Absueltos dos insumisos porque su antimilitarismo no perjudica a la defensa nacional
El titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 2 de C¨®rdoba, Jos¨¦ Mar¨ªa Maga?a, ha dictado sentencia absolutoria en favor de dos insumisos, Francisco S¨¢nchez Cabrera y Pedro Cepas Polo, que se niegan a efectuar el servicio militar y la prestaci¨®n social sustitutoria. En un fallo de 19 folios, Maga?a considera, entre otros argumentos, que la negativa de los insumisos a prestar el servicio militar y sus principios morales antimilitaristas no infligen un grave da?o a la defensa nacional.
Ambos insumisos comparecieron enjuicio el pasado 1 de julio. Seg¨²n los abogados del caso, ¨¦sta es la primera sentencia absolutoria de dos insumisos dictada en Andaluc¨ªa. [El primer fallo judicial que absolvi¨® a un insumiso en Espa?a lo dict¨® en Madrid, en marzo de 1992, el juez Jos¨¦ Luis Calvo. Las de ayer constituyen la quinta y la sexta de toda Espa?a].Los abogados, Jos¨¦ Rafael Rich y Antonio Luna, que pertenecen al Movimiento de Objeci¨®n de Conciencia, opinan que la sentencia "hace una valoraci¨®n ¨¦tico filos¨®fica de la postura antirnilitarista". El fallo absolutorio se fundamenta, indicaron, en "el estado de necesidad y error de hecho", lo que equivale a tener la absoluta convicci¨®n de que se est¨¢ realizando un acto que es justo y saber en conciencia que no se est¨¢ cometiendo un delito.
El juez Maga?a explica en su fallo que la conciencia del individuo puede impedir el sometimiento a efectuar el servicio militar y ser por ello causa de justificaci¨®n.
Jos¨¦ Rafael Rich a?adi¨® que la sentencia sostiene que "la defensa nacional no entra en peligro por la actitud de los insumisos, sino todo lo contrario; es decir, que la defensa nacional es un servicio a la paz y que los insumisos, con la actitud que mantienen, intentan jugar en favor de la paz". Antonio Luna, por su parte, destac¨® que encuentra acertada la decisi¨®n del juez porque "la ley echa el muerto de los insumisos a los jueces, y es un muerto muy desagradable".
Ambos insumisos y sus abogados coinciden en destacar la resoluci¨®n judicial como un hito en la regi¨®n andaluza. "La sentencia nos ha llenado de alegr¨ªa porque es un hecho sin precedentes en Andaluc¨ªa. Son los primeros casos absolutorios", indic¨® Jos¨¦ Rafael Rich. Con total seguridad, la fiscal¨ªa de C¨®rdoba, que hab¨ªa solicitado 18 meses de prisi¨®n para los dos acusados, recurrir¨¢ la sentencia ante la Audiencia Provincial.
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