Reconocen al abogado el derecho a ver el atestado para asistir a un detenido
Un tribunal ha reconocido el derecho de los abogados a "tomar conocimiento" del contenido de las actuaciones judiciales que justifican la detenci¨®n de un individuo para su asistencia jur¨ªdica., La Audiencia de Valencia ha admitido el recurso interpuesto por un ahogado contra la decisi¨®n de un magistrado que le neg¨® la posibilidad de conocer el atestado policial de un detenido.
El Presidente de la Secci¨®n Segunda de la Audiencia de Valencia, Francisco Monterde, admite expresamente el derecho de la asistencia letrada al detenido de "conocer el atestado origen de las actuaciones judiciales". El Tribunal reconoce, por otra parte, el anecdotario de "tristes experiencias de extralimitaciones del derecho de defensa" por parte de algunos profesionales que acceden a la informaci¨®n procesal y "conculcan sus deberes deontol¨®gicos ahuyentando test¨ªgos u ocultando pruebas". No obstante, la Sala admite que el derecho de defensa, regulado constitucionalmente, "no puede venir coartado por prejuicios no corroborados por actuaciones concretas que, de producirse, deben dar lugar a que sobre el infractor recalga el peso de la ley".El art¨ªculo 118 de la vigente ley de Enjuiciamiento Criminal indica que "toda persona podr¨¢ ejercitar su derecho de defensa, actuando en el procedimiento, cualquieraque este sea, desde que se le comunique su existencia, haya sido objeto de detenci¨®n, o se haya acordado su procesamiento". La misma ley precisa, por otra parte, que "las partes interesadas podr¨¢n tomar conocimiento de las actuaciones en todas las diligencias del procedimiento". A pesar de esta regulaci¨®n jur¨ªdica del derecho de defensa, suele ser habitual norma de comportamiento de los jueces de guardia la prohibici¨®n a los abogados que asisten a los detenidos de conocer el atestado de la policia
Recurso
El abogado valenciano Manuel S¨¢ez present¨® un recurso, el pasado 15 de octubre de 1990, contra la decisi¨®n de un juez que le prohibi¨® el acceso a las actuaciones judiciales que hab¨ªan determinado la detenci¨®n de su cliente, supuestamente implicado en un delito de tr¨¢fico de drogas. S¨¢ez recurri¨® esta decisi¨®n y denunci¨® la infracci¨®n del derecho de defensa "al haberse denegado la entrega, para vista. e instrucci¨®n, de las actuaciones".El abogado precis¨®, en su escrito de recurso, que cuando un detenido designa su asistencia letrada no lo hace "por puro formulismo ni con connotaciones restrictivas" sino que lo efect¨²a con la voluntad de exigir sus derechos y proveerse de: sus recursos defensivos".
El letrado subray¨® que el hecho de que el fiscal acceda a esta informaci¨®n origina una expectativa de desigualdad en el proceso judicial.
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