La CE cambiar¨¢ su nombre por el de Uni¨®n Europea, si hay acuerdo
La CE, si hay acuerdo en la cumbre de Maastricht el pr¨®ximo martes, cambiar¨¢ de nombre para llamarse Uni¨®n Europea. Este es el ¨²nico consenso firme alcanzado por los Doce antes del Consejo Europeo aunque condicionado al s¨ª final a la uni¨®n pol¨ªtica y monetaria. Todos los textos fundacionales (Tratado de Roma, Acta ¨²nica y tratados de uni¨®n pol¨ªtica y de uni¨®n econ¨®mica y monetaria) se fundir¨¢n en uno, pero la nueva uni¨®n tendr¨¢ dos personalidades jur¨ªdicas compartidas. Ser¨¢ comunitaria en unos campos e intergubernamental en otros.
El futuro tratado de la uni¨®n tendr¨¢ unas disposiciones comunes, seg¨²n el acuerdo alcanzado anteayer por los ministros de Asuntos Exteriores de la CE en Bruselas. Entre los objetivos figurar¨¢ construir "una uni¨®n cada vez m¨¢s estrecha de los pueblos europeos", expresi¨®n que sustituir¨¢ a la "vocaci¨®n federal" rechazada por el Reino Unido y Portugal.El mercado interior, la uni¨®n econ¨®mica y monetaria, el reforzamiento de la cohesi¨®n, la pol¨ªtica exterior y de seguridad com¨²n, la ciudadan¨ªa de la uni¨®n y la cooperaci¨®n judicial y policial son los otros fines que impulsan a los Doce a estrechar su integraci¨®n dentro de un proceso de construcci¨®n europea en el que la cumbre de Maastricht significar¨¢ s¨®lo un punto de partida.
La defensa de los derechos fundamentales y la protecci¨®n del fondo com¨²n de las constituciones de los Estados miembros son otros m¨®viles de la Uni¨®n Europea.
Protecci¨®n social
A pesar de la resistencia espa?ola, entre los objetivos figura "una protecci¨®n salarial y social elevada". El acuerdo sobre este punto ("no hubo manera de impedirlo", fue el comentario de un miembro de la delegaci¨®n espa?ola), preocup¨® especialmente al ministro de Econom¨ªa Carlos Solchaga, quien interrumpi¨® su presencia en el debate sobre uni¨®n monetaria para ser informado al detalle. Sin embargo, la instrumentalizaci¨®n de este proyecto, contemplada en el art¨ªculo 117, s¨®lo habla de "protecci¨®n adecuada".
La actual Comunidad Europea -perder¨¢ definitivamente la "E" de Econ¨®mica- constituir¨¢ el eje central del nuevo tratado unificado. Agrupar¨¢ el Tratado de Roma por el que se cre¨® la Comunidad, el Acta ¨²nica para la Europa sin fronteras comerciales internas, la uni¨®n monetaria, el Euratom (Comunidad Europea para la Energ¨ªa At¨®mica) y la CECA (Comunidad Europea del Carb¨®n y del Acero) hasta su desaparici¨®n en el a?o 2002.
Al cuerpo com¨²n de pol¨ªticas administradas desde Bruselas, resultado de la cesi¨®n de soberan¨ªa por parte de los Estados miembros, se a?adir¨¢s las nuevas competencias (medio ambiente, pol¨ªtica social, etc¨¦tera) que resulten del acuerdo sobre uni¨®n pol¨ªtica.
La CE tendr¨¢ cuatro instituciones: el Consejo de Ministros, la Comisi¨®n Europea, el Parlamento Europeo y el Tribunal de Justicia. El Comit¨¦ Econ¨®mico y Social, el Tribunal de Cuentas y el futuro Comit¨¦ de las regiones ser¨¢n simplemente ¨®rganos de la Comunidad.
El Consejo Europeo (constituido por la cumbre de jefes de Estado y de Gobierno) reforzar¨¢ su papel de "impulsar y orientar" los trabajos de la Uni¨®n. No se ha querido dar el paso para que pueda funcionar como un Consejo de Ministros, por lo que sus decisiones tendr¨¢n que seguir siendo ratificadas por esta instituci¨®n.
El nuevo tratado reserva al Consejo Europeo algunas decisiones concretas como la fecha y las condiciones del paso a la moneda ¨²nica y la definici¨®n de la lista de posibles acciones comunes en pol¨ªtica exterior de los Doce.
La pol¨ªtica exterior y de seguridad com¨²n, as¨ª como la cooperaci¨®n en materia judicial y de pol¨ªtica Interior, ser¨¢n acciones intergubernamentales. La Comisi¨®n no tendr¨¢ un derecho exclusivo de iniciativa legislativa, el Parlamento Europeo carecer¨¢ de control en estas materias y el Tribunal de Justicia de la CE s¨®lo podr¨¢ intervenir para la aplicaci¨®n de aquellos convenios en los que los Gobiernos est¨¦n de acuerdo.
Puerta abierta
El hecho de que haya unas disposiciones comunes deja abierta la puerta a una posible comunitarizaci¨®n de estas competencias que se reservan los Gobiernos.
Entre las disposiciones finales del Tratado destaca el compromiso de celebrar, en 1996, una nueva conferencia intergubernamental para profundizar la cesi¨®n de soberan¨ªa en los dos pilares intergubernamentales: la pol¨ªtica exterior y de defensa, y la cooperaci¨®n en materia judicial y policial.
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