Una enmienda del PSOE a la ley de Seguridad, estimada inconstitucional
Jueces, abogados y catedr¨¢ticos de Derecho Penal y Procesal han expresado, dentro del rechazo general al proyecto de ley de Seguridad Ciudadana, su cr¨ªtica a las enmiendas socialistas que afectan a los puntos m¨¢s pol¨¦micos del texto: la retenci¨®n policial de ciudadanos no identificados y la entrada en domicilios sin autorizaci¨®n judicial. En concreto, la flagrancia permanente que pretende introducir el PSOE es estimada por estos expertos como una nueva inconstitucionalidad.
La enmienda socialista al art¨ªculo 21.2 mantiene como causa leg¨ªtima para que la polic¨ªa entre en un domicilio sin autorizaci¨®n judicial "el conocimiento por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de que se est¨¢ cometiendo alguno de los delitos que, en materia de drogas t¨®xicas, estupefacientes o sustancias psicotr¨®picas, castiga el C¨®digo Penal". Pero la mayor novedad es el texto que el PSOE pretende a?adir a rengl¨®n seguido: "A los efectos de la flagrancia, en los casos de delitos cuya acci¨®n se prolongue en el tiempo, se entender¨¢ que el delito se est¨¢ ejecutando mientras dura su comisi¨®n".El abogado y catedr¨¢tico de Derecho Penal Jos¨¦ Manuel G¨®mez Ben¨ªtez considera que la enmienda socialista "endurece" el proyecto gubernamental. "El concepto de flagrancia acu?ado por la jurisprudencia", se?ala, "est¨¢ vinculado a la realizaci¨®n del delito en el mismo momento en que es sorprendido por la polic¨ªa y a la persecuci¨®n inmediata del delincuente". Y a?ade: "Extender eso a toda la fase de comisi¨®n del delito es una interpretaci¨®n que no tiene parang¨®n internacional y que, desde luego, me parece inconstitucional. La flagrancia ha de estar ligada a la urgencia".
Otro abogado y catedr¨¢tico de Derecho Penal, Juan C¨®rdoba Roda, explica que el registro de domicilio por flagrante delito "requiere la necesidad urgente de entrar la polic¨ªa para poner fin a la actuaci¨®n delictiva". Agrega que en los casos de flagrante delito en que "d¨¦ tiempo a montar un servicio policial, debe pedirse la autorizaci¨®n judicial" y recuerda que "el tr¨¢fico de droga, seg¨²n la jurisprudencia, es un delito instant¨¢neo, con efectos permanentes, por lo que la enmienda socialista hace una interpretaci¨®n extensiva que contraviene el concepto de flagrancia".
La carcajada del tambi¨¦n abogado y catedr¨¢tico de Derecho Penal Miguel Bajo, al escuchar el texto de la enmienda del PSOE, fue seguida de su opini¨®n "profunda y visceralmente en contra de esta barbaridad de la ley Corcuera, empe?ada en privar a los jueces de medios represivos, para conced¨¦rselos a la polic¨ªa", dijo. A?adi¨® que el fundamento ¨²ltimo de la flagrancia es "la situaci¨®n de urgencia y necesidad, sin las cuales, aunque el delito sea flagrante, debe pedirse la autorizaci¨®n judicial".
El catedr¨¢tico de Derecho Procesal Ernesto Pedraz se manifest¨® "absolutamente en contra de la enmienda socialista, claramente inconstitucional y que empeora gravemente", dijo, "el proyecto de ley". Critic¨® el art¨ªculo 20, sobre la identificaci¨®n policial, "contrario a la doctrina del Tribunal Constitucional, queno permite zonas intermedias entre libertad y detenci¨®n" y que "dota a la polic¨ªa del principio de oportunidad, seg¨²n el cual podr¨¢ elegir a quienes detiene, con lesi¨®n de la igualdad ante la ley".
Criterio policial
Pedraz rechaza la enmienda del PSOE, ya que "la fiagrancia es un concepto procesal que indica una delimitaci¨®n temporal, que no puede prorrogarse seg¨²n el criterio subjetivo de la polic¨ªa, ya que podr¨ªamos llegar a la conclusi¨®n de que integran el delito acciones que no lo constituyen, con lo que se crear¨ªa inseguridad jur¨ªdica, cuando lo que debe hacer la ley es objetivizar las conductas".
El portavoz de Jueces para la Democracia, Antonio Gil Merino, no muestra asombro ante una enmienda del mismo partido de "un ministro [el del Interior, Jos¨¦ Luis Corcueral que invita a las fuerzas de seguridad a que obtengan pruebas ?legales". El magistrado Perfecto Andr¨¦s, del mismo colectivo, opina as¨ª: "Flagrante es un delito que se percibe por los sentidos. La fiabilidad de la evidencia justifica actuaciones policiales dr¨¢sticas no permitidas en otros casos. Pretender que sea flagrante, adem¨¢s de lo que se ve, lo que se conoce, choca antes que con la Constituci¨®n, con el diccionario. Y la enmienda socialista, aparte de su horrorosa redacci¨®n, es pura redundancia y s¨®lo sirve para hacer m¨¢s ostensible el desprop¨®sito".
El Supremo exige urgencia para el registro y no admite provocar el delito
La aprobaci¨®n de la ley de Seguridad Ciudadana, tal como ha sido remitida a las Cortes por el Gobierno o con la incorporaci¨®n de las enmiendas socialistas hasta ahora presentadas, chocar¨ªa con la doctrina del Tribunal Supremo sobre la flagrancia y los delitos de narcotr¨¢fico. Para el Supremo, la polic¨ªa s¨®lo puede prescindir de la autorizaci¨®n judicial por razones de "especial urgencia" y n,o puede utilizar "procedimientos ?l¨ªcitos o ¨¦ticamente reprobables" como la provocaci¨®n del delito.En cuanto al delito provocado -al que el ministro del Interior Jos¨¦ Luis Corcuera se ha referido como medio utilizable-, el 20 de febrero de 1991 el Supremo anul¨® la condena a cuatro a?os de c¨¢rcel impuesta a cuatro ciudadanos por tr¨¢fico de drogas. Estim¨® que los delitos cometidos por los cuatro condenados fueron provocados por la Guardia Civil, lo cual constituye, dec¨ªa el Supremo, "una utilizaci¨®n de procedimientos ?l¨ªcitos o ¨¦ticamente reprobables".
El Supremo calificaba as¨ª a la actuaci¨®n de un grupo antidrogas de Sevilla que recibi¨® informaci¨®n de que una persona conocida por El taxista actuaba de intermediario en operaciones de narcotr¨¢fico. Se estableci¨®r contacto con personas dedicadas a esa actividad ?l¨ªcita y un guardia civil, que adopt¨® el apode de El catal¨¢n, manifest¨® a El taxista su deseo de adquirir hach¨ªs a cambio de dos millones de pesetas. En el momento de la entrega de la droga, el guardia civil encubierto sac¨® su arma reglamentaria y detuvo. La sentencia declar¨® que "la absoluta legalidad o licitud es exigible tanto para los fines como para los medios utilizados para lograrlos" en la lucha contra la delincuencia.
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