoni, a una pena de seis meses y un d¨ªa de prisi¨®n y al pago de una multa de 50.000 pesetas. El fiscal solicitaba una pena de un a?o de prisi¨®n.La Audiencia basa su sentencia en un fallo anterior dictado el 12 de julio de 1984 por el Supremo, en el que se calificaba de producto psicotr¨®pico que origina grave da?o a la salud" a otro derivado de las anfetaminas.
Seg¨²n la Audiencia Provincial, el ¨¦xtasis o MDA (metilendioxianfetamina) "origina tolerancia mediante el consumo continuado durante seis semanas a tres meses, que produce tambi¨¦n dependencia ps¨ªquica, es decir, necesidad compulsiva, de seguir tom¨¢ndola, y que la dosis letal se sit¨²a entre los 500 miligramos a un gramo, con lo cual el contenido de 5 a 10 comprimidos produce la muerte".
El Tribunal concluye, en consecuencia, que el ¨¦xtasis debe ser considerada entre las drogas duras, en paralelo con la sentencia anterior del Supremo. "Ciertamente", a?aden los fundamentos de derecho, "no tiene parang¨®n con la droga que es paradigma de las de esta clase (hero¨ªna), m¨¢s este argumento comparativo no desvirt¨²a la conclusi¨®n, aunque permite entrar en juego la cierta facultad discrecional concedida a los Tribunales en punto a fijar la medida de la pena a imponer".
Al tiempo que condena el tr¨¢fico de esta sustancia, el Tribunal afirma que su posesi¨®n no es delictiva, "pues la tenencia para el autoconsumo es, en este como en otros casos, at¨ªpica e impune".
La Audiencia Provincial rechaz¨® la versi¨®n de la defensa seg¨²n la cual los dos procesados no traficaban con el ¨¦xtasis. Seg¨²n los abogados defensores, las 120 c¨¢psulas de esta sustancia que les fueron incautados eran exclusivamente para su uso personal.
Recurso poco probable
Ascensi¨®n Joaniquet, abogada de la defensa, afirm¨® ayer que inicialmente no tiene intenci¨®n de recurrir la sentencia, a menos que as¨ª lo consideren sus clientes. Joaniquet asegur¨® que ten¨ªa previsto darles a conocer el contenido del fallo del Tribunal entre las ¨²ltimas horas de ayer y las primeras de la ma?ana de hoy. Eric Marcel Dargnat Carlo Crestoni se encuentran actualmente en libertad condicional en sus respectivos pa¨ªses de origen.La abogada declar¨® tambi¨¦n que la sentencia es positiva, al tiempo que sienta un importante precedente legal. Asegur¨¦ tambi¨¦n que tanto ella como sus clientes esperan que les sean concedidas una condena condicional, al tiempo que afirm¨® que en todo caso espera que sus clientes regresen a Espa?a a cumplir las penas en caso de que tengan que realizarse, ya que ser¨ªa la ¨²nica manera de recobrar la fianza de un mill¨®n de pesetas que depositaron antes del juicio.
En el transcurso de la vista oral los dos acusados declararon ante el Tribunal que hab¨ªan conseguido los comprimidos con la intenci¨®n de consumirlos y "pasarlo bien".
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