'Chulear' a los modernos
La autora del art¨ªculo, traductora, arremete contra el escritor Jos¨¦ Mar¨ªa Guelbenzu a ra¨ªz del art¨ªculo de ¨¦ste titulado ?Chulear a los cl¨¢sicos? En ¨¦l, Guelbenzu aprovechaba el reciente conocimiento p¨²blico de las dificultades econ¨®micas de Gabriel Celaya y Alfonso Grosso para criticar "la roma actitud de bastantes escritores ante estos y otros problemas relacionados con su profesi¨®n".
La lengua traicion¨® al escritor y ¨¦ditor (a la inglesa, con acento en la e) Jos¨¦ Mar¨ªa Guelbenzu -EL PA?S, 3 de abril de 1990- cuando arremet¨ªa contra los escritores que, con su roma actitud, se constituyen en funcionarios y sindicalistas en lugar de puros moradores de una torre de marfil; Guelbenzu proclamaba en voz muy alta -y en la p¨¢gina reina de EL PAIS, el recuadro de Opini¨®n- su verg¨¹enza si se viera obligado a "chulear a los cl¨¢sicos" para poder vivir. Porque chulear, en su primera acepci¨®n (seg¨²n uno de mis amados diccionarlos, el Mart¨ªn Alonso, al que me precipit¨¦ para cotejar mi hip¨®tesis), es, desde los siglos XVIII al XX, "zumbar o burlar a uno con gracia y chiste". Y en el art¨ªculo citado no ve¨ªa yo la zumba, gracia o chiste por ninguna parte y s¨ª una serie de falacias que me gustar¨ªa aclarar.Buceando m¨¢s a fondo en las acepciones que me brindaba mi diccionario, llegu¨¦ a la que, sin duda, fundamentaba el uso de Guelbenzu, la 11?. "En Andaluc¨ªa, el que vive a expensas de una mujer". Si sustituimos a la mujer por do?a Literatura, quiz¨¢ pudiera convenimos; aunque tambi¨¦n me qued¨¦ con la duda de si chulear, y no referido ya ahora al t¨ªtulo sino a la beligerancia de Jos¨¦ Mar¨ªa Guelbenzu, remitir¨ªa a otra acepci¨®n, tambi¨¦n andaluza aunque esta vez taurina: "Torear de capa un pe¨®n". Me curo en salud, no entiendo nada de toros, pero deduzco que cuando el pe¨®n torea de capa no es porque el espada no quiera dar la cara con el astado, sino para permitir que el subalterno se luzca. Y Guelbenzu, en efecto, se ha lucido, aunque me temo que toreando fuera de cacho.
Siguiendo con mis investigaciones en el Mart¨ªn Alonso, y sin volver la p¨¢gina, acab¨¦ cayendo en otro vocablo, chulada, que, como el palito del que habla el autor de ?Chulear a los cl¨¢sicos?, removi¨® en mi interior aguas cenagosas; tras el primer enturbiamiento de las aguas -no quiero referirme al mal olor al que alude Jos¨¦ Mar¨ªa- apareci¨® una escena no muy lejana, del 22 de octubre de 1985, d¨ªa en el cual tuve una entrevista con un editor hoy desaparecido y su entonces director literario, Jos¨¦ Mar¨ªa Guelbenzu; la voz cantante no la llev¨® Jos¨¦ Mar¨ªa pero ¨¦l se sum¨® con sus gorgoritos y me hizo objeto de una chulada o "acci¨®n indecorosa, propia de gente de mala crianza o ruin condici¨®n" (Diccionario de la Academia de 1726): robarme mis derechos de autor de un libro que por aquel entonces acababan de cambiar, sin mi permiso, de colecci¨®n. La barrabasada se remedi¨® luego, transcurridos unos a?os, ya con la ley de Propiedad Intelectual (LPI) en vigor y tras la salida de Guelbenzu de la editorial; y se solucion¨®, todo hay que decirlo, gracias a la intervenci¨®n de un cumplido y veterano editor (corolario: no todos los editores son el coco; yo, que llevo muchos a?os batallando por los derechos de autor del traductor, he tenido mis rifirrafes con m¨¢s de uno, aunque me precio de contar con m¨¢s amigos que enemigos entre ellos).
Ir al grano
Pero vayamos al grano, dej¨¢ndonos de cuestiones personales que podr¨ªan enturbiar ulterior mente las aguas. Lo que tanto escandaliza a Guelbenzu -"las quejas del funcionariado literario"- se llama, mundo adelante, dominio p¨²blico de pago, y est¨¢ en vigor en pa¨ªses cuyos habitantes se atav¨ªan con modernas gabardinas o abrigos de ¨²ltima moda -Italia, por ejemplo- y han arrumbado hace tiempo el guardapolvo. Los fondos procedentes del dominio p¨²blico de pago -y de otro invento igualmente difundido en toda Europa, el canon de pr¨¦stamo p¨²blico en bibliotecas- permiten a las asociaciones de escritores, que tanta grima le dan a Guelbenzu, paliar situaciones como las que recientemente atravesaron Gabriel Celaya y Alfonso Grosso, con eficacia y sin alharacas, devolviendo as¨ª de forma digna a unos creadores una m¨ªnima parte de cuanto han aportado con sus escritos a la sociedad.
