Elecciones en Murcia
LA IMPUGNACI?N de los resultados electorales en Murcia y la decisi¨®n de los cargos electos de Herri Batasuna de acudir al Parlamento se han unido para que los imprevistos y algunas tensiones planeen sobre el debate de investidura de Felipe Gonz¨¢lez como presidente del Gobierno que comenzar¨¢ el lunes en el Congreso de los Diputados.La inc¨®gnita que ha pesado hasta ayer mismo sobre la asignaci¨®n definitiva del noveno esca?o de diputado de Murcia ha sido finalmente despejada de la manera m¨¢s sensata -repitiendo las elecciones-, pero en el intervalo ha obligado al partido gobernante a moverse en busca de los apoyos necesarios para asegurar a su candidato la confianza, parlamentaria por mayor¨ªa absoluta. Por otra parte, el tira y afloja rnantenido sobre la f¨®rmula de acatamiento de la Constituci¨®n pretendida por HB y los problemas legales que plantea la elecci¨®n como diputado de un preso acusado de colaborar con ETA han enrarecido el clima moderadamente esperanzador creado por el anuncio de la coalici¨®n nacionalista radical de participar por primera vez en la instituci¨®n parlamentaria.
La decisi¨®n del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de anular los resultados electorales en esta circunscripci¨®n y de proceder a la celebraci¨®n de nuevos comicios en el plazo de tres meses es jur¨ªdicamente la m¨¢s acertada y la que mejor respeta la voluntad de los electores. El no c¨®mputo de m¨¢s de 20 mesas decidido por la Junta Electoral Provincial por detectarse en ellas m¨¢s votos que votantes no s¨®lo es discutible desde el punto de vista de la legalidad formal (es dudoso que los t¨¦rminos votante y elector sean legalmente intercambiables), sino tambi¨¦n por la extralimitaci¨®n que una actuaci¨®n as¨ª puede suponer en las funciones atribuidas a las juntas. La tarea fundamental de ¨¦stas es la de verificar el recuento y la suma de votos, y s¨®lo excepcionalmente, y en los casos especificados de modo claro, la de anular actas y votos. Pero es que adem¨¢s, al ser los votos no computados en Murcia determinantes del resultado global, su nulidad produc¨ªa un efecto a?adido de indudable trascendencia pol¨ªtica: frustrar la voluntad popular de los miles de electores que hab¨ªan depositado su voto en las mesas declaradas nulas.
Ahora bien, las irregularidades detectadas no pueden, ser simplemente ignoradas, legitimando as¨ª a posteriori eventuales fraudes. Existen denuncias concretas de doble voto por parte de algunos apoderados socialistas que los tribunales tienen que dilucidar y, en su caso, sancionar penalmente. Entre la injusticia que supondr¨ªa anular m¨¢s de 10.000 votos leg¨ªtimos y la que implicar¨ªa aceptar irregularidades de distinta naturaleza, a los jueces no les quedaba otra soluci¨®n que repetir la votaci¨®n, lo que, seg¨²n la ley, deber¨¢ producirse en toda la circunscripci¨®n.
La nueva cita electoral de Murcia no impide el normal funcionamiento del Parlamento, aunque la nulidad de las actas de los nueve diputados murcianos incidir¨¢, y no poco, en el desarrollo de la actividad parlamentaria entre tanto se procede a la nueva elecci¨®n. Por lo pronto, los socialistas han pasado de un inc¨®modo empate en la C¨¢mara a una mayor¨ªa absoluta justa (171 de 341 esca?os) pero suficiente para investir por tercera vez a Felipe Gonz¨¢lez como presidente del Gobierno sin acudir a los votos de otras formaciones.
Si la inc¨®gnita murciana ha sido despejada por el momento, no ocurre lo mismo con la anunciada presencia de los diputados de HB en la sesi¨®n del lunes. Los partidos tienen raz¨®n cuando expresan su rechazo al af¨¢n de HB de singularizar su presencia en las instituciones con procedimientos que no respetan las reglas del juego democr¨¢tico, pero es m¨¢s que dudoso que ¨¦se sea el caso del a?adido "por imperativo legal" que pretenden agregar los diputados de HB a la f¨®rmula de acatamiento constitucional. La importancia de lo que est¨¢ en juego hubiera aconsejado quiz¨¢ mayor flexibilidad respecto de una f¨®rmula que hasta ayer mismo no chocaba con el reglamento del Congreso y dejar para un momento posterior de la nueva legislatura la decisi¨®n de hacer obligatoria o no una determinada y concreta f¨®rmula de acatamiento.
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