La patronal acepta el control sindical de las contrataciones en los grandes almacenes
M. Z., La Asociaci¨®n Nacional de Grandes Empresas de Distribuci¨®n (ANGED) admite el control sindical en las contrataciones en el convenio del sector para los pr¨®ximos dos a?os. La federaci¨®n de comercio de UGT se ha mostrado sorprendida por la decisi¨®n de la patronal, que de esta manera se ha descolgado de las directrices defendidas por la CEOE en la ¨²ltima reuni¨®n de la mesa de empleo.
La f¨®rmula fijada por este convenio colectivo en materia de empleo establece que el 15% de los contratos temporales que a diciembre de 1988 lleven m¨¢s de seis meses trabajando en la misma empresa han de ser fijos. Los sindicatos calculan que tal medida afectar¨¢ a un m¨ªnimo de 1.800 empleados. Por otro lado, todos aquellos que lleven trabajando en la misma empresa desde hace cuatro a?os con diferentes contratos que sumen un total de tres a?os de actividad laboral han de pasar a ser fijos. De esta medida se excluyen los contratos de formaci¨®n o en pr¨¢cticas.Tambi¨¦n se establece que los contratos de formaci¨®n o pr¨¢cticas no podr¨¢n acumularse y, al finalizar, recibir¨¢n una indemnizaci¨®n de siete d¨ªas de empleo por a?o. Paralelamente, se constituir¨¢n dos comisiones de vigilancia, una de ellas realizar¨¢ el seguimiento, vigilancia y control de las contrataciones por empresas mientras que la segunda tendr¨¢ car¨¢cter sectorial.
Este convenio ha sido firmado un¨¢nimemente por todos los sindicatos representativos del sector. Cabe destacar que el ¨²ltimo convenio colectivo firmado por Comisiones Obreras se cerr¨® en 1985. Por lo que respecta a las medidas salariales marcadas en el convenio, en 1989 los 70.000 trabajadores del sector incrementar¨¢n sus sueldos un 7% sobre la n¨®mina del a?o pasado, a lo que se a?ade una cl¨¢usula de revisi¨®n del 2,8% y una cl¨¢usula salarial en caso de que el incremento previsto del IPC para este a?o supere el 5%. Seg¨²n estos porcentajes, el salario base para los trabajadores mayores de 18 a?os ascender¨¢ a 63.212 pesetas en 16 pagas, lo que equivale a 1.011.000 pesetas al a?o.
Sindicatos y patronal han acordado que fijar¨¢n conjuntamente la previsi¨®n del incremento del IPC para 1990 a de los datos que al respecto proporcione la OCDE, el Banco de Espa?a y el gabinete de estudios del BBV. Al promedio resultante se a?adir¨¢n 1,25 puntos de subida.
En cuanto a la jornada laboral, no se modificar¨¢ en 1989 sino el a?o que viene, de modo que la jornada quedar¨¢ reducida a ocho horas anuales acumuladas en un d¨ªa de fiesta que cada trabajador podr¨¢ adaptar libremente.
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