El Supremo reduce la pena a un homicida por actuar bajo un ataque de celos
El Tribunal Supremo ha reducido a 14 a?os de c¨¢rcel la condena de 26 a?os impuesta a un hombre que degoll¨® a su compa?era sentimental porque le enga?aba con otro al estimar que el agresor actu¨® v¨ªctima de un ataque de, celos. En la sentencia, el alto tribunal califica los hechos de homicidio con la atenuante de "estado pasional" y anula la condena impuesta al procesado en 1989 por la Audiencia Provincial de Madrid, que calific¨® la muerte de la mujer como asesinato.
Ambas sentencias declaran como hechos probados que el condenado Francisco Aristegui Parra manten¨ªa relaciones con Celia Herranz Ruiz, con la que lleg¨® a convivir maritalmente durante un a?o. Tras un viaje a las islas Canarias en octubre de 1987, el hombre empez¨® a sospechar que ella le enga?aba, "circunstancia que fue creando en el procesado una situaci¨®n frustrante y una estado de angustia tal que determin¨® matarla", seg¨²n la sentencia.
Tras comprobar, efectivamente, que la mujer le enga?aba, Francisco Aristegui se cit¨® con ella el 14 de octubre en un hotel de carretera en las cercan¨ªas de Madrid. Hacia las ocho de la tarde del d¨ªa de autos y de regreso en autom¨®vil a la capital de Espa?a, el procesado se desvi¨® por un camino de tierra y par¨® el veh¨ªculo. El condenado recrimin¨® a la mujer su actitud y discutieron. Cuando la mujer abandon¨® el coche, Francisco Aristegui sac¨® una navaja de la guantera y "d¨¢ndola alcance, se abalanz¨® sobre ella y le asest¨® diversos cortes profundos en el cuello, seccion¨¢ndole la car¨®tida y la yugular, y produci¨¦ndole la muerte", seg¨²n el tribunal. Posteriormente, Aristegui trat¨® de ocultar el crimen y denunci¨® que la mujer fue asesinada por unos desconocidos, v¨ªctima de un atraco.
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