Soborno y delito
Recientemente se han denunciado ante la opini¨®n p¨²blica e incluso en el juzgado ofrecimientos a parlamentarios de dinero -al parecer, cifrados en la suma de 100 millones de pesetas- para que, en votaciones importantes, se pronuncien de manera distinta de la que, en otro caso, y por su grupo pol¨ªtico, cab¨ªa prever y esperar de ellos.Estos acontecimientos se produjeron en el inicio de una campa?a electoral. Todo ello genera una desconfianza generalizada en los pol¨ªticos actuales, en cuanto la bruma del soborno nubla la imagen p¨²blica de todos y de su funci¨®n, sean presuntos sobornables o sean insobornables.
Pasados unos d¨ªas, centrados los debates pol¨ªticos en los temas que les son propios y espec¨ªficos, y desde la serenidad que con ello vuelve al conflicto de los sobornos, no para olvidarlo, sino para acotarlo, son oportunas algunas reflexiones de jurista-ciudadano, siempre a partir del absoluto y sincero respeto a todas las personas que se han visto relacionadas con los incidentes de los presuntos sobornos y de la presunci¨®n de inocencia de todos.
Para evitar el efecto indeseable de salpicar con la sospecha del soborno a la razonablemente mayor¨ªa abrumadora de los insobornables, y a la credibilidad democr¨¢tica de la acci¨®n pol¨ªtica, algunos caen en la tentaci¨®n de recetar el remedio del silencio, la ocultaci¨®n. Pero el rechazo social recae sobre la inmoralidad en la pol¨ªtica y no sobre la noticia p¨²blica de esa inmoralidad.
Esta perspectiva dio base al razonamiento jur¨ªdico del Tribunal Supremo en varias ocasiones, de las que tuvo celebridad una, derivada del proceso iniciado a ra¨ªz de la afirmaci¨®n de que "la justicia es un cachondeo". El Tribunal Supremo afirm¨® que "la libertad de expresi¨®n y de informaci¨®n, dentro de la cual se contiene el derecho de recibirla, de la que es destinatario el pueblo, constituye uno de los ejes del pluralismo pol¨ªtico y uno de los fundamentos esenciales de la convivencia democr¨¢tica": por esta raz¨®n, argumenta, el conflicto ante este derecho constitucional y la respetabilidad de las instituciones se debe resolver a favor de aqu¨¦l. Por esta raz¨®n absolvi¨® al autor de aquella frase adjetivadora de la justicia. Por la misma raz¨®n es justo y necesario que la opini¨®n p¨²blica conozca las noticias de los presuntos sobornos, y no cabe pretender ocultarlos para preservar la respetabilidad o credibilidad de los Parlamentos.
Un segundo modo, m¨¢s sutil, de desdibujar las responsabilidades que merecen los implicados en sobornos a parlamentarios consiste en reconocer lo inmoral de la conducta para, a continuaci¨®n, lamentar la laguna legal.
La base de este argumento es que el C¨®digo Penal, al describir la conducta de cohecho, que es la correspondiente a los sobornos, habla de "funcionario p¨²blico", y por tanto no habla de parlamentarios, con lo que los sobornos relacionados con ¨¦stos ser¨ªan, aunque rechazables, impunes. Se cierra el argumento afirmando que si se quiere castigar semejantes conductas ser¨¢ necesaria una reforma del C¨®digo Penal, que ser¨ªa eficaz para los sobornos del futuro, nunca de los ya ocurridos, porque las normas sancionadoras son irretroactivas constitucionalmente, es decir, no pueden castigar hechos ocurridos antes de su constancia en el texto legal Este argumento es err¨®neo.
El Tribunal Supremo ha venido diciendo desde tiempo inmemorial que, a efectos penales, el concepto de "funcionario p¨²blico" no se determina por la relaci¨®n jur¨ªdica ante el funcionario y los organismos p¨²blicos, sea laboral, administrativa, pol¨ªtica o de hecho, sino por la relaci¨®n ante el servidor p¨²blico y la funci¨®n o servicio que debe prestar a la sociedad. Ello es as¨ª porque el C¨®digo Penal describe al funcionario p¨²blico como el que "por disposici¨®n inmediata de la ley, por elecci¨®n o por nombramiento de la autoridad participa del ejercicio de funciones p¨²blicas".
