El Supremo condena a una empresa de cursos de ingl¨¦s por no cubrir el seguro de accidentes de sus alumnos
El incumplimiento de una oferta publicitaria costar¨¢ cuatro millones de pesetas, m¨¢s los intereses devengados por ese importe desde 1982, a Yago School Limited, con la que una joven espa?ola contrat¨® un curso de ingl¨¦s para el verano de ese a?o en Dubl¨ªn, en donde falleci¨® en accidente. Tras un largo proceso planteado por la madre de la fallecida, el Tribunal Supremo ha decidido que Yago School "debi¨® aplica el seguro al que se oblig¨® y, al carecer del mismo, ha de atribuirsele la responsabilidad indemnizatoria correspondiente".Hace 12 a?os, Mar¨ªa del Carmen Morales Flores, estudiante de quinto de Derecho, se inscribi¨® para un curso de ingl¨¦s, a recibir en Dubl¨ªn, en el verano de 1982. Yago School Limited, empresa con la que contrat¨® el curso, ofrec¨ªa "un seguro individual para cada alumno, que cubre todo tipo de enfermedades, accidentes y medicinas", promet¨ªa la publicidad. Morales tuvo la fatalidad de ser atropellada en Dubl¨ªn por una furgoneta y falleci¨® a consecuencia del accidente.
Gabriela-Josefa Flores S¨¢nchez, madre y heredera de la joven fallecida, demand¨® a la empresa. Se comprob¨® que no ten¨ªa concertado ning¨²n tipo de seguro que cubriera los riesgos que se comprometi¨® a asegurar. En marzo de 1989 la juez de Madrid Mar¨ªa Jes¨²s Alia Ramos consider¨® que Yago School deb¨ªa "responder de las consecuencias derivadaas del incumplimiento contractual" y la conden¨® a pagar cuatro millones de pesetas a la demandante.
Apelada la sentencia, la Audiencia Provincial de Madrid rebaj¨® la condena a 416.619 pesetas. La Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo ha anulado ahora este fallo y ha confirmado en su integridad la sentencia de la juez Alia Ramos, por lo que Yago School tendr¨¢ que abonar a la madre de la v¨ªctima cuatro millones de pesetas m¨¢s intereses por da?os morales.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Alfonso Villag¨®mez Rodil, razona que la cantidad fijada por la Audiencia es insuficiente para indemnizar por los da?os morales causados a la demandante. "El dolor de la madre es la mejor prueba, y su reparaci¨®n, en su dimensi¨®n ¨ªntima personal, nunca tendr¨¢ compensaci¨®n suficiente", argumenta el Supremo.
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