Inquietud
Como profesional de las Fuerzas Armadas en activo leo con preocupaci¨®n su editorial del viernes 31 de enero, al hilo de la opini¨®n publicada en una revista del Ej¨¦rcito del Aire del general Guil Piju¨¢n sobre la pol¨ªtica ling¨¹¨ªstica en dos comunidades aut¨®nomas. Al titularla ... a tus zapatos, usted aboga por arrinconar al autor del art¨ªculo en su parcela acuartelada, y se?ala que "no es a los militares a quienes corresponde participar en el debate ni sobre ¨¦sa ni sobre cualquier otra pol¨ªtica...".Con igual inquietud le¨ª la referencia que en su peri¨®dico del pasado 13 de noviembre se hac¨ªa a una reciente sentencia del Tribunal Supremo en la que se diferenciaba entre la libertad de expresi¨®n de los militares y los civiles, como si fuera posible hacer distinciones por el solo hecho de expresar de forma razonada y respetuosa una opini¨®n personal por parte de un ciudadano, con o sin uniforme. M¨¢s a¨²n cuando ante la ocasi¨®n de juzgar un derecho fundamental recogido en nuestra Constituci¨®n el Tribunal Supremo distingue entre civiles y militares en funci¨®n de "un principio b¨¢sico de disciplina" no definido en nuestra norma b¨¢sica y cuyo contenido valorativo es de dif¨ªcil control jur¨ªdico.
Parece un¨¢nime y dentro del sentido com¨²n democr¨¢tico que cualquiera de las restricciones de derechos y libertades sean m¨ªnimas, no ya para los militares, sino tambi¨¦n para cualquier otro colectivo de ciudadanos, por lo que en t¨¦rminos generales a la hora de concretar el alcance de los principios de la Constituci¨®n aplicables a las Fuerzas Armadas hay que resaltar la importancia del principio personalista en la ley fundamental que comporta la necesidad de un respeto escrupuloso de la dignidad de la persona, de los derechos inviolables que le son inherentes y el libre desarrollo de la personalidad que son el fundamento del orden pol¨ªtico y de la paz social.
La Constituci¨®n elimina de esta manera las justificaciones proclives a configurar el Ej¨¦rcito como un organismo inanimado, ya que la vida interna, la discrepancia ideol¨®gica, el ejercicio de los derechos fundamentales no perturba el normal funcionamiento de las Fuerzas Armadas en una sociedad democr¨¢tica, y s¨ª se logra con ello la integraci¨®n plena de los hombres de armas en la ciudadan¨ªa. A trav¨¦s de esta visi¨®n amplia se posibilita la maduraci¨®n de la conciencia democr¨¢tica en los militares y se ponen los fundamentos de una nueva relaci¨®n entre las esferas castrense y civil.
Si la democracia queda negada cuando el Ej¨¦rcito act¨²a con su potencial coactivo, la democracia queda afirmada cuando el ciudadano militar hace sentir su presencia al proceso de direcci¨®n pol¨ªtica general por medio de sus aportaciones a las pol¨¦micas de orden general o a los debates referentes a la organizaci¨®n y ejercicio de las funciones de las Fuerzas Armadas. Frente a la tendencia proclive a configurar unos ciudadanos mudos e inermes hay que resaltar la importancia de la opini¨®n militar como un elemento m¨¢s de racionalizaci¨®n de la vida pol¨ªtica.- . Capit¨¢n de Infanter¨ªa.
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