Estas funciones p¨²blicas, a efectos penales, se han descrito por el Tribunal Supremo con un criterio amplio y ¨¦tico, como "participaci¨®n en actividades de un ¨®rgano del Estado, y como actividad o servicio de inter¨¦s general, p¨²blico, encaminada al bien com¨²n, de trascendencia colectiva, o car¨¢cter social".
Desde este punto de vista, los parlamentarios ejercen una evidente funci¨®n p¨²blica y son, a efectos personales, funcionarios p¨²blicos.
As¨ª lo entendi¨® tambi¨¦n el Tribunal Constitucional en el recurso de amparo (sentencia 5/ 85) interpuesto por un senador, condenado por injurias al Gobierno, que estimaba se hab¨ªa quebrantado su inmunidad. El Tribunal Constitucional afirm¨® que "las prerrogativas parlamentarias est¨¢n conectadas a la funci¨®n de senador". Y por ello analiz¨® las caracter¨ªsticas de esta funci¨®n.
El Tribunal Constitucional se?ala que cuando el art¨ªculo 71.1 de la Constituci¨®n ampara el ejercicio de las "funciones" del parlamentario, como protecci¨®n de la freedom of speech, est¨¢ dando cobertura al sujeto portador del ¨®rgano parlamentario, cuya autonom¨ªa es la protegida a trav¨¦s de esta garant¨ªa individual.
Por tanto, una primera precisi¨®n de la funci¨®n del parlamentario es la de la actuaci¨®n en el seno del ¨®rgano que, por elecci¨®n, integra.
A continuaci¨®n, la misma sentencia del Tribunal Constitucional distingue entre "la libre discusi¨®n y decisi¨®n parlamentarias" y "Ios gastos realizados por el parlamentario en calidad de ciudadano o de pol¨ªtico, incluso". Y concluye que "las funciones relevantes para el art¨ªculo 71.1 de la Constituci¨®n espa?ola no son indiferenciadamente todas las realizadas por quien sea parlamentario, sino aquellas imputables a quien, si¨¦ndolo, act¨²a jur¨ªdicamente como tal".
Por tanto, un segunda precisi¨®n de la funci¨®n de parlamentario es la de actuar jur¨ªdicamente en la discusi¨®n y decisi¨®n del ¨®rgano que integra. Evidentemente, su emisi¨®n de voto es, por tanto, funci¨®n de contenido social y de "inter¨¦s general encaminada al bien com¨²n, de trascendencia colectiva", subsumible en el concepto penal de funci¨®n p¨²blica.
En consecuencia, aquel argumento de que lamentablemente el soborno de parlamentarios no es punible porque s¨®lo est¨¢ penado el cohecho de los simples funcionarios, es un argumento err¨®neo, generador de confusi¨®n, y justificador de la impunidad de los sobornos cometidos hasta ahora.
Otra cosa es la levedad de las penas. A los funcionarios se les castiga con la inhabilitaci¨®n si solicitan o aceptan el soborno. Pero las otras penas que se prev¨¦n en el C¨®digo, y las que cabe imponer a los particulares sobornantes, son parcas multas y otras sanciones formales en absoluto disuasorias. Ello deriva de un tratamiento del control penal de la funci¨®n p¨²blica tan preocupantemente ben¨¦volo, en l¨ªneas generales, como severo a la hora de proteger el ejercicio del poder y sus protagonistas, como se ha visto en la c¨®mica agresi¨®n a un ex ministro, que por ello convendr¨ªa revisarlo en su totalidad.
Pero, hoy por hoy, son dos caras de una misma moneda el reconocimiento social de los pol¨ªticos insobornables y el reproche social de los presuntos sobornos. Y ¨¦stos, aunque levemente penados, est¨¢n previstos como conducta criminal en nuestro C¨®digo, y merecen ser desvelados ante la opini¨®n p¨²blica, precisados y juzgados ante los tribunales, y, sin son ciertos, condenados p¨²blicamente.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Chantajes
- Tribunal Supremo
- Tribunal Constitucional
- III Legislatura Espa?a
- Conflicto competencias
- Opini¨®n
- Senado
- Grupos parlamentarios
- Funcionarios
- Extorsiones
- Organismos judiciales
- Funci¨®n p¨²blica
- Legislaci¨®n espa?ola
- Sobornos
- C¨®digo penal
- Tribunales
- Legislaturas pol¨ªticas
- Delitos econ¨®micos
- Corrupci¨®n pol¨ªtica
- Corrupci¨®n
- Parlamento
- Delitos fiscales
- Poder judicial
- Sucesos
- Gobierno