El Gobierno remite a las Cortes el proyecto de ley que prev¨¦ juzgar al delicuente a los 15 d¨ªas de cometer el delito
El Consejo de Ministros acord¨® ayer remitir a las Cortes Generales el proyecto de ley de Medidas Urgentes de Reforma Procesal que, entre otras novedades, permitir¨¢ que se celebren juicios entre 10 y 15 d¨ªas despu¨¦s de cometerse el delito. La celebraci¨®n del juicio r¨¢pido la propondr¨¢ siempre el fiscal y la decidir¨¢ el juez de instrucci¨®n.
El ministro de Justicia, Tom¨¢s de la Quadra-Salcedo, explic¨® ayer que la rapidez de los juicios en determinados casos como las violaciones en que el delincuente es sorprendido in fraganti o cuando la polic¨ªa aporta pruebas evidentes "no deja al margen ninguna garant¨ªa jur¨ªdica". En todo caso, el juez de instrucci¨®n de guardia no podr¨¢ decidir la celebraci¨®n del juicio r¨¢pido si no se lo pide el fiscal.
Adem¨¢s de evitar las dilaciones indebidas de la justicia, el objeto del proyecto de ley es, seg¨²n el Gobierno, "atender a una exigencia de la sociedad, que no entiende c¨®mo en determinados casos de delincuencia, en los que no existen dudas y hay pruebas de entidad de la comisi¨®n del delito y sobre quien es su autor, se produzcan considerables retrasos, como si esa certeza no existiera, y se dilate un proceso para comprobar algo que es evidente desde el principio".
Ante la Expo y las Olimpiadas
El Gobierno pedir¨¢ al Parlamento la tramitaci¨®n urgente del proyecto de ley para que entre en vigor antes de que comience la Exposici¨®n Universal de Sevilla y las Olimpiadas de Barcelona. Quadra-Salcedo admiti¨® que con motivo del aluvi¨®n de p¨²blico que atraer¨¢n, sobre todo los Juegos Ol¨ªmpicos, es probable que algunos delincuentes traten de aprovecharse.
La informaci¨®n del Gobierno no precisa si el texto definitivo del proyecto de ley ha tenido en cuenta la apreciaci¨®n del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la conveniencia de que el juez de instrucci¨®n verifique la seriedad de la imputaci¨®n realizada. El CGPJ, en su informe no vinculante sobre el anteproyecto de ley, propuso que el juez al que el fiscal solicite la celebraci¨®n del juicio r¨¢pido, pueda considerar que no existen indicios racionales de criminalidad y archivar el caso.
El informe del CGPJ plante¨® su sugerencia como una garant¨ªa para el detenido frente a las denuncias o querellas infundadas. Una fuente del Ministerio de Justicia manifest¨® que, aunque no se prevea exactamente as¨ª en el texto del proyecto de ley, "no est¨¢ excluido que el juez pueda tomar esa decisi¨®n". La misma fuente a?adi¨® que, adem¨¢s, "no es previsible que en tales casos los fiscales planteen la celebraci¨®n dejuicios r¨¢pidos".
El procedimiento es el siguiente: el fiscal evalua si las circunstancias son tan claras que cabe aplicar la rapidez a la celebraci¨®n del juicio y el juez de instrucci¨®n "resuelve lo que estima oportuno". Si el abogado defensor propone determinadas pruebas, el juicio tendr¨¢ que retrasarse. Asimismo, el tribunal encargado de celebrar el juicio r¨¢pido podr¨¢ suspenderlo si cree necesaria una prueba fundamental.
En materia civil, una de las novedades es que el juez pueda revisar su propia competencia, al margen de lo que establezcan las; partes en el contrato. Con ello se pretende reducir la acumulaci¨®n, de juicios civiles que se produce en las grandes capitales, por decidirlo as¨ª las grandes empresas de servicios, que obligan a los usuarios a pleitear en las ciudades donde tienen su domicilio social, con independencia del lugar de residencia del ciudadano con el que contratan.
Mediante otras medidas, se desjudicializan las subastas de bienes, cuyo remate se atribuye a los secretarios judiciales, y se establece que la declaraci¨®n de herederos se realice ante notario, en lugar de ante el juez.
Otra novedad del proyecto de ley es la creaci¨®n del recurso de casaci¨®n ante la Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo. En cambio, la reforma urgente no pone en marcha los juzgados unipersonales de lo contencioso-administrativo, previstos legalmente pero todav¨ªa in¨¦ditos.
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