Los jueces cuestionan de nuevo ante el Constitucional la expropiaci¨®n de Rumasa
La Secci¨®n S¨¦ptima de la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido por mayor¨ªa de dos magistrados y con el voto adverso del tercero cuestionar ante el Constitucional la ley por la que se expropi¨® Rumasa. La cuesti¨®n de inconstitucionalidad no entr¨® ayer en el alto tribunal, seg¨²n aseguraron anoche a este peri¨®dico fuentes del mismo. Si la cuesti¨®n fuera admitida a tr¨¢mite, el Constitucional se pronunciar¨ªa por primera vez sobre el fondo de la expropiaci¨®n, en concreto la supuesta violaci¨®n del derecho de propiedad.
Entre los numerosos pleitos planteados por Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos contra la expropiaci¨®n de Rumasa, un juicio interdictal [para recuperar la posesi¨®n] planteado ante el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 18 de Madrid, dio origen a que el Constitucional se pronunciara sobre los art¨ªculos 1 y 2 de la ley 7/1983 sobre expropiaci¨®n de Rumasa. Tales preceptos fueron cuestionados ante el alto tribunal por el titular del juzgado, Jos¨¦ Mar¨ªa Gil S¨¢ez, por posible infracci¨®n del derecho a la tutela judicial efectiva reconocida en el art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n.Una vez desestimada la cuesti¨®n por el pleno del Tribunal Constitucional, por mayor¨ªa de 10 magistrados y con el voto particular de Francisco Rubio Llorente, al que se adhiri¨® Antonio Truyol, el juez Gi?l Gil S¨¢ez sentenci¨® en contra de las pretensiones de Ruiz-Mateos.
Apelada la sentencia, correspondi¨® tramitar el recurso a la Secci¨®n S¨¦ptima de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que Ram¨®n Pelayo, abogado de Ruiz-Mateos, volvi¨® a pedir que cuestionara la constitucionalidad de la ley expropiadora. Tras consultar a las partes, la secci¨®n ha decidido cuestionar, como en la anterior ocasi¨®n, los art¨ªculos 1 y 2 de la ley 7/1983, por los que se establece el objetivo de "garantizar la estabilidad del sistema financiero" mediante la adquisici¨®n por la Administraci¨®n del Estado del "pleno dominio de las sociedades expropiadas".
La diferencia entre la cuesti¨®n planteada por el juez Gil S¨¢ez y la acordada ahora es que en la primera ocasi¨®n se estim¨® que pod¨ªa resultar vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, mientras que ahora la posible violaci¨®n afectar¨ªa al art¨ªculo 14 [igualdad ante la ley] y al 33 [derecho de propiedad] de la Constituci¨®n. El acuerdo fue adoptado por mayor¨ªa de dos magistrados presidenta de la Secci¨®n, ?ngela Murillo, y el magistrado Julio Carlos Salazar, mientras que formul¨® un voto particular discrepante el tercer magistrado, Bernardo del Rosal.
Una vez que entre en el Constitucional la cuesti¨®n, se abrir¨¢ el tr¨¢mite sobre su admisibilidad. Fuentes jur¨ªdicas se?alaron que es poco probable que el alto tribunal d¨¦ v¨ªa libre a la nueva cuesti¨®n, habida cuenta que el 19 de diciembre ya se pronunci¨® sobre la planteada por un juez a prop¨®sito de los mismos preceptos.
El hecho de que los art¨ªculos invocados sean diferentes fue considerado irrelevante por las mencionadas fuentes, que recordaron que el juez ya tuvo ocasi¨®n en su momento de invocar los preceptos que consider¨® convenientes y que se trata de cosa juzgada.
Si por el contrario, de acuerdo con las pretensiones del abogado Pelayo, la cuesti¨®n fuera admitida a tr¨¢mite, el alto tribunal tendr¨ªa que pronunciarse por primera vez sobre el fondo de la expropiaci¨®n.
La primera sentencia del alto tribunal, de 3 de diciembre de 1983, decidi¨® que el decreto-ley sobre la expropiaci¨®n de Rumasa no era inconstitucional, y en la segunda ocasi¨®n, el 19 de diciembre de 1986, desestim¨® la cuesti¨®n de inconstitucionalidad contra dos art¨ªculos de la ley 3/1983 que ahora vuelven a ser cuestionados.
[Por otra parte, Ruiz-Mateos se?al¨® ayer a Efe: "Me parece un espejismo lo que estoy oyendo". El industrial jerezano manifest¨® que siempre estuvo convencido del "brutal atropello", y a?adi¨® que duda mucho que el alto tribunal act¨²e con "imparcialidad, objetividad y esp¨ªritu de justicia".]
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