Como argumento en contra, el articulista esgrime que el aprovechamiento -exclusivo, hasta hoy- por parte de los editores de la facilidad de no pagar ning¨²n tipo de derecho por las obras que han ca¨ªdo ya en dominio p¨²blico es una falacia, pues tal "dominio p¨²blico es un bien para el autor porque multiplica las posibilidades de ser le¨ªdo en el tiempo, de estar en los cat¨¢logos de los editores". Niego la mayor: no creo que en el m¨¢s all¨¢ un escritor olvidado en vida pueda frotarse las manos, encantado al ver que cualquiera de las editoriales donde ha trabajado, trabaja o trabajar¨¢ Jos¨¦ Mar¨ªa Guelbenzu le beneficie public¨¢ndole un libro. Es mi palabra contra la suya, conque decidan ustedes Pero echemos cuentas, aunque sean las de la vieja: una ojeada al cat¨¢logo de Alianza Editorial de 1989 me dio este resultado: de los 1.768 autores recogidos, s¨®lo 170 eran de dominio p¨²blico admitamos que se me escaparan siete, ?y as¨ª llegamos al l0%! ?No parece como para tumbar de espaldas! Por lo dem¨¢s, entre los beneficiados se encuentran bastantes paganos y alg¨²n hereje excomulgado, y no s¨¦ yo si desde el emp¨ªreo o el infierno podr¨¢n regocijarse con el bien que hoy se les hace.
Palabra fea
Guelbenzu enumera tres "reivindicaciones" -?qu¨¦ palabra m¨¢s fea!- y ya empieza errando en la primera. Da como entrada en el dominio p¨²blico 50 a?os, cuando una simple lectura de la ley de Propiedad Intelectual (Ley 22/1987, de 11 de diciembre de 1987) le informa r¨ªa de que "los derechos de explotaci¨®n de la obra durar¨¢n toda la vida del autor y 60 a?o despu¨¦s de su muerte". Por muy romos que seamos los autores reivindicar 10 a?os menos de lo que la ley nos otorga ser¨ªa de cretinos. No entro en la pol¨¦mica de la duraci¨®n de los derechos, que desarrollamos ante de la LPI. ?sta recort¨® en 20 a?os la duraci¨®n de la legislaci¨®n anterior, pero nos aport¨® otras cosas: un control de tirada, que, aunque t¨ªmido y bastante enredoso, empieza ya a dar sus frutos; un canon de reprograf¨ªa que nos beneficiar¨¢ de veras en el futuro, etc¨¦tera.
Al dominio p¨²blico de pago concierne la tercera reivindicaci¨®n (la segunda no es tal: simple ex abundantia cordis). ?ste, en vigor en algunos pa¨ªses desde hace m¨¢s de 50 a?os -Uruguay desde 1938-, es tema que est¨¢ en la cresta de la ola en los ¨²ltimos 10 a?os. Una autoridad en la materia, Adolf Dietz (El derecho de autor en la CEE), recomienda "una reglamentaci¨®n del dominio p¨²blico de pago no afectada por un plazo. [ ... 1 El producto del pago por el dominio p¨²blico o canon cultura] deber¨ªa orientarse hacia las cajas de previsi¨®n y ayuda, instituciones sociales de los autores y de sus organizaciones profesionales, a trav¨¦s de las sociedades de autores. Esta soluci¨®n constituir¨ªa la expresi¨®n tangible de la dimensi¨®n social del derecho de autor".
Llueve sobre mojado. Hace m¨¢s de un a?o Guelbenzu public¨® en La Vanguardia un art¨ªculo demag¨®gico en el cual pon¨ªa el grito en el cielo sobre el derecho de autor de los traductores. Est¨¢ visto que al novelista le inquieta el ¨² en todas sus manifestaciones. Por fortuna., su voz clam¨® el el desierto. Meses despu¨¦s, la Federaci¨®n de Gremios de Editores de Espa?a y la Asociaci¨®n Colegial de Escritores -en la que estamos incluidos los traductores- firmamos un contrato-tipo satisfactorio para ambas partes. Y nos dimos grandes abrazos con Federico Ib¨¢?ez y Pere Vicens, que marcaban el feliz desenlace de una negociaci¨®n no exenta de tensiones. Pelillos a la mar, pues, y hasta el pr¨®ximo art¨ªculo de Guelbenzu -quedan muchas argumentaciones en el tintero-, a quien deseo gran contentamiento en el reino de los cielos viendo c¨®mo se publican sus novelas sin pagar derechos.
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